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Delegado de Prevención. Estudio Crítico en su Régimen Jurídico

ISBN: 9788484442288

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Peso 725 g
Fecha de Edición 10/04/2001
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

498

Lugar de edición

GRANADA

Encuadernación

Rústica

Colección

CRÍTICA DEL DERECHO. DERECHO VIVO-COMARES

Editorial

COMARES, EDITORIAL

EAN

978-84-8444-228-8

Delegado de Prevención Estudio Crítico en su Régimen Jurídico

Prologo. PRIVATE

Capítulo I

Planteamientos preliminares

I. Primera aproximación a nuestro objeto de estudio: el papel del delegado en el nuevo marco de intervención colectiva en materia específica.

II. Antecedentes. Instituciones representativas anteriores al delegado de prevención.

1. La constante idea protectora en toda la construcción normativa laboral desde los orígenes del derecho del trabajo.

2. Antecedentes normativos remotos y mediatos.

2.1. Las primeras normas laborales: de la Ley Benot a la II República.

2.2. El Período Republicano.

2.3. Las primeras manifestaciones normativas sobre prevención de riesgos en la Dictadura franquista.

3. El modelo inmediatamente anterior a la LPRL. De la OGSHT a la Ley 31/1995.

3.1. El Comité de Seguridad e Higiene y el Vigilante de Seguridad.

3.2. El Comité de Seguridad en las minas y el Delegado Minero de Seguridad.

4. La modulación de la configuración orgánica y funcional de la representación prevista legalmente en las Ordenanzas laborales y en los Convenios colectivos.

5. A modo de recapitulación crítica.

Capítulo II

Dimensión institucional del delegado

I. El delegado de prevención como órgano de representación.

1. Delimitación legal de la Institución.

1.1. Dificultades para lograr una definición unitaria Cun conceptoC del Delegado o Delegados de Prevención. Propuesta provisional.

2. Naturaleza jurídica de la institución.

2.1. La vinculación del Delegado con la representación del personal y la problemática de su autonomía.

2.2. Tipología del órgano: El Delegado de prevención o el Colegio de delegados. Aparente indeterminación legal.

2.3. Ubicación del Delegado en las estructuras de participación y/o representación.

2.4. Tutela colectiva de intereses sociales.

II. Estructura interna.

1. Sistema de designación de delegados de prevención.

1.1. Criterios legales de designación del Delegado de Prevención. Aspectos críticos.

1.1.1. La determinación del colegio de electores y elegibles. Alcance del término *representantes del personal+.

1.1.2. Criterios internos de designación.

1.1.3. Los ámbitos de constitución.

1.1.4. Criterios legales para la determinación del número de delegados.

1.1.5. Duración y vicisitudes.

1.2. Otros criterios singulares de determinación legal y convencional.

1.2.1. Supuestos especiales.

1.2.2. Remisión a la negociación.

1.2.3. Acuerdos sindicales de designación y reparto de delegados de prevención.

2. Sistema de creación en su integridad de un órgano específico.

3. Funcionamiento de la estructura representativa.

3.1. Organización interna. Reuniones y mecanismos de adopción de acuerdos.

3.2. Naturaleza y eficacia de los acuerdos y decisiones adoptadas por los Delegados.

Capítulo III

El delegado de prevención: perspectiva funcional

I. Análisis del sentido político-jurídico de las competencias y funciones desde una perspectiva de conjunto. Intensidad y calidad de los derechos participativos.

1. Necesidad de una aproximación conceptual.

2. Principio de intangibilidad funcional del Delegado respecto de otros órganos representativos y superación de la especialización conflictiva o cooperativa de los órganos de intervención colectiva.

3. La formación e información base y garantía del ejercicio efectivo de competencias y facultades.

4. Papel de la autonomía colectiva en la conformación de los derechos participativos.

5. Recapitulación.

II. Estudio de las competencias y facultades atribuidas al delegado de prevención.

1. Derecho de información.

1.1. El valor de la información y su proyección en la empresa: Los derechos de información de los representantes.

1.2. El tratamiento normativo de la información en la empresa en materia preventiva. Problemática de los derechos de información del Delegado de Prevención.

2. El Derecho de vigilancia y control.

2.1. La necesidad de instituciones administrativas de control y vigilancia

2.2. Atribución al Delegado de Prevención de la función típica de los representantes: la vigilancia y control del cumplimiento de la normativa laboral.

3. Estudio de los derechos consultivos y sus modalidades de utilización.

3.1. Descripción y naturaleza del Derecho de consulta en el contexto de los derechos participativos.

3.2. Materias objeto de consulta.

3.3. Procedimiento consultivo: Forma y momento de realización de la consulta.

3.4. Alcance subjetivo del Derecho de consulta.

4. Derecho de propuesta.

4.1. Ubicación del Derecho de Propuesta en el marco competencial del Delegado.

4.2. Titularidad del Derecho. Origen y meta del Derecho de Propuesta.

4.3. Especial relevancia del Derecho de propuesta ejercido en el seno del CSS.

5. El Derecho de Participación.

5.1. El *Derecho de Participación+ en el contexto de los derechos participativos.

5.2. Los Derechos de Participación en el CSS.

5.2.1. Naturaleza y composición.

5.2.2. Funciones del CSS. Especial referencia a la Participación.

6. Derecho de colaboración.

6.1. La colaboración con la empresa: de las fobias a la filias.

6.2. El Derecho nuevo de colaboración. Aspectos críticos.

7. Posible reconocimiento de Derecho de Veto.

7.1. Derecho general a oponerse ante el incumplimiento de obligaciones por el empresario.

7.2. El ius resistentiae de todo trabajador en caso de *riesgo grave e inminente+.

7.3. El Derecho colectivo de veto frente al incumplimiento del empresario en situaciones de riesgo *grave e inminente+.

7.3.1. Conexión y comunicación entre los dos niveles de autotutela.

7.3.2. Descripción crítica de los elementos del supuesto de hecho.

7.3.3. Previsiones procedimentales.

7.3.4. El principio de no afectación al Delegado de las consecuencias de su acción.

III. Derecho de acción: ejercicio de las acciones procesales y administrativas.

IV. Instrumentos de aseguramiento de la efectividad de las competencias y facultades del delegado.

1. Necesidad de un estatuto garantista para el Delegado de prevención. Significado, justificación y tipos.

2. Descripción crítica de los instrumentos de aseguramiento.

2.1. Instrumentos polivalentes.

2.2. El crédito horario.

2.3. El derecho del Delegado a la formación.

2.4. El deber de facilitar los medios adecuados.

2.5. El valor del CEU como instrumento de eficacia de los derechos participativos del Delegado.

V. Límites al ejercicio de las competencias y facultades atribuidas al delegado de prevención: el deber de sigilo profesional.

1. Naturaleza del deber de sigilo de los delegados.

1.1. El sigilo profesional como deber de discreción.

1.2. La facultad-deber de información y denuncia como factores de modulación del deber de sigilo.

2. Objeto y sujetos del deber de sigilo profesional.

3. Especial referencia al deber de confidencialidad en materia de vigilancia de la salud.

Capítulo IV

Articulación de las funciones del delegado de prevención con otras instituciones competentes en materia de seguridad y salud laboral

I. Planteamiento general del problema práctico.

II. Supuestos de concurrencia. Criterios legales de articulación funcional.

1. Articulación con la Inspección de trabajo.

2. Relación con los Servicios de Prevención.

3. Conexión con el Comité de Seguridad y Salud.

4. Articulación funcional con los órganos representativos en la empresa: Comité de empresa, Delegados de personal y con el Delegado sindical.

5. Con *El Coordinador en materia de seguridad y salud+ o, cuando no sea necesaria su designación, con *La Dirección facultativa+.

Capítulo V

La adaptación del delegado a los diferentes

ámbitos de organización del trabajo

I. El delegado: institución pensada para su implantación en los ámbitos tradicionales de organización empresarial.

II. Las peculiaridades de la implantación del delegado en las administraciones públicas.

1. La necesidad de una regulación diferenciada de la Prevención de Riesgos laborales para las Administraciones Públicas.

2. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.

2.1. Los ámbitos de aplicación de la LPRL y la quiebra de su universalidad: peculiaridades, exclusiones, particularidades y adaptaciones a las Administraciones Públicas.

2.2. Aplicación de la LPRL en las Administraciones públicas. Especial referencia a los derechos colectivos y al sistema sancionador.

2.3. Adaptación a la Administración General del Estado.

2.3.1. Manifestaciones normativas que llevan a cabo la adaptación de la Ley en cuanto puedan afectar al establecimiento del Delegado o a su función.

2.3.2. El régimen de los Delegados de Prevención.

2.3.3. Sistema de imposición de sanciones.

III. El delegado de prevención en la empresa de grupo.

1. El grupo como fenómeno ampliamente difundido en la práctica económica.

2. Respuesta del Ordenamiento jurídico y las dificultades para concretar la representación colectiva genérica y específica en el ámbito grupal.

3. La solución en el ámbito comunitario. El tratamiento de los grupos de empresa europeos.

IV. Problemática de la participación colectiva en las pequeñas empresas.

1. El Derecho del Trabajo de las pequeñas y medianas empresas.

2. El Derecho de Prevención en las pequeñas y medianas empresas.

3. Estudio crítico de la representación específica en las PYMES.

4. Mecanismos alternativos de participación.

5. La Fundación como impulsora de participación individual.

Capítulo VI

Estatuto jurídico protector del delegado de prevención

I. Extensión del sistema de garantías estatutarias al delegado de prevención.

II. Protección de la representación específica frente a vicisitudes empresariales.

1. La incidencia de la transmisión de empresa y de los procesos de reestructuración interempresarial en la continuidad de la representación específica y en el marco garantista de la misma.

2. Reestructuraciones organizativas en el seno de la empresa.

III. Instrumentos de tutela de naturaleza laboral, administrativa y penal.

IV. La responsabilidad del delegado.