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Obligación de prestar alimentos a los hijos mayores de edad: especial consideración de las actuales causas de extinción

ISBN: 9788429028744

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Hay existencias

Peso 200 g
Fecha de Edición 29/10/2024
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

231

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Rústica

Colección

JURÍDICA GENERAL REUS

Editorial

EDITORIAL REUS

EAN

978-84-290-2874-4

Obligación de prestar alimentos a los hijos mayores de edad: especial consideración de las actuales causas de extinción

El artículo 39 de la Constitución Española impone a los padres el deber de prestar asistencia de todo orden a los hijos menores de edad y se remite, por lo que se refiere a los mayores de edad, a la legislación aplicable.

La obligación legal de prestar alimentos entre parientes aparece contemplada en los artículos 142 y siguientes del Código civil bajo la rúbrica “De los alimentos entre parientes”. Esta obligación alcanza a los cónyuges,

a los ascendientes y descendientes, y a los hermanos (art. 143 CC); es decir, se basa en vínculos familiares que pueden conllevar o no parentesco y requiere, como presupuestos para su nacimiento, la situación de necesidad

por parte del alimentista, que viene determinada por la carencia de medios para procurarse su subsistencia, y la suficiencia de recursos económicos por parte del alimentante para poder atender tal necesidad. La obligación

tiene carácter recíproco, lo que ha de entenderse en el sentido de que las personas citadas deben prestarse alimentos entre sí en el caso de que alguna se encuentre en situación de necesidad.

 

AUTORA: MARÍA TERESA ECHEVARRÍA DE RADA

MÁS TÍTULOS RELACIONADOS: DERECHO CIVIL. FAMILIA

CAPÍTULO I. LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD

1. INTRODUCCIÓN

2. PRESUPUESTOS NECESARIOS PARA EL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD

CAPÍTULO II. ALIMENTOS DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD EN LOS PROCESOS MATRIMONIALES

1. PLANTEAMIENTO

2. REQUISITOS

2.1. Convivencia en el hogar familiar

2.2. Ausencia de ingresos propios

3. LEGITIMACIÓN PARA RECLAMAR LOS ALIMENTOS

3.1. Legitimación en el ámbito civil

3.2. Legitimación en el ámbito penal

CAPÍTULO III. MOMENTO TEMPORAL DE LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS

1. LIMITACIÓN TEMPORAL DE LA EXIGIBILIDAD DE LOS ALIMENTOS: EL ARTÍCULO 148.1 CC.

2. DIVERSOS MOMENTOS TEMPORALES DE DEVENGO DE LOS ALIMENTOS

2.1. Supuesto de primera resolución que fije la pensión de alimentos

2.2. Supuesto de alteración de la cuantía de la pensión alimenticia ya declarada con anterioridad

2.3. Supuesto de modificación del sujeto obligado al pago

2.4. Supuesto de extinción de la pensión alimenticia

2.4.1. Planteamiento general

2.4.2. Excepciones a la regla general de la irretroactividad

CAPÍTULO IV. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD

1. LA IMPOSIBILIDAD ECONÓMICA DEL ALIMENTANTE

1.1. Consideraciones generales

1.2. Inaplicabilidad del mínimo vital a los alimentos a mayores de edad

1.3. El nacimiento de un nuevo hijo del deudor alimenticio como causa de extinción de la pensión

2. LA SUPERACIÓN REAL DE LA NECESIDAD DEL ALIMENTISTA O LA POSIBILIDAD DE SUPERARLA. LA ACTITUD PERSONAL DEL ALIMENTISTA

2.1. No terminación de la formación por desinterés del alimentista

2.2. Terminación de la formación

2.3. Posibilidad de ejercer una profesión o industria y de entrar en el mercado de trabajo

3. LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS POR CONCURRIR CAUSA DE DESHEREDACIÓN

3.1. Planteamiento general

3.2. La ausencia de relación familiar como posible causa de extinción de la obligación de prestar alimentos en el Código Civil

3.2.1. Estado de la cuestión con anterioridad a la STS 104/2019 de 19 de febrero

3.2.2. La STS 104/2019 de 19 de febrero

3.2.3. Recepción por las Audiencias Provinciales de la doctrina mantenida por la STS 104/2019 de 19 de febrero

3.2.4. La doctrina más reciente del TS sobre las causas de desheredación

CAPÍTULO V. LIMITACIÓN TEMPORAL DE LAS PENSIONES ALIMENTICIAS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD. FIJACIÓN DE UN PLAZO DE DURACIÓN

1. CONSIDERACIONES PREVIAS

2. RESOLUCIONES QUE ESTIMAN PROCEDENTE FIJAR UN PLAZO EN FUNCIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES. LA ACTITUD DEL ALIMENTISTA

3. RESOLUCIONES QUE CONSIDERAN IMPROCEDENTE FIJAR UN LÍMITE TEMPORAL SIN CONOCER LA SITUACIÓN EN QUE, AL TÉRMINO DEL PLAZO PREVISTO, PUEDA ENCONTRARSE EL ALIMENTISTA

4. RESOLUCIONES QUE DECRETAN DIRECTAMENTE LA EXTINCIÓN

5. IMPORTANCIA DEL SUPLICO

CAPÍTULO VI. ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD CON DISCAPACIDAD

1. CONSIDERACIONES PREVIAS

2. ALIMENTOS A FAVOR DE LOS HIJOS MAYORES CON DISCAPACIDAD

ÍNDICE DE RESOLUCIONES

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL SUPREMO Y TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA

AUDIENCIAS PROVINCIALES

BIBLIOGRAFÍA


María TeresaEchevarría de Rada

Catedrática de Derecho civil en la Universidad Rey Juan Carlos

Teresa Echevarría de Rada, Doctora en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, es catedráticade Derecho Civil, del Departamento de Derecho Privado y Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la URJC, del que actualmente es Directora.

En el ámbito investigador, tiene experiencia en la Organización de Actividades de I + D y ha formado parte de diversos Proyectos de Investigación: “Empoderamiento de las personas con discapacidad” (2016-2018); “Negocios Jurídicos de familia: la autonomía de la voluntad como cauce de solución de las disfunciones del sistema” (2012-2015); “Protección jurídica, social y asistencial de las personas incapacitadas, con discapacidad y dependientes. Perspectivas de futuro” (2007- 2010).

Ha publicado diversas monografías (El contrato de alimentos en el Código civil, Dykinson, Madrid, 2011, El legado de cosa propia del legatario favorecido, Artículos 866 y 878 del Código Civil, Dykinson, Madrid, 2001, Los contratos de juego y apuesta,  Bosch, Barcelona, 1996), así como numerosos artículos en revistas especializadas. Además, ha colaborado en distintas obras colectivas, alguna de las cuales ha sido publicada bajo su dirección (“Cuestiones Actuales de Derecho de Familia”, La Ley, Madrid, 2013).