PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
EL ANTIFORMALISMO JURÍDICO Y EL REALCE DEL PAPEL DEL JUEZ
EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
I. El derecho y el pensamiento jurídico en los Estados Unidos de América
1.1. El pragmatismo americano
1.2. El antiformalismo jurídico en los Estados Unidos de América: la jurisprudencia sociológica y el realismo jurídico americano
1.2.1. El proto-realismo del Juez Holmes
1.2.2. La jurisprudencia sociológica de Roscoe Pound
1.2.3. El Realismo Jurídico Americano
CAPÍTULO SEGUNDO
LA FIGURA DE KARL N. LLEWELLYN, Y LAS BASES FILOSÓFICAS
Y EPISTEMOLÓGICAS DE SU ACERCAMIENTO DECISIONISTA AL DERECHO
I. Karl Nickerson Llewellyn: breve apunte biográfico
II. El legado escrito de Karl Nickerson Llewellyn
III. La epistemología implícita en el pensamiento jurídico de Karl N. Llewellyn
3.1. Filosofía, Ciencia y Prudencia
3.2. El realismo jurídico y el modelo de ciencia jurídica propuesto por Llewellyn: el lugar de la sociología del derecho y de la dogmática jurídica
IV. Evaluación de la epistemología jurídica de Karl N. Llewellyn
4.1. Las deficiencias de la epistemología pragmatista
4.2. Implicaciones de lo dicho para una epistemología jurídica
CAPÍTULO TERCERO
EL DERECHO, VISTO COMO INSTITUCION SOCIAL:
PROLEGÓMENO DE UNA CIENCIA JURÍDICA SOCIOLÓGICA Y DECISIONISTA
I. Introducción
II. La Sociología del Derecho como Ciencia Empírica de la Vida Jurídica
2.1. El significado del empirismo en el estudio del derecho. La metodología propuesta por Llewellyn para su Sociología del Derecho
2.2. El objeto de la sociología del derecho de Karl Llewellyn: el «Trecht» o derecho fáctico
III. La vida jurídica como aspecto de la vida social: el derecho entendido como institución social
3.1. La vida social
3.1.1. Las formas de conducta
3.1.2. El elemento personal: el concepto de «staff»
3.1.3. El elemento «ideal»
3.1.4. Las «grandes estructuras»: los «sistemas de la cultura» y las instituciones
3.2. La vida jurídica: el derecho como institución social
3.2.1. Las condiciones para el surgimiento de la institución social del derecho
3.2.2. Los rasgos distintivos de la institución social del derecho
IV. Las funciones de la institución social del derecho. La teoría de los law-jobs
4.1. El concepto de «función»
4.2. La teoría de los law-jobs
V. La institución social del derecho, entendida como medio de control social
VI. Consideraciones finales: la contribución de Karl N. Llewellyn a la sociología del derecho
6.1. Los problemas de una delimitación puramente sociológica del objeto de la sociología del derecho
6.2. El significado del análisis funcional, en general y en el pensamiento de Karl N. Llewellyn
CAPÍTULO CUARTO
UNA TEORÍA SOCIOLÓGICA DE LAS NORMAS JURÍDICAS:
LAS NORMAS VISTAS COMO RESULTADO Y COMO INSTRUMENTO
DE LA DECISIÓN JURÍDICA
I. Introducción
II. Las normas jurídicas: ¿proposiciones, mandatos, predicciones?
III. El papel de la decisión jurídica en la construcción de los contenidos de significación de las reglas y los conceptos jurídicos
3.1. La construcción del significado de las reglas jurídicas
3.2. La construcción de los conceptos jurídicos
IV. ¿Una teoría pragmática de las reglas y de los conceptos jurídicos?
4.1. Decisionismo y confusión entre la sociología y la teoría de las normas
4.2. La invasión de la dogmática jurídica por la sociología de la decisión jurídica
CAPÍTULO QUINTO
EL FACTOR HUMANO EN EL DERECHO Y LA TEORÍA LLEWELLYNIANA
DE LA DECISIÓN JUDICIAL EN SEDE DE APELACIÓN
I. Introducción
II. El elemento personal en el estudio del derecho
2.1. Aspectos generales del elemento personal del derecho: la institución y sus especialistas
2.2. La decisión judicial y los problemas asociados a la misma
2.2.1. Los «factores estabilizadores» de la conducta judicial
2.2.2. ¿Cómo deciden los jueces?
2.2.3. Los «Estilos» de decisión judicial en apelación
2.2.4. La teoría de la decisión judicial de Llewellyn, y sus consejos para los profesionales del derecho
2.2.5. Sobre el significado de los términos «justicia», «política concreta» (policy) y «necesidad»
2.3. A modo de conclusión