El principio de proporcionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
El principio de proporcionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional El lector tiene entre sus manos la segunda edición de un estudio sobre la interpretación del principio de proporcionalidad por parte del Tribunal Constitucional español que se publicó por vez primera en el año 2003. La publicación de una segunda edición de este trabajo corrobora, por un lado, que el principio de proporcionalidad también se ha consolidado plenamente en España, y que este principio tiene una naturaleza constitucional y hasta cierto punto estructural en nuestro sistema jurídico.
Pero lo que se ha pretendido, sobre todo, es actualizar un trabajo que desde sus orígenes ha estado muy ligado a la jurisprudencia constitucional, y que no ha querido abordar la proporcionalidad desde un punto de vista exclusivamente teórico-dogmático.
En la medida, en efecto, en que la doctrina derivada de las sentencias constitucionales es vinculante para los tribunales ordinarios españoles y que la doctrina científica ha ido habitualmente a remolque de la propia jurisprudencia constitucional, desde un principio se ha pretendido analizar de qué modo el Tribunal Constitucional ha empleado el principio de proporcionalidad en la práctica y cuáles han sido los resultados de su jurisprudencia. Siguiendo los mismos criterios de selección jurisprudencial empleados en su día, en esta segunda edición se ha ampliado el análisis de la jurisprudencia constitucional hasta el 1 de junio de 2015.
El análisis de la última década de jurisprudencia constitucional ha permitido poner al día el trabajo y, concretamente, poner de relieve cuál ha sido la evolución de la interpretación constitucional del principio de proporcionalidad. Cabe preguntarse, en efecto, si en los últimos años el Tribunal Constitucional ha vuelto a una interpretación más formalista del test alemán de proporcionalidad, si ha seguido o profundizado en un uso más informal del mismo, o si se han producido novedades significativas en su interpretación. Más allá de actualizar la primera versión de este trabajo, la redacción de una segunda edición también ha permitido, como suele ser habitual, revisar o matizar algunos extremos de la primera que, por alguna circunstancia, resultan incompletos a los ojos de su autor.
En este caso, el hecho de haber trabajado como Letrado al servicio del Tribunal Constitucional entre los años 2005 y 2010 me ha permitido ser testigo privilegiado de las formas de trabajo de este órgano constitucional y, en definitiva, del funcionamiento real de la jurisdicción constitucional. Desde esta perspectiva, la primera edición no tuvo suficientemente en cuenta que las sentencias constitucionales no son construcciones dogmáticas o trabajos académicos, sino resoluciones jurisdiccionales que dan respuesta a procesos concretos, rodeados de circunstancias particulares.
El paso por el Tribunal Constitucional también me ha llevado a tener más en cuenta la carga de trabajo del Tribunal, así como las consecuencias de una determinada forma de trabajar en el rigor dogmático y la coherencia interna de sus resoluciones.