La nueva Ley Reguladora de la Subcontratación en la Construcción
El sector de la construcción tiene una importancia capital en la economía actual de cualquier país desarrollado. En España, es uno de los principales motores de la actividad productiva y económica en general. Por otra parte, presenta un elevado grado de complejidad legal debido, fundamentalmente, a las diferentes relaciones jurídicas e instituciones que se ven implicadas en la constructora y urbanística.
La Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, aborda por primera vez, y de forma estrictamente sectorial, el régimen jurídico de la subcontratación y establece una serie de garantías dirigidas a evitar que la falta de control en esta forma de organización productiva ocasiones situaciones objetivas de riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. Las novedades más significativas se centran, en primer lugar, en el establecimiento de severas limitaciones al encadenamiento de contratos. En segundo lugar, en la exigencia de una serie de requisitos de calidad o solvencia a las empresas que vayan a actuar en este sector, aborda la obligatoriedad de que las empresas contratistas y subcontratistas tengan un mínimo de trabajadores fijos en sus plantillas de forma progresiva ( el 30% en el 2010) y exige la formación en materia de seguridad tanto a las empresas ( a través de acreditaciones específicas) como a los trabajadores. Y, en tercer lugar, introduciendo los adecuados mecanismos de transparencia en las obras de construcción mediante determinados sistemas documentales.
Con el fin de efectuar un análisis integral de esta Ley, se han reunido en esta publicación una serie de trabajos de jurista de reconocido prestigio que, coordinados por el profesor MERCADER UGUINA, buscan dar respuesta a los más dignificativos interrogantes que esta Ley plantea.