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Deber de Lealtad del Administrador de Sociedades

ISBN: 9788481263350

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Fecha de Edición 18/02/2010
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

776

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Cartoné

Colección

MONOGRAFÍAS LA LEY

Editorial

LA LEY WOLTERS KLUWER, EDITORIAL

EAN

978-84-8126-335-0

Deber Lealtad Administrador Sociedades

1ª Edición, Febrero 2010
Editorial La Ley
Formato Libro
Idioma Español
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SINOPSIS

La obra analiza el deber de lealtad del administrador de sociedades como un concepto clave en el gobierno de la sociedad y en las relaciones entre la sociedad y el administrador. Con el deber de lealtad se plantea la protección de la sociedad frente al riesgo de lesión de las conductas del administrador en conflicto con la sociedad. Este problema tiene lugar en todas las relaciones de gestión (mandato, comisión, factor mercantil, agencia representativa, administración de sociedades) cuya configuración se fundamenta mediante una característica esencial: la atribución de poderes al gestor para actuar por cuenta ajena. En tales relaciones la eventual actuación interesada del gestor presenta una misma necesidad de protección del principal: la tutela jurídica mediante el deber de lealtad y las consecuencias derivadas de su incumpllimiento.

El deber de lealtad como forma de proteger a la sociedad frente al conflicto generado por el administrador consiste en la prohibición impuesta al gestor de actuar en conflictos de interés, si bien la conducta interesada puede ser autorizada por el principal si previamente el gestor ha comunicado la naturaleza y circunstancias del conflicto. Esta prohibición se ordena en el sistema general de deberes de conducta y de los principios que, como fuentes del ordenamiento, le resultan aplicables. En este contexto, se encuentra en la buena fe, el principio general aplicable, en la diligencia, la regla general propia de las relaciones obligatorias en el Derecho privado, y en la fidelidad, el patrón específico de las relaciones de colaboración. A su vez, el deber de fidelidad se descompone en dos exigencias: el cuidado, en la atención y promoción de la actividad de colaboración y la lealtad, en la tutela del principal ante el conflicto de intereses que tiene lugar en las relaciones de gestión.

El autor delimita los conflictos de interés entre la sociedad y el administrador en situaciones y grupos de casos tales como la contratación, la realización de actos de competencia, el aprovechamiento de oportunidades de negocio, el uso de bienes, de información, de servicios sociales o de poderes para favorecer la posición del administrador en la sociedad.

La obra aborda las cuestiones relativas a la aplicación del deber tanto respecto de la prevención como en el proceso de disclosure y de autorización del conflicto. Respecto a la notificación, se tratan cuestiones relativas al órgano de recepción de la información y a la determinación del contenido informativo objeto de transmisión. Así mismo, se refieren los requisitos necesarios para la autorización regular, la eventual ratificación de la conducta, el órgano competente para autorizar, el derecho de asistencia, participación y voto de los interesados, las situaciones de bloqueo, el régimen de mayorías, etc. Finalmente, la obra trata las sanciones por incumplimiento del deber.

Con el análisis de las cuestiones señaladas se pretende, de un lado, facilitar el cumplimiento del deber de lealtad a los administradores de sociedades mediante un mejor conocimiento de sus obligaciones, de las ventajas de observación y de los límites de su actuación. De otro, la monografía proporciona argumentos para la aplicación del deber por parte de asesores, abogados y jueces, mediante el desarrollo de una construcción que contribuye a la compresión e interpretación del fenómeno conflictual y de las disposiciones, tales como el art. 127ter LSA, y de las cláusulas generales que regulan el deber.