PRÓLOGO DEL
PROF. DR. JOSÉ ANTONIO GONZALO ANGULO
Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad Universidad de Alcalá.
El mandato legal de que las cuentas reflejen la imagen fiel se introdujo en España en el año 1989, con la reforma mercantil que trató de adoptar las Directivas de sociedades de la entonces Comunidad Económica Europea, a la que el país se había incorporado el 1 de enero de 1986. No pocos autores ven en este hito la introducción definitiva en España del derecho contable, especialización del derecho mercantil que tiene que ver con el registro de hechos y transacciones económicas, así como la elaboración, contenido y difusión de las cuentas anuales de las empresas.
El libro está estructurado en tres partes: historia, adopción en España y resultados de la aplicación del mandato de imagen fiel en nuestro país tras veinte años.
Probablemente la historia es la parte menos conocida y muestra el origen de la expresión, que se deriva de cláusulas que obraban en contratos privados y se convirtió en un estándar que luego se trasladó a la legislación. Solo quien conoce bien el idioma inglés puede ofrecer las disquisiciones que se ofrecen en esta parte, para ver el valor semántico y semiológico que tiene en ese idioma la yuxtaposición de dos adjetivos como “true” y “fair”.
La parte relativa a la adopción en España de la Cuarta Directiva es más conocida, pero no por eso deja de ser interesante leer los avatares de la trasposición legal de los artículos de la Directiva, porque las decisiones que se tomaron en su momento tienen efectos plenos pasados muchos años.
Por lo que se refiere a la parte de resultados, la autora se esforzó durante años en recopilar información de tres de las colectividades más representativas de la comprensión y uso del término “imagen fiel”, como son los profesores, los auditores y los estudiantes de cursos avanzados y másteres de auditoría. Curiosamente, hay una decidida divergencia entre las concepciones manifestadas por los tres grupos, producto de la interacción entre la ley, la práctica y las concepciones teóricas que rigen los pensamientos de cada uno de ellos.
La obra resultará de interés tanto a personas de formación jurídica como de formación económica, así como a quienes se ocupen de la historia de ambas disciplinas.