Identidad genética frente a intimidad y pruebas de paternidad
El derecho a la intimidad, derecho fundamental, proclamado, reconocido y garantizada su protección en nuestra Constitución (artículo 18), entra, a menudo, en conflicto con otros derechos también fundamentales. Uno de estos derechos es, precisamente, el derecho a la identidad genética. No cabe pensar – después del derecho a la vida y a la integridad física y psíquica – en un derecho más esencial al ser humano que el de la identidad genética, que no es, ni más ni menos, que la posibilidad de conocer quién es el padre – o madre – biológico de una persona. Se trata de un derecho que, sin embargo, no aparece en su justa y adecuada protección en el marco de las técnicas de reproducción asistida, así como en el tema referido a las adopciones. Extracto índice: 1. Identidad genética frente a intimidad 2. Pruebas biológicas de paternidad y su colisión con derechos fundamentales.