Delito de Defraudación Seguridad Social. Régimen Legal Criterios Jurisprudenciales
El delito de defraudación a la Seguridad Social ocurre cuando una persona omite, falsea o deja de ingresar las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social, buscando obtener un beneficio económico indebido. El artículo 307 del Código Penal español tipifica este delito. El fraude puede implicar la no inscripción de trabajadores, alterar salarios declarados o pagar menos de lo que realmente se debe.
Este delito afecta el sistema de pensiones, el desempleo y otros servicios. Puede ser cometido tanto por empleadores como por trabajadores. La gravedad depende de la cantidad defraudada. Si la defraudación es menor a 120.000 euros, la pena varía entre 1 y 3 años de prisión. Si supera esa cifra, las penas pueden llegar hasta 6 años de prisión.
Además de la pena de prisión, el condenado puede recibir una multa proporcional al monto defraudado. En algunos casos, también se puede inhabilitar al infractor para desempeñar actividades relacionadas con la administración de empresas o cargos públicos.
Régimen Legal
La defraudación a la Seguridad Social se regula bajo las leyes penales y las normas sobre la Seguridad Social. El Código Penal establece que no es necesario un dolo directo. Basta con una negligencia grave o una omisión deliberada de los deberes fiscales. Los fraudes continuados se consideran un hecho continuo, lo que puede aumentar la pena.
Criterios Jurisprudenciales
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha aclarado varios aspectos de este delito. Para que se configure, no es necesario que exista intención directa de defraudar, solo una negligencia grave. Además, se diferencia entre el fraude por omisión y el fraude por alteración de documentos o declaraciones.
En resumen, la defraudación a la Seguridad Social es un delito grave que puede tener consecuencias penales y económicas. Las leyes y la jurisprudencia siguen adaptándose a las nuevas formas de fraude.