Contrato fijo discontinuo tras la reforma laboral
El contrato de trabajo fijo discontinuo es la medida estrella de la Reforma de 2021 para reducir la tasa de temporalidad y se ha conseguido en términos estadísticos.
Con tal fin, se amplía su ámbito pues al tradicional trabajo de temporada con una discontinuidad real, se añade una modalidad para contratas y otra en ETTs con discontinuidades ficticias por ministerio de la ley. Pero esto trae consigo complejidad.
Además, discontinuidad significa precariedad, y para evitarla se introducen mejoras, pero también hay carencias, en particular respecto al Derecho de la UE.
ÍNDICE
Presentación e introducción
1. Aproximación histórica y naturaleza jurídica
-La atormentada evolución del trabajo fijo-discontinuo
-Naturaleza jurídica del contrato de trabajo fijo discontinuo: típico vs atípico; unitario vs múltiple
2. Modalidades de contratación fija discontinua
3. Formalización del contrato de trabajo fijo discontinuo
4. Derecho de las personas trabajadoras fijas discontinuas
5. Espacios asignados a la negociación colectiva
6. ¿Qué se ha conseguido y qué no con la reforma de la contratación laboral fija discontinua?
Bibliografía
AUTOR
JOSÉ FERNANDO LOUSADA AROCHENA
Profesor asociado de la Universidad de Coruña. Magistrado especialista de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.