El depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil constituye un eficaz mecanismo de publicidad frente a terceros sobre la situación patrimonial y financiera de las entidades obligadas a su presentación.
Dicha obligación se ha visto reforzada con el establecimiento de determinadas sanciones para el caso de incumplimiento que inicialmente estaban limitadas a la multa, pero que, posteriormente, derivó en la prohibición de inscribir documento alguno referido a la sociedad mientras persistiera el incumplimiento a la vez que se mantenía la sanción pecuniaria, atribuyendo al ICAC la competencia para tramitar y resolver el correspondiente expediente sancionador.
Ante la gravedad de las consecuencias que se derivan del incumplimiento de dicha obligación y el hecho mismo de que, dada su generalización, el ámbito de aplicación del deber de depósito alcanza, además de a las sociedades de capital, a otros muy diversos tipos de entidades y sujetos, hace conveniente, cuando no necesario, su examen en profundidad.
Adicionalmente, en esta materia convergen otros aspectos de naturaleza estrictamente jurídica añadiendo una gran complejidad a la materia en cuanto a su regular cumplimiento.
El Claves Prácticas que presentamos analiza la doctrina registral dictada hasta la fecha en relación con las diversas circunstancias que, en la práctica, se han venido produciendo, y la evolución del criterio fijado por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) ante cada supuesto en que, por los registradores mercantiles, el depósito de cuentas ha sido calificado como defectuoso, suspendiéndose o rechazándose el mismo. Este análisis de la doctrina de la DGRN permite conocer las vías y medios adecuados para evitar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso del depósito de cuentas.
La obra incluye además una interesante relación cronológica de más de 100 resoluciones de la DGRN, ordenada por materias (por ejemplo, en relación al informe de auditoría), con los defectos que, advertidos en su calificación por los registradores mercantiles, han sido confirmados por dicho Centro Directivo. Se ha incorporado además la doctrina administrativa de la DGRN emitida por este centro directivo.
Todo ello con las ventajas de la sistemática Memento: garantía de rigor y facilidad de acceso a la información.