El presente trabajo ahonda la trata de seres humanos con fines de explotación laboral, centrando especial atención en su manifestación de explotación en el servicio doméstico. Por medio de un análisis exhaustivo de la protección a las víctimas, así como de lo dispuesto por el art. 177 bis CP realizamos una propuesta de lege ferenda y proponemos un cuerpo normativo para la protección de estas víctimas.
Prólogo
Por las complejas cuestiones que se suscitan, el delito de trata de seres humanos constituye ya, desde el prisma jurídico-penal, un atractivo e interesante objeto de investigación. Pero, la perspectiva adoptada por la Dra. Berasaluze Gerrikagoitia (graduada en Criminología) no olvida el análisis criminológico y victimológico, lo convierte a su obra en un estudio integral de la trata con fines de explotación laboral con especial atención al denominado “servicio doméstico”.
Con esta perspectiva integral, la Dra. Leire Berasaluze Gerrikagoitia aporta una investigación de gran interés volcada, con profundidad y rigor, a la aportación de materiales y elementos que permitan un mejor abordaje futuro de este gravísima criminalidad y victimización.
Así, tras la aproximación criminológica al fenómeno que sirve de marco para el estudio del mismo, el primer análisis es el de la normativa internacional con el fin de delimitar los difícilmente aprehensibles conceptos de “esclavitud”, “servidumbre” y “trabajos o servicios forzados”, en cuanto elementos sustantivos de la modalidad de trata objeto de estudio. La caracterización de estos conceptos como comportamientos de idéntica naturaleza, diferenciados por la intensidad de la agresión y gravedad, permite a la Dra. Berasaluze Gerrikagoitia superar las dificultades de delimitación conceptuales generadas por el/la legislador/a en la configuración de la totalidad de las modalidades de trata con fines de explotación laboral.
Caracterizada esta modalidad de trata, destaca en el análisis jurídico-penal la atención prestada a las cuestiones vinculadas al bien jurídico: a juicio de la autora estamos ante un tipo penal pluriofensivo, cuyo eje se encuentra en la mercantilización del sujeto pasivo, atanco principal-mente a su “integridad moral” y “libertad”. Por su parte, el repaso de los elementos sustantivos del tipo delictivo y de la problemática concursal permite a la Dra. Berasaluze Gerrikagoitia finalizar esta parte con una propuesta de lege ferenda de reformulación del artículo 177 bis CP.
También el abordaje victimológico busca aportar propuestas orientadas a la tutela integral de las mismas en un ámbito donde la inexistencia en la práctica de instrumentos protectores de este colectivo de víctimas se presente como una de las grandes lagunas desde el principio de humanidad y en la lucha por la erradicación de este fenómeno delictivo. Se demanda, por tanto, el desarrollo de políticas públicas victimales que terminen con la invisibilidad de este colectivo de víctimas y aseguren su tutela integral efectiva.
Agradecemos a la Dra. Berasaluze Gerrikagoitia el honor que supone prologar esta obra, publicada en la Editorial Thomson Reuters Aranzadi y aprovechamos para expresar públicamente nuestra felicitación a esta universitaria, cuyo entusiasmo y valía intelectual han sido puestas de manifiesto, confiando en que más pronto que tarde se haga realidad ese futuro académico consolidad y brillante que por su disciplina, tenacidad y esfuerzo de formación merece.
Ana I. Pérez Machío Profa. Titular (Catedrática acred.) Derecho Penal |
José Luis de la Cuesta Arzamendi Catedrático Derecho Penal Presidente honorario AIDP |
Instituto Vasco de Criminología / Kriminologiaren Euskal Institutua (UPV/EHU)