Históricamente, el fundamento de la regulación de las ofertas públicas de adquisición de empresas ha sido facilitar un proceso ordenado de toma de control tras la adquisición de una parte sustancial de una sociedad por otra, y un reparto equitativo de la prima de control mediante la adquisición de acciones en el mercado de valores, al tiempo que una posible solución al problema de agencia que pudiera derivarse de la separación entre la propiedad y el control de las acciones en las empresas cotizadas.
En este proceso que se muestra imprescindible la existencia de un régimen jurídico centrado en proteger los derechos del pequeño accionista y promover la transparencia en el mercado. Y en consecuencia, tanto o más necesario un análisis de dicha regulación tan pormenorizado, como el desarrollado a lo largo de esta publicación por profesionales y despachos jurídicos de reconocido prestigio a escala internacional.