1ª edición, noviembre 2013
Editorial Tirant lo Blanch
Idioma Español
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SINOPSIS
En derredor de la “sucinta explicación” que -por expreso imperativo legal-debe incluir el veredicto del jurado han proliferado ruidosas polémicas, las más vistosas de las cuales quizás sean éstas: si la originaria legitimidad democrática del jurado exime o no de los rigores de una motivación estricta, si la obligatoriedad de motivar el veredicto es o no puramente potestativa del legislador, si la “sucinta explicación” difiere o no de la “motivación” en tanto que una y otra se conectan con realidades -“veredicto” y “sentencia” respectivamente- de naturaleza distinta, si es o no razonable requerir lo mismo de un lego que de un profesional, si con el adjetivo “sucinta” se connota o no un razonamiento más débil que el de la motivación ordinaria, si la “sucinta explicación” tiene o no como función garantizar la calidad de la decisión o más bien otra cosa, si, finalmente, toca o no al magistrado-presidente completar las explicaciones del jurado para que la sentencia resultante esté adecuadamente motivada.
En la presente publicación se defiende la tesis de que la “sucinta explicación” obliga al jurado a nada más ni menos ni distinto de lo que la Ley (con la Constitución por delante) exige a jueces y tribunales profesionales cuando les impone el deber de justificar su valoración de las pruebas.