El presente trabajo estudia la sustitución de la ejecución de la pena de prisión por la expulsión del territorio español en el caso de las personas extranjeras, prevista en el art. 89 CP, así como su relación con la expulsión administrativa del art. 57.2 LOEX, el cual prevé la expulsión de la persona extranjera que haya sido condenada por una conducta dolosa que constituya en España un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año.