Crisis derecho Escolástica española
del siglo XVI del siglo XVI
Los escolásticos españoles unieron en sí mismos dos tradiciones que, hasta poco antes, habían ido disociadas. Una es la doctrina jusnaturalista de los juristas que integraron el Jus Commune, que seguían las declaraciones sobre el derecho natural de los jurisprudentes romanos.
La otra vino formada por el conjunto de ideas que desarrollaron los filósofos y teólogos escolásticos de la Baja Edad Media. Esta otra corriente fue más compleja, porque estuvieron activos tanto los nominalistas como Tomás de Aquino, que formaron dos cuerpos doctrinales irreductibles que llegaron hasta los españoles de los siglos XVI y XVII.
El historiador actual se encuentra con las tradiciones de los juristas y con dos enemigos doctrinales: tres caballos que, a su modo, aquellos escolásticos domeñaron. Esto implica afirmar que estos españoles fueron sincréticos, porque integraron la afirmación de la libertad natural en el status naturae, las doctrinas de los nominalistas y el realismo jurídico tomista.
Carpintero Benítez
Francisco Carpintero Benítez, Sevilla, 1948. Cursé los estudios elementales y medios en la ciudad de Sevilla, e ingresé en la Universidad en 1965, para estudiar derecho. Acabé la carrera en junio de 1970, y en octubre de este mismo año conseguí un pequeño contrato –que más tarde fue ampliado- en la Universidad de Salamanca, para realizar la tesis doctoral bajo la dirección de José Delgado Pinto.
Crisis del derecho en la Escolástica española
El Prof. Delgado me asignó como tema de la tesis el estudio del proceso de secularización en la teoría del derecho natural en el paso desde la Edad Media a la Edad Moderna. Trabajé durante varios meses en este tema, y me declaré derrotado: no alcanzaba a entender qué quería decir secularización en la ciencia jurídica. También hoy tendría dificultades para realizar un estudio sobre este tema.
Crisis del derecho en la Escolástica española
En enero siguiente recomencé el estudio sobre la obra de Fernando Vázquez de Menchaca, que era el jurista al que apuntaban diversos historiadores como el autor más influyente en dar vida a lo que se ha llamado Escuela Moderna del derecho natural. Era, pues, necesario, contrastar la ciencia del derecho medieval con la moderna.
Me encontré bastante despistado porque no entendía la forma de argumentar de los juristas del Jus Commune: había estudiado derecho civil por los libros de José Castán, y la literatura jurídica bajomedieval me resultaba críptica.
Fue cuestión de tiempo y paciencia el que me fuera explicitando los resortes argumentativos de aquella jurisprudentia.
Tres años después, hice la primera redacción de la tesis, que finalmente fue leída en junio de 1975.
Publiqué la tesis y un par de estudios más sobre el método de aquellos juristas. De aquellos años guardo sobre todo el recuerdo de D. José Delgado: me atendió continuamente y me facilitó el trabajo en gran medida.
Por aquellos años habían creado un cuerpo nuevo de profesores de Universidad: el de Profesores Adjuntos Numerarios por oposición.
(Entonces no se decía concurso, sino que usábamos la palabra bastante más dura de oposición). Oposité en 1977 a este cuerpo y obtuve plaza.
Recuerdo que también obtuvieron su plaza Gregorio Robles y Pablo Badillo. Gregorio se quedó en Madrid, y Pablo volvió a Sevilla.
Mi primer destino como Adjunto Numerario fue en la Universidad de Valladolid, cuando era catedrático de Filosofía del derecho Jaime Brufau.
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Dos años más tarde Javier Hervada me convenció para ir a la Universidad de Navarra, en donde fui docente desde 1980 a 1982. Magnífico el ambiente de la Universidad de Navarra.
Como tenía complejo de desterrado (pues los sevillanos nunca dejamos de vivir esta condición), tras 18 años de ausencia volví a Andalucía, a ocupar el puesto de Adjunto Numerario de la Universidad de Cádiz.
Poco más tarde nos refundieron a los Adjuntos con el nuevo Cuerpo de Profesores Titulares, cosa que no nos sentó bien.
La Universidad de Cádiz es la más extraña que he conocido, y explico las razones de esta extrañeza para los que no sean españoles: tras la recepción del derecho administrativo francés en España, en el siglo XIX, nos dividieron en circunscripciones administrativas al modo de los Departamentos franceses; estas zonas españolas recibieron el nombre de provincias, y España quedó dividida en aproximadamente 50 de ellas.
La estructura de la provincia era sencilla: una zona más o menos simétrica, similar en extensión, a las de las otras provincias, y una ciudad que era llamada pomposamente capital de la provincia.
Esto propiciaba que la capital fuera la ciudad más grande de entorno, y que en ella estuvieran todas las instalaciones de la Universidad.
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Pero Cádiz ha sido una excepción a esta regla: además de la ciudad de Cádiz, están las de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María, Algeciras, Puerto Real y Sanlúcar de Barrameda: una dispersión urbana excepcional que requirió una disgregación singular de los centros de la Universidad, repartidos entre Cádiz, Puerto Real, Jerez y Algeciras.
Mi Facultad está en Jerez, y es una parte de la Universidad de Cádiz.
Algunos dicen: la Universidad de Jerez… no, esto no es correcto. Dicho sea incidentalmente, la mía es la Universidad más al Sur de Europa: desde Punta Palomas a Marruecos sólo me separan 14 kilómetros de agua del Océano Atlántico.
Desde 1982 a 1995 (fechas excesivamente imprecisas) estudié la Edad Moderna. Sentía curiosidad por saber lo que había sucedido con aquellas ideas romanistas y aquel método de trabajar en el derecho que había estudiado para realizar la tesis.
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Además, me resultaba cosa extraña el mos geometricus seu arithmeticus que dijeron seguir los ‘moderni’. Disfruté de varias becas de 90 días concedidas por el C.S.I.C. para estudiar en Frankfurt/M., y pude disfrutar –muy especialmente- del excelente servicio de Préstamo Interbibliotecario de la República Federal Alemana.
El primer estudio extenso de esta nueva etapa fue “La Cabeza de Jano”, en donde expuse las explicaciones de los discípulos directos e indirectos de Kant en el paso del siglo XVIII al XIX. ¿Razones? No entendía la teoría jurídica kantiana, y aquellos kantianos me convencieron de lo brutal que puede llegar a ser el pensamiento liberal decimonónico.
Obtuve la cátedra de Filosofía del Derecho en 1991. Me desahogué redactando, para ese concurso, un estudio que publiqué poco después como “Una introducción a la ciencia jurídica”.
Es un libro del que más tarde me he arrepentido de haberlo publicado tan rápidamente porque me resultó en un tono gris, triste y, desde luego, demasiado seco. Más adelante fui publicando otros estudios sobre temas históricos y no históricos. Entretanto dirigí las tesis doctorales de D. José Justo Megías, D. Manuel Rodríguez Puerto, D. Enrique V. de Mora y Dña. Leticia Cabrera.
Actualmente trabajamos juntos. Esta faceta de director del estudio de personas más jóvenes, junto con el Seminario de Filosofía del Derecho, del que formaban parte unos 20 alumnos de diversos cursos de la licenciatura, y con los que nos reuníamos los viernes por la tarde en mi casa, constituyeron una de las partes más agradables de este recorrido universitario.
También guardo un especial buen recuerdo de los Cursos Monográficos de Doctorado que impartí durante varios años en la Universidad Panamericana de México, normalmente en la sede de México D.F. El doctor D. Roberto Ibáñez me invitó a México D.F., y D. Juan de la Borbolla a la sede de Guadalajara. Durante aquellas estancias pude disfrutar de la amistad del Dr. D. Javier Saldaña.
Continúo en la Universidad de Cádiz. En el curso 1991/92 me ofrecieron una primera cátedra en la Universidad Complutense, pero trasladarme a Madrid me hubiera supuesto un coste humano demasiado alto: hubiera perdido la vida tranquila de docente e investigador de la que puedo disfrutar en Jerez de la Frontera.
Últimamente me estoy interesando por las estructuras implícitas en los razonamientos científicos, que observo que operan igual en la física que en el derecho.
No me cabe duda de que el Estado, que inició su andadura en el siglo XIX, en España a partir de 1820, está construido sobre una red conceptual que respondía impecablemente al pensamiento científico dominante que tanto se derivaba de la mecánica clásica como había dado origen a ella, y que hoy ha desaparecido tras los impactos de Planck, Heisenberg o Gödel.
Al filo de estos estudios he publicado recientemente un libro que he titulado “La crisis del Estado en la Edad Posmoderna”; escribo posmoderna sin la “t” porque, si incluimos esta letra, costará tanto escribir y sobre todo pronunciar esta palabra, que permaneceremos instalados in aeternum en la expresión de Edad Contemporánea.
Espero seguir disfrutando del estudio con este nuevo tema. También han visto la luz varios artículos y capítulos de libros sobre estos últimos problemas.
Siempre me ha interesado el tema de la ley natural, al que he dedicado algunos libros y artículos. He publicado este año, en la Universidad Nacional Autónoma de México, un estudio (demasiado) extenso que he titulado “La ley natural.
Una realidad aún por explorar”. Como quedaron flecos en el libro sobre “La crisis del Estado”, redacté un estudio que acaba de aparecer en una coedición de la Escuela Libre de Derecho y la Editorial Porrúa (México D.F.) que he titulado “Dogmas y escepticismo.
Presupuestos de la Filosofía del derecho”. En él pongo una lupa en algunos temas que, por mor de la brevedad, sólo dejé apuntados en el libro anterior.
Me he jubilado este curso, desde el 1 de octubre, y el Rectorado me ha nombrado Profesor Emérito. Espero seguir haciendo las mismas cosas que antes, pero más tranquilo.
Jerez Fra., veintisiete de noviembre del 2013