1ª Edición, Septiembre 2013
Editorial COMARES
SINOPSIS
CARACTERIZACIÓN Y SIGNIFICACIÓN POLÍTICO JURÍDICA DE LA INTEGRACIÓN EFECTUADA POR LA LEY 28/2011
«La doctrina solidarista enseña que la sociedad es el hecho primario e irreductible, que el hombre es por naturaleza un ser social que no puede vivir más que en sociedad, en la que siempre ha vivido».
León DUGUIT
Los objetivos básicos de esta Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, son los siguientes:
La integración en el Régimen General de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, así como de los empresarios a los que prestan sus servicios.
La creación de un Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en el cual, manteniendo el ámbito subjetivo de aplicación existente en el Régimen Especial Agrario con exclusión de los requisitos de habitualidad y medio fundamental de vida, se afiancen las garantías de empleo y de cobertura de los trabajadores agrarios por cuenta ajena a través de un nuevo modelo de cotización y de protección, dentro de un contexto de impulso de la creación de riqueza en el sector (Exposición de Motivos).
Pero es necesario interrogarse críticamente (en el sentido de reflexivamente) sobre qué es lo que nos ha hecho llegar hasta aquí y por qué, por un lado, y por otro, sobre cuáles son los rasgos principales del nuevo modelo de regulación y la cuestiones pendientes, o, en su caso, todavía inacabadas, en una perspectiva de futuro.