Efectos Declaración Concurso Contratos
¿Afecta la declaración de concurso a la vigencia de los contratos? No por sí sola, y tanto si se trata de contratos unilaterales, como si son bilaterales, sean éstos sinalagmáticos o no sinalagmáticos y existan aún obligaciones pendientes de cumplimiento para ambas partes o sólo para una de ellas. Todos los contratos, por tanto, continúan vigentes. Realmente la declaración de concurso a lo que afecta no es a la vigencia sino a los efectos de los contratos, en cuanto si se trata de contratos no sinalagmáticos o sinalagmáticos cumplidos por la parte no concursada el crédito del contratante in bonis se integra en la masa pasiva y se somete a la pars conditio creditorum y a la ley del dividendo sin que puedan resolverse por incumplimiento, y si se trata de sinalagmáticos con obligaciones pendientes de cumplimiento para ambas partes se altera su régimen de resolución.
ÍNDICE
- Vigencia de los contratos
- Resolución por incumplimiento de contratos signalagmáticos
- El cumplimiento del contrato en interés del concurso (art. 62,3 LC)
- Resolución del contrato en interés del concurso (art. 61,2 LC)
AUTORA: MARÍA ELENA CORRAL LOSADA, Magistrada especialista en Mercantil de la APM de Las Palmas
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