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Reestructuración empresarial mediante regulación de empleo. Nuevas normas y prácticas sobre ERTE y despidos colectivos

ISBN: 9788419905680

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Hay existencias

Peso 900 g
Fecha de Edición 29/04/2024
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

544

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Rústica

Colección

TEMAS LA LEY

Editorial

LA LEY WOLTERS KLUWER, EDITORIAL

EAN

978-84-19905-68-0

Reestructuración empresarial regulación empleo

Nuevas normas y prácticas sobre ERTE y despidos colectivos

La reestructuración de empresas mediante diversos instrumentos de regulación de empleo, temporales (ERTE, sistema RED) o definitivos (ERE o despidos colectivos)

están experimentando muy notables modificaciones desde la reforma laboral del año 2021.

Posteriores normas han afectado a estas piezas clave para una gestión eficaz de las empresas ante crisis y cambios inexorables, atendiendo lo más posible

a garantizar el mayor volumen de empleo.

El estudio trata de ordenar el régimen jurídico actual, identificar principales problemas aplicativos y facilitar la toma de decisiones en materia.

CRISTOBAL MOLINA NAVARRETE 

ÍNDICE SISTEMÁTICO

Reestructuración empresarial regulación empleo

INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23
CAPÍTULO 1. NUEVO RÉGIMEN JURÍDICO DE LA REGULACIÓN
TEMPORAL DE EMPLEO (ERTE): NOVEDADES Y APLICACIÓN
PRÁCTICA TRAS LAS REFORMAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
INTRODUCCIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33
PRINCIPALES NOVEDADES JURÍDICAS, LEGALES Y REGLAMENTARIAS: UNA VISIÓN DE CONJUNTO . . . . . . . . . . . . . . 36
LA GESTIÓN DE LOS «ERTE» EN EL ÁMBITO LABORAL: LA
JUSTIFICACIÓN, LOS PROCEDIMIENTOS Y LOS EFECTOS. . . 40
La regulación temporal de empleo (ERTE) por causas
económicas, técnicas, organizativas y productivas: los
ERTE-CETOP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
Justificación del ERTE-CETOP: espacio de flexibilización empresarial inalterado por la reforma de
2021 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
(Débil) preferencia de la reducción de jornada
sobre la suspensión de contratos: enfoque individualizador, pero flexible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
Procedimiento de gestión, consultiva y administrativa, de los ERTE-CETOP: nuevas claves de
gestión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49
El procedimiento de autorización de un ERTE por fuerza
mayor: el nuevo régimen de los (diversos) «ERTE-FM» . . 71

 

El ERTE por imposibilidad objetiva de cumplimiento de la obligación de ocupación efectiva:
¿qué se entiende hoy por fuerza mayor? . . . . . . . 71
Aproximación actualizada a la causa de ERTEFM desde la práctica del derecho vivo: estudio
de casos relevantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75
Reglas del procedimiento de gestión de los ERTEFM: de la solicitud a la agilizada autorización
administrativa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 91
Reglas comunes de procedimiento para todos los
ERTE, al margen de su causa: la mayor herencia
de los ERTE-COVID. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99
El impacto de las medidas del ERTE en las condiciones de trabajo más allá de la reducción y/o la
suspensión: estudio de casos . . . . . . . . . . . . . . . . 107
CAPÍTULO 2. «NUEVAS RECONVERSIONES», DIGITALIZACIÓN
Y TRANSICIÓN VERDE: MECANISMO (SISTEMA) RED FLEXIBILIDAD Y ESTABILIZACIÓN EN EL EMPLEO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 125
PLANTEAMIENTO GENERAL: UN INSTRUMENTO DE FLEXIBILIDAD INTERNA COMPROMETIDO CON LA UE, PERO ¿A
QUÉ COSTE? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 125
EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL SISTEMA RED (FLEXIBILIDAD-ESTABILIZACIÓN): NUEVO MARCO LEGAL Y DESARROLLO
REGLAMENTARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128
Denominación del instrumento: del «escudo social» pandémico a la «red social» frente a las transiciones (digital
y verde) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128

¿Quién tiene la iniciativa de activación del mecanismo
red?: el alto «voltaje político-institucional» del « ERTERED FLEXIGURIDAD» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 130
Retorno al principio de autoridad administrativa: ¿renacimiento de una técnica de autorización reglada o discrecional? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133
Especificidad del ERTE-RED: claves legales para
su desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133
¿Una potestad administrativa reglada o discrecional?: ¿depende de que medie o no acuerdo? . . . . 135
Tipología dual del mecanismo: «sistemas red flexiguros cíclicos» y «sectoriales» . . . . . . . . . . . . . 137
Normas comunes a ambas modalidades de ERTEMECANISMO RED: agilización y beneficios sociales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139
Garantía de financiación del mecanismo red mediante un fondo específico . . . . . . . . . . . . . . . . . 141
Índice Sistemático
La llamada a la evaluación de efectividad de las
medidas de transición profesional en el Mecanismo RED (sectorial). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142
Desarrollo reglamentario: gobernanza colectiva del procedimiento, protección social y fondo para su financiación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142
Visión panorámica de la norma reglamentaria:
objeto, fines y estructura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 142
Un aspecto innovador para la gestión: gobernanza colectiva del «mecanismo red de flexiguridad» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 145
La tramitación del mecanismo ERTE-RED: reglas
de procedimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146
Las garantías asociadas al mecanismo red: incentivos laborales y beneficios sociales . . . . . . . . . . 153
El régimen de financiación: el «Fondo RED de
flexiguridad» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 155
Parte extravagante: especial referencia a las reformas de otras normas reglamentarias para su
coherencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 159

Obligaciones en materia de acción formativa: la
función de capacitación para la empleabilidad . . 162
Actualización procesal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 163
Evaluación de la primera experiencia práctica: el caso
del sector de las agencias de viaje. . . . . . . . . . . . . . . . . . 164
¿Por qué el sector de las agencias de viaje fue
pionero para la activación del mecanismo «ERTE-FLEXIGURIDAD» . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164
Evaluación práctica: un éxito por su difusión en
el sector . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 167
CAPÍTULO 3. LA REGULACIÓN DEFINITIVA DE EMPLEO EN LAS
EMPRESAS: NORMAS Y PRÁCTICAS RELATIVAS AL DESPIDO COLECTIVO Y «BAJAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS». . . . . . . . . . . 169
INTRODUCCIÓN: ¿NUEVA ETAPA DE INTERVENCIONISMO
PÚBLICO EN LOS DESPIDOS COLECTIVOS? . . . . . . . . . . . . . 169
NUEVA DIALÉCTICA ENTRE «BAJAS INCENTIVADAS» (PREJUBILACIONES) Y DESPIDOS COLECTIVOS EN LAS POLÍTICAS DE REGULACIÓN DE EMPLEO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 173

La reducción del empleo y ventaja competitiva de las
empresas: ¿la otra cara inexorable de la eficiencia?. . . . . 173
¿Recurrente déjà vu?: ¿son más eficientes los planes de
salidas voluntarias incentivadas que los despidos colectivos?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 176
¿Una opción reguladora de empleo para eludir la
«enmienda telefónica?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 176
¿Es realmente «voluntaria» la salida incentivada
por el ERE?: ¿cómo afecta al despido colectivo y
a otros efectos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 182
EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS DESPIDOS COLECTIVOS: DE
LAS NUEVAS NORMAS A LAS ÚLTIMAS PRÁCTICAS . . . . . . . 186
¿Qué se entiende jurídicamente por despido colectivo?:
dualidad de conceptos y regulación de orden público . . 186
Presupuesto causal del despido colectivo: ¿qué tres elementos debe superar el juicio valorativo de justificación? 189
¿Basta con un control judicial de la causa como
hecho o exige un juicio de valor material? . . . . . 189
¿Cómo diferenciar en la práctica el juicio de razonabilidad debido del juicio de oportunidad
prohibido del despido? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 190

¿Externalizar actividades describe una causa productiva lícita para el despido colectivo? . . . . . . . 191
¿Y la automatización, representa una causa top
legitimadora de despidos colectivos?. . . . . . . . . . 192
¿Perder o ver reducida una contrata es causa productiva?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 195
¿Tiene la misma valoración la estructura de grupo (laboral o mercantil) en la causa económica
que en las causas TOP? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 197
Presupuesto subjetivo: ¿tiene especificidades el concepto
de persona trabajadora protegida a los efectos de despido colectivo?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199
¿Existe un concepto comunitario de persona trabajadora a efectos del despido colectivo?: ¿ cómo
se interpreta? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 199
¿Cabría incluir a personas autónomas con una situación de vulnerabilidad comparable a la asalariada en un ERE? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200
Índice Sistemático

¿Qué unidad de referencia espacial para determinación
de la ratio o umbral?: ¿centro, empresa o grupo?. . . . . . . 202
¿Qué despidos y extinciones asimilables integran la ratio
personas afectadas/dimensión de plantilla?: un listado incierto y abierto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 206
Planteamiento general: una vis atractiva muy
conflictiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 206
La experiencia en el derecho vivo: estudio de casos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 208
¿La extinción de la personalidad jurídica empresarial implica un despido colectivo?: causa autónoma, remisión confusa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 235
¿Y el cese de personas socias por disolución de
cooperativas de trabajo asociado por causas
ETOP? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238
Una experiencia de gestión viciada creciente: ¿qué son
los despidos colectivos de hecho o encubiertos? . . . . . . . 242
Una breve aproximación conceptual; ¿qué se entiende por un despido colectivo de hecho? . . . . . 242
Del concepto a las prácticas: últimos casos prototípicos de despidos colectivos encubiertos en el
derecho vivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 243

¿Cómo computar el periodo de 90 días determinantes del
despido colectivo?: efecto útil y cláusula (temporal) antifraude . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246
¿Cómo juegan las reglas de maximización del
efecto útil en clave de prevención temporal del
fraude? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246
Mirada a la praxis: ¿hasta dónde puede estirarse
la cláusula «antes-después»? . . . . . . . . . . . . . . . . 247
El procedimiento de despido colectivo: una garantía de
control social más allá del puro trámite. . . . . . . . . . . . . . 249
Finalidad material de una garantía procedimental: dualidad notificación y consulta . . . . . . . . . . 249
¿Cuándo nace la obligación de notificación y
consulta de los despidos colectivos? . . . . . . . . . . 250
¿Se deben notificar con una antelación mínima
los despidos colectivos si implican cierres?: nueva e incierta obligación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252
Índice Sistemático

¿Cuándo y cómo constituir la comisión negociadora?: las debidas cautelas para evitar dilaciones 254
La doble comunicación, a la RLT y a la autoridad
laboral ¿en qué consiste la obligación de información pertinente? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 259
¿Nuevo papel de autoridad en el ERE?: ¿qué relevancia tiene en la práctica el «sorpresivo» refuerzo inspector posreforma?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 266
¿En qué consiste el deber de negociar de buena
fe para lograr un acuerdo a blindar? . . . . . . . . . . 273
Nueva ronda de comunicaciones: a la autoridad
el resultado de la consulta y a la RLT la decisión
extintiva si no media acuerdo . . . . . . . . . . . . . . . 281
La potestativa notificación individual del despido: ¿en qué plazo puede de hacerse y qué condicionantes tiene?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 283
Copia de la carta de despido económico a la
RLT: una garantía encrucijada entre el individual
y el despido colectivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 285

Despido colectivo y criterios selectivos de las personas
afectadas: ¿entre libertad de empresa y prohibición de
discriminación? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 288
Una cuestión litigiosa: ¿es suficiente con el carácter genérico de los criterios de selección aportados a la consulta? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 288
¿Es necesario trasladar los criterios de selección a
la carta de comunicación individual del despido? 291
Criterios de selección y derechos fundamentales:
estudio de casos recientes relevantes. . . . . . . . . . 291
La dimensión social de los despidos colectivos y políticas de empleo: las medidas de acompañamiento y planes de recolocación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 297
¿Qué diferencias entre «plan social» y «plan de
recolocación» (externa) y cuándo son exigibles
uno y otro? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 297
¿Cabe justificar la imposibilidad de medidas sociales en caso de despidos de toda la plantilla
por cese de la actividad? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300
Índice Sistemático

¿Qué diferencias hay entre los compromisos de
recolocación «externa» y los de recolocación
«interna» en el seno de un ERE? . . . . . . . . . . . . . 301
¿Tienen la consideración de colectivo prioritario
a efectos de las políticas de empleo las personas
afectadas por un ERE? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 303
Especial referencia a la cuestión indemnizatoria: algunos
aspectos prácticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305
¿La indemnización por despido colectivo puede
mejorarse en función de la edad de la persona
trabajadora? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 305
¿En excedencia voluntaria se tiene derecho a indemnización derivada de un ERE de la que deba
responder el FOGASA? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 306
«Cuius commoda, eius incommoda»: ¿en qué
condiciones cabe diferir el pago de la indemnización acordada en un ERE? . . . . . . . . . . . . . . . . 307
DESPIDOS COLECTIVOS POR FUERZA MAYOR: RESISTENTE
PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
DEL ERE-FM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 309

UNA TIPOLOGÍA DE DESPIDOS COLECTIVOS COMPLEJA Y
CONFLICTIVA: LA REGULACIÓN DE EMPLEO EN LOS GRUPOS COMO (OPORTUNISTAS) MERCADOS INTERNOS DE
TRABAJO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 310
La gran paradoja: ¿tienen los grupos el adecuado tratamiento en los procedimientos de regulación de empleo?. 310
¿Cómo incide la estructura de grupo en los deberes de
información documentada para el periodo de consulta? . 313
CAPÍTULO 4. LA REGULACIÓN DE EMPLEO LABORAL EN EL
SECTOR PÚBLICO (ADMINISTRATIVO Y EMPRESARIAL) TRAS LA
REFORMA: ¿«PROHIBICIÓN O «NORMALIZACIÓN» DEL RÉGIMEN COMÚN? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 317
¿ADIÓS A LA REGULACIÓN EXTINTIVA DE EMPLEO PÚBLICO LABORAL?: ¿UN SILENCIO ELOCUENTE O LAGUNA JURÍDICA? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 317
Introducción: el enunciado de una perplejidad jurídica,
otra más en la regulación de empleo público . . . . . . . . . 317
Índice Sistemático

Un poco de historia: ¿ qué racionalidad jurídica y económica tuvo la inclusión del empleo público laboral en los
arts. 51 y 52 ET? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 319
¿Una palabra derogatoria de la ley y el derecho de precedentes a la papelera?: no hay futuro regresando al pasado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 322
¿Y LOS ERTE?: PERSISTENTE EXCLUSIÓN DE LOS ERTE DEL
SECTOR PÚBLICO-ADMINISTRATIVO E INCLUSIÓN DEL
SECTOR PÚBLICO-EMPRESARIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 324
ANÁLISIS EN PERSPECTIVA COMUNITARIA: ¿QUÉ ALCANCE
TIENE AHORA LA EXCLUSIÓN EN EL DERECHO ESPAÑOL? . 326
¿Incluye la directiva los despidos colectivos del sector
público? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 326
¿Cabría calificar la DA 16ª del ET como norma más favorable ex art. 5 de la directiva 98/59/CE? . . . . . . . . . . . . . 326
EL NUEVO MARCO NORMATIVO TRAS LA DEROGACIÓN
DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 16ª ET: ¿SE VUELVE A LA
PROBLEMÁTICA CASILLA DE SALIDA? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 328
¿Derogar es prohibir en el empleo público regulaciones
extintivas por causas ETOP? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 328
ALGUNAS SITUACIONES ESPECIALES DE REGULACIÓN DE
EMPLEO PÚBLICO: PARTICULAR REFERENCIA AL SECTOR
CIENTÍFICO-UNIVERSITARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 331
¿Cómo extinguir los contratos de actividades científicotécnicas ex art. 23 de la Ley de la Ciencia? . . . . . . . . . . . 331

¿La extinción de contratos de profesorado asociado puede llevarse a cabo por la vía de los artículos 51 o 52 c)
ET? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 333
¿Y en los procesos de estabilización del empleo público
que espacio hay para las regulaciones extintivas de empleo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 336
¿QUÉ ESTÁ DICIENDO EL DERECHO VIVO SOBRE LA DEROGACIÓN DE LA DA 16ª ET?: EL FAVOR POR LA CONTINUIDAD DE DESPIDOS CETOP PÚBLICOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . 338
CONCLUSIÓN: CONTINUIDAD DE LOS DESPIDOS POR
CAUSAS ETOP EN EL EMPLEO PÚBLICO LABORAL, PERO
CON ADAPTACIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 340
Índice Sistemático

CAPÍTULO 5. LA DIMENSIÓN PROCESAL DE LA REGULACIÓN
DE EMPLEO: VÍAS DE IMPUGNACIÓN JURISDICCIONAL DE LOS
ERTE Y DE LOS ERE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 343
INTRODUCCIÓN: LA PARADOJA DE LA INTENSA CONFLICTIVIDAD JUDICIAL DE LA REGULACIÓN DE EMPLEO TRAS
LA REFORMA DE 2012 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 343
LAS VÍAS DE IMPUGNACIÓN DE LOS ERTE: ACCIÓN DE
OFICIO, COLECTIVA E INDIVIDUAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 346
Los procesos especiales de impugnación de los ERTE-CETOP . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 346
¿Cuál es el régimen de la impugnación del ERTECETOP por las vías de oficio?: ¿qué nos dicen
las normas y sus prácticas? . . . . . . . . . . . . . . . . . 346
¿Cómo opera la impugnación del ERTE por la vía
individual?: las normas y sus prácticas . . . . . . . . 355
¿Cómo interactúan los artículos 153 y 138 LRJS
en la impugnación de un ERTE por vía colectiva? 356
¿Qué efectos derivan de la impugnación del ERTE-CETOP?: nulidad, no ajustado a derecho o
ajustado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 357
Las vías de impugnación de los ERTE-FM: la especificidad por la presencia de una resolución administrativa
autorizadora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 360

¿Qué diferencias hallamos en la impugnación de
un «ERTE-FM» respecto del «ERTE-CETOP»?. . . . 360
Nueva mirada al derecho vivo sobre impugnación de ERTE-FM: ¿qué nos aportan recientes casos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 361
LA IMPUGNACIÓN JUDICIAL DE LOS DESPIDOS COLECTIVOS: ¿UNA REENCENDIDA LLAMA QUE NO CESA? . . . . . . . 367
ERE-CETOP e impugnación judicial: las acciones contra
el acuerdo (o decisión) de extinción en la jurisdicción
social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 367
Aproximación general:¿cuál es el cuadro de modalidades de impugnación de los despidos colectivos?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 367
La vía estrella, pero lagunosa, en la impugnación
de los ERE: la acción colectiva de impugnación . 368
Índice Sistemático

La dimensión colectiva de la impugnación empresarial: ¿qué fue de la «acción de jactancia» (o
del «perpetuo silencio)»?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 390
La impugnación individual del despido colectivo:
restricciones y aperturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 392
Impugnación de oficio del despido colectivo: algunos problemas prácticos . . . . . . . . . . . . . . . . . 395
¿Qué calificación y consecuencias derivan de la impugnación del despido?: aspectos prácticos más allá de la
nulidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 396
CAPÍTULO 6. LA REGULACIÓN DE EMPLEO EN LOS PROCESOS
DE REESTRUCTURACIÓN Y SITUACIONES DE EMPRESAS CONCURSADAS: ERTE Y ERE EN EL NUEVO DERECHO DE RIESGOS DE
INSOLVENCIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 401
INTRODUCCIÓN: NUEVOS MARCOS DE REESTRUCTURACIÓN PREVENTIVA, CONCURSO DE ACREEDORES Y REGULACIÓN DE EMPLEO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 401
¿QUÉ ESPECIALIDADES CONOCE EL NUEVO MARCO LEGAL
DE LOS ERTE Y DE LOS ERE CONCURSALES?. . . . . . . . . . . . . 404

Gestión preventiva del riesgo de insolvencia y regulación
de empleo en el nuevo derecho de la reestructuración
preventiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 404
Derecho aplicable: función supletoria de la legislación
laboral. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 405
Solicitud de regulación colectiva de empleo: legitimación activa, forma y contenido . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 407
¿Quiénes están legitimados para solicitar del Juzgado del Concurso el ERTE-ERE? . . . . . . . . . . . . . 407
¿Se debe presentar el informe de la Administración Concursal (AC) para la solicitud de ERTEERE concursal? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 408
¿Cuál es el contenido de la solicitud?: justificación causal e información documentada . . . . . . . 409
¿Qué previsión específica se establece cuando
media un cierre de centros o de empresa?. . . . . . 410
El período de consultas en el ERE concursal: legitimación
y buena fe en la negociación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 411

 

¿Cómo se abre el período de consultas y cuánto
dura?: ¿coincide con los ERTE-ERE extraconcursales?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 411
¿Una expectativa frustrada?: ¿qué papel tiene reservado el grupo en la gestión de los ERE concursales?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 414
El deber de buena fe: ¿remisión tácita a la legislación laboral? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 417
¿Es sustituible el período de consultas en los ERTE-ERE concursales?: ¿qué especialidades tiene
respecto de los ERE-ERTE estatutarios?. . . . . . . . . 418
El acuerdo colectivo de regulación concursal de
empleo: ¿cómo se gestionan los deberes de comunicación e informe de la ITSS? . . . . . . . . . . . . 419
Autorización judicial del ERTE y/o ERE concursal pretendidos: auto resolutorio y su eficacia . . . . . . . . . . . . . . . . 420
¿El auto de autorización del ERTE-ERE tiene naturaleza reglada o discrecional? . . . . . . . . . . . . . . . 420
¿El auto que autoriza un ERTE-ERE concursal es
título acreditativo de la situación legal de desempleo?: estudio de casos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 422
¿Qué efectos tiene el auto de autorización de un
ERTE-ERE concursal sobre otros derechos y procesos? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 424

¿Qué régimen sigue un ERE concursal en cooperativas de
trabajo asociado y qué impacto tiene en las personas trabajadoras-socias? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 425
La impugnación judicial del auto que pone fin al procedimiento de ERTE y/o ERE concursal: vía colectiva e individual . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 427
¿Por qué vías se impugna judicialmente un ERTEERE concursal? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 427
Una cuestión espinosa: ¿cómo se distribuyen las
competencias entre lo social y lo concursal? . . . . 430
Regulación de empleo y responsabilidad del FOGASA en
el contexto de los ERTE-ERE concursales: estudio de casos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 439
¿Qué tipo de emplazamiento se reserva al FOGASA en procedimientos concursales y qué efectos tiene para su responsabilidad? . . . . . . . . . . . . 439
Índice Sistemático

¿Responde el FOGASA de la indemnización por
ERE concursal si no está inscrito en la lista de
acreedores? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 441
¿El FOGASA debe abonar indemnización a una
persona trabajadora en excedencia voluntaria
durante el ERE concursal? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 442
¿Y responde de la indemnización superior a la legal acordada en una conciliación extrajudicial? . 442
NUEVO DERECHO PRECONCURSAL Y REGULACIÓN DE
EMPLEO: PLANES DE REESTRUCTURACIÓN Y GARANTÍAS
DE CONTINUIDAD DE LAS EMPRESAS. . . . . . . . . . . . . . . . . . 443
La gestión preventiva del riesgo de insolvencia: la novedad de los planes de reestructuración . . . . . . . . . . . . . . . 443
¿Una regulación indiferenciada del impacto sociolaboral
de los planes de reestructuración?: la deficiente técnica
reguladora. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 446

De las nuevas normas a las prácticas renovadas: valoración de las primeras experiencias . . . . . . . . . . . . . . . . . . 448
¿Cómo prevé el TRLC abordar las medidas de regulación
colectiva de empleo en situaciones de preconcurso?. . . . 451
¿Cabe la transmisión de empresa en procesos de reestructuración? en tal caso, ¿cuál es el orden social competente? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 452
LA PARTICIPACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LABORAL EN
LOS PROCESOS CONCURSALES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 453
REGULACIÓN DE EMPLEO Y SUCESIÓN DE EMPRESA: ¿UNA
INTERACCIÓN INTENSA EN LA PRÁCTICA, PERO DE REGULACIÓN ERRÁTICA?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 454
Marco normativo renovado, pero ¿adecuado? . . . . . . . . . 454
¿La transición al trabajo cooperativo como forma de regulación colectiva de empleo en empresas concursadas? 456
¿Una última conexión mínima con la lógica laboral?
¿Qué papel para el informe de la ITSS, potestativo no
preceptivo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 459

¿Qué conexiones entre el nuevo régimen de adquisición
vinculante de empresa y la regulación de empleo? . . . . . 460
Nuevo marco de impugnaciones: ¿una voluntad legal de
extrañar al orden social de todo lo que suponga sucesión
de empresa? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 462
Índice Sistemático

La complejidad de gestión de las interacciones entre la
regulación de empleo y la sucesión de empresa en la
práctica: estudio de casos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 464

PROCESO ESPECIAL PARA LAS MICROEMPRESAS Y REGULACIÓN COLECTIVA DE EMPLEO: ¿CUÁLES SON SUS PUNTOS
MÁS CRÍTICOS? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 467
¿Cuáles son los presupuestos subjetivos y objetivos del
proceso especial concursal? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 467
¿Cómo tramitar en este procedimiento las medidas de
ajuste de las «microplantillas»? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 468
¿La legitimación de estas medidas exige la participación
de la AC?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 471
CAPÍTULO 7. SEGURIDAD SOCIAL Y REGULACIÓN FLEXIBLE
DEL EMPLEO: BENEFICIOS DE COTIZACIÓN PARA EMPRESAS Y
PROTECCIÓN SOCIAL PARA PERSONAS TRABAJADORAS (INCLUSO AUTÓNOMAS). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 473
INTRODUCCIÓN: SOCIALIZACIÓN PARCIAL DE SUS COSTES, CLAVE DEL ÉXITO DE LA GESTIÓN FLEXIBLE INTERNA
DEL TRABAJO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 473

MODALIDADES DE ERTE Y GESTIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL: LA COTIZACIÓN SOCIAL Y LA ACCIÓN PROTECTORA 474
El régimen especial de cotización en materia de ERTES:
los beneficios en forma de exenciones (voluntarias) . . . . 474
El deber de cotización en ERTE: ¿qué reglas para
el cálculo de las bases de cotización? . . . . . . . . . 474
Socialización parcial de la cuota patronal: ¿qué
beneficios de exención? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 476
La protección social de las personas trabajadoras en ERTE: mejoras de la situación legal de desempleo para los
ERTE-FM . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 481
Períodos de ERTE como situación legal de desempleo: ¿cuál es el catálogo previsto? . . . . . . . . 481
Prestaciones por desempleo en la modalidad de
ERTE-FM: ¿qué mejoras contempla? . . . . . . . . . . 485
¿Computan los períodos de ERTE para una nueva
prestación de desempleo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 486
Índice Sistemático

SOCIALIZACIÓN COSTES DE LOS SISTEMAS-RED: BENEFICIOS DE EMPRESAS Y PROTECCIÓN ESPECIAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 491
Cuantía y condiciones de los beneficios en la cotización
social para las empresas que recurran a los «ERTE-RED». 491
¿Más allá de la denominación?: la situación de protección especial (¿de «desempleo»?) para las personas en
ERTE-RED . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 492
¿Qué es la prestación por sostenibilidad del empleo?: ¿en qué se diferencia de la situación legal
de desempleo? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 492
¿Cuáles son sus requisitos de acceso? . . . . . . . . . 493
¿Cómo se solicita y reconoce la prestación especial durante el ERTE-RED? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 495
¿Cuál es su cuantía y duración?. . . . . . . . . . . . . . 496
¿Cómo se gestiona la prestación, cómo se impugna y cómo se financia? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 498

Mecanismo RED y regulación de autoempleo: la protección social del trabajo autónomo en escenario de las
«nuevas reconversiones». . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 499
¿Tienen derecho las personas autónomas vulnerables al ERTE-RED a una prestación especial? . . 499
¿Cuál es el régimen jurídico de la prestación para
las personas autónomas afectadas por un ERTERED cíclico?. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 501
¿Qué prestación de sostenibilidad para las personas autónomas en ERTE-RED sectorial?: ¿más semejanzas que diferencias?. . . . . . . . . . . . . . . . . . 511
PROTECCIÓN SOCIAL EN LOS SUPUESTOS DE DESPIDO
COLECTIVO: LOS ERE (ORDINARIOS Y CONCURSALES) COMO SITUACIÓN LEGAL DE DESEMPLEO . . . . . . . . . . . . . . . . 519
Marco normativo: sinopsis de una situación legal de protección por desempleo clásica e inalterada . . . . . . . . . . . 519
Regulación de empleo y acceso a la protección
contributiva. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 519

Reestructuración, prejubilación y protección por
desempleo: ¿qué situaciones atípicas, pero normalizadas en la práctica? . . . . . . . . . . . . . . . . . . 520
El derecho de precedentes: algunas experiencias conflictivas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 524
Índice Sistemático

¿Las indemnizaciones derivadas de un ERE son
renta computable a efectos del subsidio por desempleo para mayores de 52 años («prejubilación»)? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 524
¿Será compatible la renta periódica de sustitución de prestaciones sociales durante el acuerdo
de prejubilación y la pensión de jubilación anticipada? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 525
¿Son discriminatorios los tratamientos diferentes,
respecto a los planes de pensiones, de las personas prejubiladas y las despedidas colectivamente? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 528
LOS DESPIDOS COLECTIVOS Y EL ACCESO A LA PENSIÓN
DE JUBILACIÓN ANTICIPADA INVOLUNTARIA: ESTUDIO
DE CASOS CONFLICTIVOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 530

El derecho legislado: la protección por desempleo como
tránsito casi sin solución de continuidad a la (pre)jubilación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 530
Regulación de empleo y jubilación anticipada: algunas
experiencias conflictivas en el derecho vivo de la Seguridad Social reciente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 531
EPÍLOGO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 541

Molina Navarrete, Cristóbal
Cristóbal Molina es Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Jaén.