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Teoría del Hecho Jurídico Individual y Social

ISBN: 9788481519686

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Fecha de edición 19/01/2000
Número de Edición

1

Idioma

Formato

Páginas

298

Lugar de edición

GRANADA

Colección

CRÍTICA DEL DERECHO

Encuadernación

Teoría Hecho Jurídico Individual Social

1 El hecho jurídico como realización temporal del Derecho y como signo de un estado subjetivo.–Concepto del hecho como determinación de la esencia del Derecho. Doble género de hechos: a) de Derecho positivo: hechos según ley ó según costumbre: b) de Derecho esencial: hechos fuera de ley ó según ley.–Relatividad de esta distinción.–Derecho y Hecho jurídico: en qué se diferencian.–Doble aspecto del hecho: sustantivo y expresivo .

capítulo primero

contenido del hecho (el derecho)

§ 2 La etimología del vocablo «Derecho» no declara la naturaleza de éste .

Etimología histórica y popular de Derecho.

Raíz aryo-semítica rj:

Forma zendo-ibérica.

Forma indo-europea.

Raíz arya dh, dhr.

Composición de entrambas: dh + rj = Derecho.

Raíces ju y dic.

§ 3 El derecho es un orden de libertad: la coacción no es Derecho .

Doctrina de Ihering, Kant, Hegel, Conte, etc.

La coacción, extraña al Derecho individual.

Idem al Derecho social consuetudinario.

Idem al internacional.

Sociedades de malhechores y bandidos.

Valor de la coacción en la esfera de la perturbación y de la reparación.

En qué funda su fuerza y su poder el Derecho.

§ 4 El Derecho es beneficencia: la caridad es Derecho .

El bien, único fin del Derecho: sentido de la frase «derecho al mal».

Identidad del Derecho y la beneficencia.

Reconocimiento de esta verdad por algunos autores.

§ 5 El Derecho es un orden de condicionalidad: la oral no es Derecho .

La beneficencia como Derecho y la beneficencia como moralidad: la condicionalidad y la causalidad.

Relación entre los órdenes de la moral y del Derecho.

§ 6 El Derecho es un orden de finalidad racional: no es la utilidad ni la reciprocidad .

El placer ó la utilidad como criterio de Derecho.

Bondad de fines y medios. El Derecho no es mera condicionalidad.

El Derecho, principio extraño á la reciprocidad.

Negaciones históricas de esta verdad.

Armonía esencial entre la utilidad y la justicia.

§ 7 Resumen de esas categorías y definición del Derecho .

capítulo segundo

sujeto del hecho: la actividad del estado

I. Doble posición de la actividad jurídica .

§ 8 La actividad del sujeto de fines en razón del fin y en razón del medio.

La actividad del sujeto de medios en razón del medio y en razón del fin.

La exigencia y la obligación, ó el poder y el deber, doble aspecto del uno y del otro.

II. Doble esfera del Derecho .

§ 9 Con respecto al sujeto .

Individual (interior, exterior). Estado elemental ó Estado célula.

Social (interior ó inmanente: exterior ó de relación).

Con respecto al objeto:

§ 10 Distinción histórica: .

Derecho público.

Derecho privado.

§ 11 Distinción racional: .

Derecho voluntario: leyes supletorias.

Derecho necesario: leyes imperativas.

§ 12 Reconocimiento de esta distinción: libertad civil: .

Su concepto.

Modos más usuales de ser desconocida.

Consecuencias dañosas de este desconocimiento: libertad de testar: renuncias de leyes, etc.

Necesario deslinde, en los Códigos, del elemento necesario y del elemento voluntario de cada institución.

III. Agente del hecho jurídico .

§ 13 En la esfera individual: .

El individuo como órgano total de su propia vida.

El individuo en relación, como órgano indiferenciado, de la vida individual: la representación.

§ 14 En la esfera social: .

El individuo:

como órgano adventicio, pero necesario, de la vida colectiva,

como órgano permanente y oficial.

Distinción entre una y otra forma de representación: ventajas de cada una.

La Corporación (collegium):

como órgano adventicio,

como órgano permanente.

Actividad que compete al órgano corporativo como miembro de un organismo y como todo orgánico á su vez.

El Individuo y el Colegio como órganos de órgano (órganos mediatos)

IV. Actividad del sujeto de Derecho (Psico-física jurídica) .

A. Grados y formas de la actividad en la producción del Derecho.

§ 15 La actividad jurídica es psico-física .

§ 16 Aparato con que funciona: el sistema neuro-psíquico .

§ 17 Grados de ella reconocidos históricamente .

Actividad reflejo-espinal y reflejo-cerebral.

Instintiva.

De sentido común.

Artística.

§ 18 Relatividad de estas esferas: ley de su continuidad .

§ 19 Cómo obra la actividad psico-física .

Proceso de la sensación y de la percepción.

Su doble esfera: ciclos psico-físico y físico-psíquico.

Instrumentos de transformación de unas en otras formas:

De la libertad en automatismo: el Hábito.

§ 20 Hábito individual: líneas de vibración y de reacción nerviosa .

§ 21 Hábito específico (instinto): en los animales: en el hombre .

§ 22 Del automatismo en libertad: la Reflexión .

§ 23 El progreso por la reflexión y por el hábito .

B. Actividades particulares en que esa general se diversifica para producir el derecho ..

§ 24 El conocimiento y el pensar.

El sentimiento y el sentir.

La voluntad y el querer.

Interior distinción de cada una con respecto á los diversos elementos del hecho.

Influjo en ellos de la presencia del medio.

C. Dominio del sujeto sobre su actividad. Causas principales que la contrarían .

§ 25. Coacción moral. Cuándo es legítima. Hechos y costumbres nacidas del miedo ó de la violencia.

Neuropatías. Relación entre la epilepsia y los desarreglos del espíritu. La herencia orgánica en el Derecho .

capítulo tercero

información del derecho por la actividad

A. Realización ó producción interior del hecho: Plan .

§ 26 Tránsito del fin potencial á necesidad .

Órdenes de finalidad.

Géneros de estímulos ó excitantes.

Acción de los estímulos sobre los fines.

§ 27 Propósito ó proposición: concepción elemental y unitaria del plan .

§ 28 Deliberación ó discusión y resolución ó plan .

Relatividad de este momento en el proceso de la composición ó plan: su carácter crítico.

Investigación acerca de la homogeneidad y adecuación de fin y medio

Juicio y asimilación de la regla positiva ó del hecho obrado en situación análoga, interpretación.

Análisis y desarrollo, corrección y reelaboración del propósito.

Influjo de las interrupciones en el deliberar: el descanso y el sueño.

§ 29 Comunicación del plan á otros individuos .

En la convención sinalagmática.

En las resoluciones de la opinión pública:

Razón de la necesidad de este momento.

Órganos individuales de proposición:

Adventicios (agitadores, periodistas, etc.).

Oficiales ó permanentes (ministros, select-men, etc.).

Órganos corporativos:

Comicios, meetings, manifestaciones, etc.

Ligas, Uniones, Congresos, etc.

B. Realización ó producción exterior del hecho, Ejecución .

A. Condiciones previas esenciales para ejecutar el plan .

§ 30 Existencia, conocimiento y posesión del medio.

§ 31 Facultad de obrar:

Libertad civil y libertad política.

Derecho y obligación de no obedecer.

Su fundamento racional.

Opiniones de autores.

Sentido de la fórmula «obedecer, pero no cumplir».

Derecho de Castilla sobre obediencia de las leyes.

Principales formas que ha revestido en la Historia.

Casos prácticos: Antígone, Mauricio, d’Ortes, Catedráticos españoles, etc.

§ 32 Cooperación de los órganos del Estado oficial:

Al hecho individual y al hecho corporativo ó de la sociedad.

Al hecho oficial ó de un órgano del Estado.

§ 33 Reivindicación teórica de esta libertad: preliminares de la revolución:

representaciones y súplicas. Ejemplos históricos: Flandes: Rusia.

§ 34 Reivindicación práctica, revolución.

Concepto jurídico de la Revolución: su legitimidad.

Doctrinas populares acerca de la Revolución.

El derecho de insurrección como principio constitucional en España.

La revolución individual:

Solidaridad de unos con otros individuos: Ej. Antonio Pérez, Azarque, etc.

Desnaturamiento y emigración: feudalismo: puritanos, etc.

Rebelión: Bernaldo del Carpio, Miguel Kohlhaas, etc.

B. Unión material efectiva del fin y los medios. Sus formas .

§ 35 Indirecta ó tropológica .

El tropo jurídico.

Material tropológico-jurídico.

Simbólica y Poesía del derecho.

Directa ó lógica.

Transición histórica de la primera forma á la segunda, por medio de la fórmula y de la ficción.

C. Acción y reacción entre la realización interior y la exterior .

§ 36 Influjo del hecho y su plan .

El hecho como continuación y complemento del plan.

El hecho como precedente del plan. Simultaneidad de la ejecución del hecho y de la corrección y reelaboración del plan.

§ 37 Prudencia obligada en la formación y propaganda de planes sociales .

Distinta trascendencia del error padecido en la formación del plan, según la naturaleza de los hechos.

El político no tiene derecho á equivocarse.

Respeto que debe inspirarle la sociedad.

capítulo cuarto

el hecho consuetudinario

A. Cuándo es consuetudinario el hecho jurídico .

§ 38. En la esfera individual: .

Unidad en que se manifiesta la vida de los individuos.

Concepto del hecho jurídico individual. Ejemplos.

Cómo el hecho anterior da ley á los subsiguientes.

En la esfera social. Posiciones de un hecho con respecto al estado jurídico de la sociedad:

§ 39 Hecho contrario: .

Concepto del tiempo: la contemporaneidad y la extemporaneidad como cualidades interiores y exteriores.

Fundamento de los hechos individuales contrarios al sentimiento de la sociedad.

Ejemplos de hechos contrarios: Paulino de Nola, etc.

Hecho indiferente:

Su fundamento y su naturaleza.

Ejemplos históricos.

§ 40 Hecho concordante: .

Origen de esta congruencia entre el hecho individual y el sentimiento de la sociedad. Ejemplos.

El hecho concordante es consuetudinario.

Nacimiento de la regla jurídica según Savigni.

Procesos de este alumbramiento:

Asimilación ó prohijamiento de un hecho único.

Producción simultánea de hechos múltiples concordantes.

Unión y combinación de entrambos procesos.

B. Cuándo el hecho consuetudinario induce costumbre .

§ 41 Generación de la costumbre jurídica social: .

Modo como funciona el individuo en concepto de órgano adventicio de la sociedad.

Doble elemento que hay que distinguir en sus actos.

Aparente impersonalidad de tales actos.

Teoría de la unicidad del hecho consuetudinario:

Hecho y costumbre de Derecho necesario:

Todo hecho consuetudinario induce costumbre: un solo hecho basta

Consecuencias absurdas de exigir una pluralidad de actos.

Hecho y costumbre de Derecho voluntario:

Todo hecho concordante induce costumbre: en qué se diferencia esta concordancia de la del caso anterior.

Simultaneidad: Prohijamiento. Variantes de la costumbre.

Presentimientos de esta doctrina en algunos autores.

El precedente: sus efectos y su eficacia:

Ejemplos en diversos órdenes.

Eficacia del precedente único en Inglaterra: common law.

El precedente único en la jurisprudencia española.

capítulo quinto

el hecho habitual

§ 42 Generación del hábito: .

Modos de esta generación: repetición: permanencia.

Relación entre la intensidad de la excitación y la sensación: decrecimiento gradual de ésta: ley de Weber.

Diferenciación del sistema neuro-psíquico: las líneas de vibración como órganos nerviosos.

Relación entre la degradación de la sensación y la progresión del hábito.

§ 43 Funciones del hábito en la vida: .

Desarrolla y fija la costumbre y facilita su prueba.

Hace automática, y, por tanto, más rápida, segura y descansada la ejecución de los actos.

Hace posible la tradición.

Es un instrumento de progreso. Rutina: sus efectos: cómo se contrarresta.

JOAQUÍN COSTA