ChatGPT y modelos fundacionales
Aspectos jurídicos de presente y futuro
La eclosión de la inteligencia artificial generativa representada, entre otros, en el conocido ChatGPT, ha generado un gran revuelo tanto en los medios de comunicación, que suelen destacar, a veces sin demasiado rigor, los aspectos más negativos, como en las instituciones europeas que estaban y están negociando el futuro Reglamento para una inteligencia artificial confiable. Hasta tal punto ha llegado la preocupación que se han introducido normas específicas en relación con los denominados «modelos fundacionales» en los que tendría cabida la mencionada inteligencia artificial generativa.
Desde el punto de vista jurídico se abren interrogantes, en diversas esferas, que conducen a la revisión de determinadas normas en vigor. No es pretensión de la obra abordar exhaustivamente todas las aristas que, sobre todo, desde la perspectiva europea, posee el tema. Más bien trata de dar pistas de posibles problemas, ausencia de regulación o de regulación inadecuada en los aspectos en los que se centra. En este sentido, su intención es abrir vías de reflexión de cara a venideras investigaciones propias y ajenas. Así, tras un capítulo introductorio (capítulo I), la presente obra se focaliza en la regulación de los modelos fundacionales en el futuro reglamento de inteligencia artificial (capítulo II), luego se procede a analizar la aplicación del Derecho antidiscriminatorio y la moderación de contenidos sobre la base de los posibles sesgos que puedan contener estos modelos (capítulo III) y, finalmente, se aborda la cuestión de la protección de los datos personales y no personales que utiliza, principalmente, la inteligencia artificial generativa (capítulo IV).