El proceso judicial no tendría sentido sin la cosa juzgada. Efectivamente si por algo se puede decir que la solución judicial es el medio de solución de conflictos por excelencia es porque esta resulta estable e inatacable. Partiendo de aquí, el ordenamiento procesal ofrece con carácter muy excepcional remedios para poner fin a la eficacia de la sentencia firme cuando esta se ha obtenido de manera injusta. A esta categoría pertenece el incidente de nulidad de actuaciones.
La reciente historia de nuestro incidente ha discurrido por un sinfín de avatares dentro de nuestro sistema procesal. Ha pasado de ser un incidente procesal imprescindible en la práctica forense a desaparecer de nuestro ordenamiento, de restaurarse como un incidente excepcional a convertirse en paso casi obligado para quien aspira a que su reclamación llegue a ser atendida por el Tribunal Constitucional. En la primera parte del presente trabajo el autor ha llevado a cabo un estudio teórico que finalmente ha venido a ser particularmente práctico.
Desvelar la singular naturaleza jurídica de una institución que se insinúa como incidente, como recurso y como acción impugnativa, o valorar el doble fundamento que presenta (procesal y constitucional) ha sentado las bases para analizar la enorme virtualidad práctica de esta institución. En una segunda parte del trabajo el autor examina el régimen procesal del incidente de nulidad de actuaciones con el objetivo de que sea de utilidad para los profesionales del Derecho. El análisis sistemático de los presupuestos y de la tramitación del incidente da respuesta a las preguntas sobre la formulación, admisión a trámite y resolución del mismo. De esta manera el autor pretende facilitar la utilización de este singular mecanismo procesal, que puede llegar a ser tanto un último remedio frente a la pretensión rechazada como una amenaza de perder la estabilidad que confiere la cosa juzgada.