JOSÉ ANDRÉS SÁNCHEZ PEDROCHE, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la UDIMA
El fraude fiscal constituye un serio problema que debe combatirse sin desmayo como un imperativo ético y jurídico de todo sistema tributario. Ahora bien, ¿tan mal trabaja la AEAT que necesitamos normas específicas de prevención del mismo cada lustro? En esa lucha contra la economía sumergida deben conjugarse asimismo muy diversos aspectos de la ética fiscal, como la racionalidad y justicia del gasto público, la aplicación proporcionada de la normativa tributaria por parte de la Administración, el equilibrio entre prerrogativas y derechos, el cerco a la corrupción política y administrativa, la simplificación del sistema fiscal, la mejora de la asistencia e información al contribuyente, la profusión, oscuridad y complejidad de las normas, la obsesión por la recaudación –que inexorablemente comporta un quebranto de la seguridad jurídica, al ser suplantada en la práctica por el criterio finalista del funcionario de turno–, así como otros muchos aspectos, sin cuyo concurso resultaría sencillamente imposible acertar en el diagnóstico y etiología del problema que intenta atajarse.
La nueva Ley de prevención y represión del fraude fiscal, junto a unas pocas medidas de asistencia al contribuyente, constituye el bloque fundamental del componente 27 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia elaborado por el Gobierno español y enviado a Bruselas para la obtención de los fondos comunitarios Next Generation. Esta monografía realiza un acabado estudio de muchos de esos aspectos, especialmente, la necesidad de restablecer la esencial unidad del fenómeno financiero, introduciendo criterios de eficacia, eficiencia y economía en el gasto público, así como de las medidas concretas plasmadas en la Ley 11/2021, de 9 de julio, tales como la reforma de la imposición patrimonial, las modificaciones operadas en la Ley general tributaria o la nueva limitación de pagos en efectivo. El autor enfatiza el hecho de que nuestro déficit público –cuyas dos terceras partes, y esto es lo verdaderamente grave, es de carácter estructural– permanece incólume, con absoluta independencia de los eventuales repuntes de la coyuntura económica o de cualquier ley de prevención o represión del fraude fiscal que se promulgue.