Este libro recoge los principales resultados del proyecto de investigación titulado El derecho de libertad religiosa de los menores en centros de internamiento (CCG10-UAH/HUM-5975), que fue financiado por la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid y la Universidad de Alcalá durante el año 2011.
El proyecto tuvo por objeto el estudio del ejercicio del derecho fundamental de libertad religiosa por parte de los menores que se encuentran internados como consecuencia de la comisión de un hecho delictivo. El artículo 56 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores establece que todos los menores internados tienen derecho a que se respete su propia personalidad, su libertad ideológica y religiosa, y los derechos e intereses legítimos no afectados por el contenido de la condena. A continuación, el precepto citado reconoce el derecho de los menores al ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales, religiosos, económicos y culturales que les correspondan, salvo cuando sean incompatibles con el objeto de la detención o el cumplimiento de la condena.
Por su parte, el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, contempla, en su artículo 39, el derecho del menor a la asistencia religiosa. Todo menor internado tendrá derecho a dirigirse a una confesión religiosa inscrita en el Registro de Entidades Religiosas solicitando asistencia religiosa y no podrá ser obligado a asistir o participar en los actos de una confesión religiosa. Asimismo, este artículo dispone que la entidad pública facilitará que los menores puedan respetar la alimentación, los ritos y las fiestas de su propia confesión, siempre que ello sea compatible con los derechos fundamentales de los otros internos y no afecte a la seguridad del centro y al desarrollo de la vida en el mismo.
Tomando como punto de partida estas previsiones normativas, el proyecto de investigación perseguía un doble objetivo: por un lado, ver en qué medida las normas de la Comunidades Autónomas sobre funcionamiento de los centros de menores garantizan expresamente el derecho a la libertad religiosa de los internos, por otro lado, analizar los modelos de gestión de los centros para identificar las diferentes políticas seguidas en esta materia y ver en qué medida coadyuvan a un real y efectivo reconocimiento de la libertad religiosa de los menores.
En todo el planteamiento del proyecto la premisa tomada como punto de partida es que el cumplimiento de una medida de internamiento por un menor conlleva, por definición, una restricción de su libertad ambulatoria, más o menos acentuada, en función del régimen de internamiento decidido por la autoridad judicial. El ingreso en un centro de internamiento, sin embargo, no da lugar a una privación de los derechos fundamentales del menor. El ejercicio de estos derechos se ve modulado, y en ocasiones restringido (siempre en virtud de resolución judicial), pero el menor internado es plenamente titular de sus derechos fundamentales, que deben ser garantizados por la Administración en los términos permitidos por el régimen de vida del centro. Asimismo, todas las actuaciones desarrolladas en el centro deben estar orientadas a preservar el interés superior del menor.
Para cumplir el doble objetivo del proyecto, se consideró oportuno dividir el estudio en tres partes. La primera de ellas, a cargo de los profesores Carmen Figueroa Navarro (Profesora Titular de Derecho Penal en la Universidad de Alcalá) y Enrique Sanz Delgado (Profesor Contratado Doctor de Derecho Penal en la Universidad de Alcalá), se ocupa del estudio de la medida de internamiento aplicable a los menores responsables penalmente y de los derechos de los menores internados. Para afrontar un estudio sobre el reconocimiento y ejercicio del derecho de libertad religiosa, se juzgó imprescindible identificar en qué consisten las medidas de internamiento, cómo están configuradas en la legislación y cuál es su finalidad. Junto a ello, parecía lógico estudiar el reconocimiento de derechos a los menores infractores en el marco de la modulación exigida por el cumplimiento de la medida de internamiento.
La segunda parte, desarrollada por los profesores Sergio Cámara Arroyo y Pilar Betrián Cerdán (ambos Profesores de la Universidad Internacional de La Rioja y colaboradores, respectivamente, de las áreas de Derecho Penal y Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad de Alcalá), se dedica al estudio de los centros de internamiento de menores, prestando atención tanto a su regulación, como a su gestión y funcionamiento, con particular énfasis en las normas sobre libertad y asistencia religiosa. Por último, en la tercera parte del libro, los profesores Isabel Cano Ruiz (Profesora Ayudante Doctor de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad de Alcalá) y Miguel Rodríguez Blanco (Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado en la Universidad de Alcalá) analizan la problemática inherente a la libertad religiosa del menor y el ejercicio de esta libertad por parte de los menores internados.
No existía hasta la fecha una publicación monográfica que abordara esta cuestión conjugando los aspectos penales y penitenciaros con los relativos a la libertad y asistencia religiosa. Como investigador principal del proyecto, creo posible afirmar que los objetivos marcados pueden considerarse satisfactoriamente cumplidos. El lector tiene en sus manos una obra que le ofrecerá una panorámica completa del reconocimiento y ejercicio de la libertad religiosa por parte de los menores que se encuentran cumpliendo una medida de internamiento.