Teoría del Derecho. El debate sobre su metodología y función
La teoría del Derecho de las últimas décadas se ha desarrollado, en buena medida, como una crítica al estilo descriptivo y neutral característico de la jurisprudencia positivista clásica que —todavía hoy— cuenta con una importante nómina de seguidores. Algunos lo consideran un planteamiento filosófico inadecuadamente descriptivo de su objeto, bien porque excluye de su metodología la perspectiva sociológica (enfoque socio-jurídico), o porque no es capaz de trasladar al plano de la identificación y validez del Derecho las numerosas remisiones a la moralidad que contienen los ordenamientos jurídicos constitucionalizados (positivismo incluyente). Otros consideran que la teoría del Derecho debe ser necesariamente evaluativa, ya sea por razones epistémicas, al objeto de poder delimitar y explicar satisfactoriamente la naturaleza de su objeto de estudio (positivismo actual), o, asumido que el Derecho y la teoría jurídica poseen una importante dimensión justificativa y argumentativa, en sentido también moral, al objeto de ofrecer criterios de orientación a quienes participan de diversos modos en la práctica jurídica (postpositivismo).