1ª Edición, enero 2013
Editorial BOMARZO
SINOPSIS
El RDL 3/2012 y la Ley 3/201 han supuesto una modificación radical de nuestro sistema de despido por causas económicas, técnicas, organizativas y de la producción.
Pero, ¿hasta qué punto el modelo ha cambido? ¿deben los jeuces limitarse a hacer un simple juicio de causalidad formal del motivo invocado por la empresa o, por el contrario, deben valorar el despido como tal, en relación al mandato constitucional y los compromisos derivados de las normas internacionales suscritas por el Estado?
Estas cuestiones son analizadas por el autor al reflexionar sobre los límites del control judicial, la carga de la prueba y su práctica en la reciente regulación.
ÍNDICE DEL LIBRO
1. Los cuatro juicios concurrentes en materia de despido y la evolución legal de los mismos respecto a los económicos, organizativos, técnicos y productivos.
2. ¿Hemos sido los jueces de lo social restrictivos en la interpretación del artículo 52 c) TRLET?
3. Qué debía probar la empresa en materia de causalidad y funcionalidad de los despidos antes de la reforma laboral del 2010.
4. La problemática aplicativa del juicio de causalidad en los despidos económicos técnicos, organizativos y productivas tras la Ley 3/2012.
5. El objeto de la prueba de causalidad en el nuevo marco legal.
6. Los medios de prueba de la causalidad.