Las Reglas de Rotterdam es el nombre corto con el que se conoce, desde la apertura de la firma, al Convenio de las Tacones Unidas sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo de 2008. El Convenio, ya ratificado por España, si bien no en vigor, es el resultado de años de esfuerzo por parte de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) y de los Delegados de los Estados miembros y observadores de la CNUDMI.
La materia que aborda es el contrato para el transporte internacional de mercancías por mar o por mar y por otros modos.
Las Reglas de Rotterdam son un instrumento llamado a marcan un hito en la legislación sobre contrato de transporte, y, creemos honestamente, en el Derecho uniforme del comercio internacional.
El objeto del Congreso no fue otro que el de contribuir a la (tan necesaria) explicación y divulgación del contenido del Convenio desde un punto de vista objetivo y en un contexto académico.