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Anuario de derecho administrativo sancionador 2022

ISBN: 9788413906669

El precio original era: 93,68€.El precio actual es: 93,68€. 89,00 IVA incluido

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Fecha de edición 03/05/2022
Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro+e-Book

Páginas

720

Lugar de edición

NAVARRA

Colección

ESTUDIOS Y COMENTARIOS LEGISLACIÓN CIVITAS

Encuadernación

Rústica

Anuario derecho administrativo sancionador 2022

El Derecho Administrativo Sancionador tiene una importancia fundamental en nuestro ordenamiento jurídico. Las diversas Administraciones Públicas (europea, estatal, autonómica y local) ejercen su potestad sancionadora sobre todos los sectores de nuestra realidad social y económica que suscita una gran variedad de cuestiones jurídicas que precisan de análisis y estudios jurídico como el que se pretende abordar con carácter anual en esta obra.
Esta obra completa el catálogo de Thomson-Reuters Aranzadi.

 

1
LOS CLAROSCUROS DEL NON BIS IN IDEM EN EL ESPACIO: JURÍDICO EUROPEO

Tomás Cano Campos

I.   Introducción

II.  El reconocimiento normativo y los diferentes estándares de protección

1. El protocolo Número 7 al Convenio Europeo de Derechos Humanos y el concepto autónomo de enjuiciamiento y sanción penal

2. El non bis in idem en el Derecho de la Unión Europea

3. El non bis in idem en el ordenamiento jurídico español

4. Los diferentes estándares de protección

III.  El presupuesto de la prohibición: la indefinición del idem

1. La identidad de sujeto, hecho y fundamento en nuestro Derecho interno

2. Los vaivenes en la jurisprudencia de Estrasburgo

3. El idem crimen en la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de competencia

4. El idem factum en el espacio de libertad, seguridad y justicia

5. La jurisprudencia Menci y la cláusula de limitación de derechos

IV.  La ampliación del idem y la relativización del bis

1. La errónea ampliación del idem

2. Y la peligrosa relativización del bis

3. Una lectura positiva para nuestro Derecho interno

4. La necesidad de considerar los intereses jurídicos protegidos en el idem y el significado real de la triple identidad

V.  El fundamento del non bis in idem

1. El principio de proporcionalidad: ¿fundamento o consecuencia de la prohibición?

2. El principio de legalidad y la funcionalidad excluyente de las normas sancionadoras

VI.  Bibliografía citada

2
GARANTÍAS Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JURÍDICAS ANTE LAS ACTUACIONES DE NATURALEZA SANCIONADORA

Ramón Castillo Badal

I.   Introducción

II.  Garantías referidas al ejercicio de la potestad sancionadora

1. La primera garantía se refiere a la propia competencia de la CNMC para el ejercicio de la potestad sancionadora

2. Concreción de la orden de investigación

3. Presunción de inocencia

4. Calificación de la infracción como única y continuada

5. Interpretación del art. 63.2 Ley 15/2007

III.  Garantías relativas al procedimiento sancionador

1. Caducidad del procedimiento sancionador

2. Non bis in idem procedimental

3. Cambio de calificación jurídica

4. Alcance del art. 105 Ley 30/1992. Subsanación de errores en pliego de concreción de hechos

3
LOS DERECHOS DE DEFENSA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS PRIVADAS EN EL DERECHO EUROPEO. EN PARTICULAR, LA GARANTÍA DE NO AUTOINCRIMINACIÓN DE LAS EMPRESAS EN COMPETENCIA

Lucía Alarcón Sotomayor

I.   Las garantías formales de las personas jurídicas privadas en el ámbito sancionador

1. Planteamiento

2. El protagonismo del Tribunal Europeo y su labor de humanización de las personas jurídicas privadas

3. La doctrina al respecto de nuestro Tribunal Constitucional

II.  Los derechos de defensa en el Derecho de la Unión Europea

1. Su proclamación en la carta de derechos fundamentales

2. La consagración primigenia de los Derechos de Defensa como principios generales del Derecho de la Unión

3. La doble naturaleza de los derechos de defensa en el Derecho europeo

4. Las declaraciones concretas que ha hecho el Tribunal de Justicia en materia de competencia

III.  En particular, el derecho a no declarar contra sí mismo de las empresas en las actuaciones de competencia

1. Carácter personalísimo y dificultades que podría plantear su aplicación en favor de las personas jurídicas

2. Su regulación en el ordenamiento interno y en el comunitario

3. Las reglas generales sobre su contenido, titularidad y ámbito de aplicación

3.1. Naturaleza y contenido

3.2. Titularidad y ámbito de aplicación. En especial, su compatibilidad con los deberes de colaborar con la Inspección administrativa

4. El adelanto excepcional a la investigación preliminar del derecho a no declarar contra sí mismo en favor del imputado material o razonable: la doctrina del TEDH y su recepción en la jurisprudencia española

5. La Jurisprudencia del Tribunal de Justicia

5.1. Planteamiento. Su hipotética equivalencia con la del Tribunal Europeo

5.2. El derecho a no declarar contra sí mismo en la fase de investigación preliminar

5.3. El derecho a no declarar contra sí mismo una vez iniciado el procedimiento sancionador

5.4. Conclusión

6. La jurisprudencia del Tribunal Europeo y sus diferencias cualitativas respecto de la del Tribunal de Justicia

6.1. Dos jurisprudencias distintas ideadas para resolver casos heterogéneos

6.2. La ausencia de un verdadero “diálogo entre Tribunales” pese a las apariencias

6.3. El inicio del diálogo en el asunto DB y Consob y sus consecuencias

A) La novedosa STJUE de 2 de febrero de 2021 (Gran Sala), DB y Consob

B) Las conclusiones del asunto DB y Consob: una comparación real entre jurisprudencias que puede justificar sus diferencias

IV.  Bibliografía citada

4
LA RESPONSABILIDAD SANCIONADORA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

José Carlos Laguna de Paz

I.   Introducción

II.  Principio de responsabilidad personal

III.  Actuación de administradores y empleados

1. Responsabilidad sancionadora

1.1. Administradores

1.2. Empleados

2. Responsabilidad patrimonial

IV.  Grupo de empresas

1. La infracción debe ser específicamente imputada a la empresa que la ha cometido

1.1. Jurisprudencia europea

1.2. Jurisprudencia española

2. La matriz sólo puede ser imputada si ha dirigido el comportamiento de la filial, lo que debe ser probado por la Administración

3. Las empresas responsables deben ser parte en el procedimiento sancionador

4. Las empresas responsables deben ser sancionadas y la sanción individualizada

5. Responsabilidad solidaria

6. Responsabilidad patrimonial

V.  Cambios en la empresa

1. Cambios en la denominación, forma jurídica, administradores o accionariado

2. Cambios en la dirección: absorción del infractor por un nuevo grupo empresarial

3. Cambio en el objeto social: venta a un tercero de la unidad de negocio vinculada a la infracción

4. Cambio en su situación económica: insolvencia

VI.  Extinción del infractor

1. Fusión y absorción de la empresa infractora con extinción de su personalidad jurídica

2. Grupo de empresas

3. Liquidación

VII.  Responsabilidad solidaria

1. Su delimitación

2. Su difícil compatibilidad con el carácter personal de las sanciones, salvo que se interprete como responsabilidad patrimonial

3. Requisitos para la exigencia de responsabilidad solidaria

3.1. Sólo puede exigirse a quien ha cometido la infracción

3.2. La infracción ha de haber sido cometida de manera culpable

3.3. Ha de haber sido declarado responsable y sancionado

3.4. La sanción ha de haber sido individualizada

3.5. La solidaridad no debe haber sido excluida por la legislación sectorial

VIII.  Conclusiones

5
ACCIÓN PÚBLICA Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

Iñigo Sanz Rubiales

Introducción

I.   Habilitación y alcance de la acción pública

1. La acción pública necesita expresa previsión legal

2. Acción pública judicial y acción pública administrativa

3. Contenido

II.  Según la jurisprudencia, la acción pública no habilita para el acceso a los procedimientos administrativos sancionadores

1. El criterio restrictivo del Tribunal Supremo

2. La contundencia de la jurisprudencia “menor”

III.  Sin embargo, debe entenderse que la acción pública convierte a los denunciantes en interesados en los procedimientos sancionadores. Justificación

1. Una tímida apertura jurisprudencial

2. La acción pública defiende la legalidad, y la sanción administrativa es una aplicación de la legalidad frente a su infracción

3. La expresa previsión de acciones públicas sectoriales referidas al ejercicio de la potestad sancionadora es buena muestra de su posibilidad y utilidad

4. Alcance de la legitimación

4.1. El reconocimiento de la posibilidad de promover el procedimiento sancionador como “algo más” que simple denunciante

4.2. El ejercicio de la acción pública permite participar en el procedimiento

4.3. Pero no permite la solicitud de indemnizaciones por daños producidos por la acción infractora

IV.  Conclusiones

6
CADUCIDAD DE PROCEDIMIENTOS DESFAVORABLES; EN ESPECIAL, DEL SANCIONADOR

Manuel Rebollo Puig

I.   Rasgos esenciales

1. Contexto

2. Concepto

3. Naturaleza y fundamento

4. Regulación: valor de la de la LPAC

5. Ámbito: procedimientos que caducan

6. Diferenciación de otras figuras; en especial, de la caducidad de la acción

II.  El plazo, su cómputo y sus alteraciones

1. Plazo máximo de los procedimientos

2. Día en que comienza el cómputo

3. Suspensión del plazo

3.1. Por paralización imputable al interesado

3.2. Por la realización de ciertos trámites o incidentes

3.3. Por diligencias penales

4. Ampliación del plazo

5. Día final en el que debe estar notificada la resolución. Individualización del dies ad quem

III.  Caducidad de procedimientos ordenados al resolver recursos. La retroacción de actuaciones

1. En el caso de recursos administrativos

2. En el caso de recursos contencioso-administrativos

IV.  Efectos de la caducidad

1. Producción automática y declaración formal de la caducidad

2. Invalidez de la resolución tardía o notificada tardíamente: nulidad

3. Extinción de las medidas provisionales del procedimiento caducado

4. Posibilidad de incoar nuevo procedimiento con el mismo objeto. Límites

5. Relación entre el nuevo procedimiento y el caducado. Incorporación de actos y trámites

6. El procedimiento caducado no interrumpe la prescripción

V.  Bibliografía

7
INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Alejandro Huergo Lora

I.   Introducción

II.  Cómo se aplica la inteligencia artificial a la actividad administrativa

1. Aproximación al concepto

2. Las predicciones algorítmicas como núcleo de los sistemas de inteligencia artificial

3. Precisiones terminológicas

3.1. Relación con la Administración electrónica

3.2. Relación con la actividad administrativa automatizada

3.3. Relación con los algoritmos

III.  Utilización de la inteligencia artificial en actividades de supervisión administrativa y sancionadoras

1. La aplicación a la supervisión y regulación económica: Suptech y Regtech

2. El diseño de estas aplicaciones: contrataciones públicas abiertas

3. Qué ofrece la inteligencia artificial a la supervisión y a la potestad sancionadora

3.1. Eficiencia en el uso de los recursos públicos

3.2. Personalización de la actuación administrativa

3.3. Explotación de datos ociosos

3.4. Descubrimiento de tendencias que pasan inadvertidas en un análisis individualizado de los fenómenos

IV.  Distintas posibilidades de utilización de la inteligencia artificial en relación con las sanciones administrativas

1. En el diseño de la política punitiva

2. En la aplicación de las normas sancionadoras, decidiendo la distribución de los recursos de que dispone la Administración

3. Utilización de la inteligencia artificial dentro del procedimiento sancionador

V.  Riesgos de las predicciones algorítmicas

VI.  Hacia un marco jurídico de la inteligencia artificial aplicada a la actividad administrativa

1. El punto de partida: aplicación sin marco normativo

2. Tres modelos básicos de encaje jurídico de la actividad administrativa asistida por inteligencia artificial

3. Donde el algoritmo influye en el contenido de la actuación administrativa, el control y la transparencia son irrenunciables

4. El problema se encuentra en el marco jurídico, no en quién o cómo se adopte la decisión

5. Normas preventivas: el proyecto de Reglamento o “Ley de Inteligencia Artificial”

8
LA RECEPCIÓN POR EL TRIBUNAL SUPREMO DE LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS SOBRE EL CONCEPTO DE SANCIÓN Y SU INCIDENCIA EN LA CASACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA

Omar Bouazza Ariño

I.   Introducción

II.  La sentencia del Tribunal Supremo 1375/2021, de 25 de noviembre de 2021 (Recurso de casación n.° 8156/2020)

1. Vía administrativa y recurso ante el Tribunal Superior de Justicia

2. Admisión del recurso de casación

3. Escrito de interposición

4. La recepción por el TS de la doctrina del TEDH sobre el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal

4.1. El Derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos

4.2. Aplicabilidad del CEDH a las sanciones administrativas de naturaleza penal

4.3. Aplicación por el TS de la jurisprudencia del TEDH

A) Naturaleza penal de la sanción impuesta

B) Contenido del derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal

C) El recurso de casación ¿es un medio de impugnación apto para satisfacer las exigencias del derecho a un doble grado de jurisdicción frente a sanciones administrativas de naturaleza penal?

D) Respuesta la cuestión casacional planteada

E) Voto particular

III.  Conclusiones

IV.  Bibliografía

9
LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR POR INFRACCIONES DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA: ¿SON O NO VERDADERAS SANCIONES? LA NECESARIA RECONSIDERACIÓN DE SU NATURALEZA JURÍDICA

Javier Guillén Caramés

I.   Introducción

II.  Régimen jurídico de las prohibiciones de contratar derivadas de infracciones por falseamiento de la competencia establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público

1. Ámbito subjetivo de aplicación

2. Ámbito objetivo

2.1. Presupuesto de la prohibición: ¿infracciones graves del Derecho de la Competencia?

2.2. Tipología de infracciones que pueden constituir el presupuesto de hecho habilitante de la prohibición

3. Aspectos procedimentales

3.1. Una cuestión previa: ¿es necesario una declaración previa de la prohibición de contratar?

3.2. Procedimiento(s) para apreciar la prohibición de contratar

A) Procedimiento a seguir si la apreciación de la prohibición de contratar es realizada por la CNMC o autoridad autonómica de competencia

B) Procedimiento a seguir si la apreciación de la prohibición es realizada por el Ministro de Hacienda y Función Pública

3.3. Duración de la prohibición y cómputo del plazo

4. Eficacia y ejecutividad de la prohibición de contratar: planteamiento de la cuestión

5. Medidas de autocorrección: la modulación de la responsabilidad de la persona incursa en prohibición

III.  Sobre la naturaleza jurídica de las prohibiciones de contratar derivadas de la comisión de infracciones por falseamiento de la competencia: ¿son o no verdaderas sanciones?

1. Delimitación de sanción administrativa

2. La compleja determinación de la naturaleza jurídica de las prohibiciones de contratar debido a la diversidad con la que ha configurado el legislador las mismas

3. Reconsideración de la naturaleza jurídica de las prohibiciones de contratar derivadas de infracciones del Derecho de la Competencia: elementos y rasgos que hacen que deban reconfigurarse como sanciones administrativas

3.1. El elemento teleológico

3.2. El elemento punitivo

3.3. El elemento procedimental

3.4. La compleja determinación de la eficacia y ejecutividad de la prohibición

3.5. ¿Retroactividad o irretroactividad de la prohibición?

IV.  Conclusiones

V.  Bibliografía

10
LA PROHIBICIÓN DE CONTRATAR EN MATERIA DE COMPETENCIA

María Pilar Canedo Arrillaga

I.   Introducción

II.  La prohibición de contratar en la directiva y la LCSP

III.  Aplicación por las autoridades de competencia en España

IV.   Naturaleza de la prohibición y su incidencia en la competencia para determinar su alcance y duración

V.  Base jurídica de la competencia de la autoridad de competencia

VI.  La jurisprudencia del TS sobre prohibiciones

VII.  Trascendencia de la no mención por parte de la autoridad de competencia de la prohibición de contratar

VIII.  Las medidas de self-cleaning

IX.  Conclusiones

11
LAS CONDUCTAS DE MENOR IMPORTANCIA EN EL DERECHO ANTITRUST: ¿PRINCIPIO DE TIPICIDAD, DE OPORTUNIDAD O DE CONFIANZA LEGÍTIMA?

Pedro Mario González Jiménez

I.   Introducción

II.  Las conductas de menor importancia en los Estados miembros de la Unión Europea

1. El sistema italiano: elemento de la tipicidad

2. El sistema alemán y francés: principio de oportunidad

3. El caso español

III.  La relación entre la doctrina de minimis y la comunicación de minimis en la Unión Europea

1. La doctrina de minimis y su desarrollo jurisprudencial

2. La comunicación de minimis y su delimitación negativa de lo sensible

IV.  El principio de tipicidad y el principio de confianza legítima como ejes vertebradores de las conductas de menor importancia en la Unión Europea

1. La regla general: el principio de tipicidad

2. La excepción: el principio de confianza legítima

V.  Bibliografía

12
LA RESPONSABILIDAD FILIAL-MATRIZ EN LA APLICACIÓN PÚBLICA DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA

Miguel Bordiú García-Ovies

I.   Introducción

II.  Punto de partida: el artículo 61.2 de la LDC y los tres escenarios definidos por el Tribunal Supremo

III.  La responsabilidad solidaria de la matriz por los actos de la filial: la existencia de “influencia decisiva”

A) Sobre la existencia de control de la matriz a la filial

B) Sobre la prueba para destruir la presunción iuris tantum de influencia decisiva

IV.  La responsabilidad única y directa de la matriz como autora de la conducta anticompetitiva

13
¿PUEDE LA AUTORIDAD DE COMPETENCIA SANCIONAR A LA ADMINISTRACIÓN POR VULNERAR LA LIBRE COMPETENCIA ACTUANDO COMO PODER PÚBLICO? UNA VISIÓN COMPARADA DE ESPAÑA E ITALIA

Carmen Martín Fernández

I.   El sometimiento de la administración pública a la ley de defensa de la competencia

1. En España

1.1. La Administración cuando actúa como operador económico

1.2. La Administración cuando actúa como poder público: el pionero caso de los vinos de Jerez y el posterior del Puerto de Valencia

2. En Italia

2.1. La Administración cuando actúa como operador económico

2.2. La Administración cuando actúa como poder público: el curioso caso de la sanción a Ferrovie dello Stato Italiane y la ausencia de un pronunciamiento de la AGCM respecto a la conducta de la Región Véneto

II.  La legitimación de las autoridades de defensa de la competencia para impugnar actuaciones administrativas contrarias a la competencia

1. La legitimación de la CNMC

2. La legitimación de la AGCM

III.  La posible compatibilidad del recurso judicial interpuesto por la autoridad de competencia y el ejercicio de su potestad sancionadora

IV.  La responsabilidad sancionadora de la Administración Pública española: algunas vías para evitar que la multa la paguemos todos

1. Un requerimiento previo al procedimiento sancionador al estilo del parere motivato italiano incluso cuando no existe un acto administrativo o un reglamento que impugnar

2. La terminación convencional

3. El levantamiento del velo de la personalidad jurídica y la aplicación del art. 36.3 LRJSP como ultima ratio

V.  Conclusiones

VI.  Bibliografía

14
UN ALGORITMO COMO HERRAMIENTA PARA EL CÁLCULO DE LAS SANCIONES EN EL DERECHO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA EN ESPAÑA

Miguel Cuerdo Mir

Raquel Ibar Alonso

I.   Introducción

II.  Multa final

III.  La cuantificación de la multa en el año t (Mt)

1. El Tipo Sancionador Total

1.1. Determinación del tipo sancionador general

A) Tipo Sancionador General Inicial

B) Cálculo de los aspectos objetivos y subjetivos (AOS)

1.2. Determinación del tipo sancionador individual

IV.  Principio de proporcionalidad y “límite de proporcionalidad”

V.  Conclusiones

VI.  Bibliografía

15
EL NUEVO PROCEDIMIENTO DE COOPERACIÓN ANTE INFRACCIONES DE LA NORMATIVA EUROPEA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA: EL INSTRUMENTO COOPERATIVO QUE CIERRA EL CÍRCULO

Eugenio Olmedo Peralta

I.   Introducción: La caja de herramientas de la Comisión Europea

II.  Base normativa del procedimiento de cooperación

III.  Precedentes

1. Decisión de la Comisión Europea de 22 de diciembre de 1987, en el asunto IV/30.787 y 31.488, Eurofix-Bauco v. Hilti

2. Decisión de la Comisión Europea de 24 de julio de 1991, en el asunto IV/31.043, Tetra Pak II

3. Decisión de la Comisión Europea de 5 de julio de 2000, en el asunto COMP.F.1.36.516, Nathan-Bricolux

4. Decisión de la Comisión Europea de 29 de octubre de 2002, en los asuntos COMP/35.587 PO Video Games, COMP/35.706 PO Nintendo Distribution y COMP/36.321 Omega – Nintendo

5. Decisión de la Comisión Europea de 26 de mayo de 2004, en el asunto COMP/C-3/37.980, Souris – Topps

6. Decisión de la Comisión Europea de 24 de mayo de 2011, en el asunto COMP/39.796, Suez Environnement breach of seal

IV.  La apuesta política de la Comisión Europea por la puesta en práctica de un procedimiento de cooperación

1. ARA: La primera decisión adoptada siguiendo el procedimiento de cooperación

V.  Ámbito de aplicación: cualquier infracción de la normativa de competencia no constitutiva de cártel

1. Infracciones de los artículos 101 y 102 TFUE no constitutivos de cártel

2. Infracciones procedimentales

3. Infracciones en el marco de los procedimientos de control de las operaciones de concentración

VI.  Instauración de un procedimiento sui generis

1. Diferencias con el procedimiento de transacción

2. Distinción con las decisiones de compromisos

VII.  Momento de la cooperación

VIII.  Tramitación del procedimiento

IX.  Tipo de cooperación prestada

1. Reconocimiento de la infracción

2. Renuncia a ciertos derechos procesales

3. Aportación –o aclaración– de pruebas que permitan construir la decisión

4. Propuesta de remedios para superar la restricción de la competencia

X.  Retribución: reducción del importe de la sanción

1. ¿Podría llegarse incluso a la exención de sanción?

XI.  Casos tramitados por la Comisión Europea por esta vía

XII. Conclusión provisional: los nuevos tiempos requieren un procedimiento de competencia más ágil

XIII. Bibliografía

XIV. Referencias jurisprudenciales

16
EL ARTÍCULO 49 DE LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA: EL PRINCIPIO DE PRIORIZACIÓN Y PROBLEMAS PERSISTENTES EN VÍA CONTENCIOSA

Alba Ribera Martínez

I.   Introducción

II.  El denunciante y la incoación del procedimiento sancionador en materia de defensa de la competencia

1. El denunciante frente a la incoación de oficio

2. El grado de discrecionalidad de la autoridad en el ejercicio de su potestad sancionadora: principio de oportunidad reglada a partir del contenido del artículo 49 de la Ley de Defensa de la Competencia

2.1. Potestad sancionadora reglada

2.2. Potestad sancionadora discrecional

2.3. Principio de oportunidad reglada

III.  Decisión de incoación y no incoación: ¿notificación al denunciante?

IV.  Transposición de la Directiva ECN+: principio de priorización

V.  Impugnabilidad de la decisión de omisión de la incoación del expediente sancionador

1. Acto administrativo impugnable

1.1. Legitimación del denunciante en sede contenciosa-administrativa

A) Consideraciones generales

B) Supuestos específicos de legitimación, a la luz de la legitimidad del denunciante en el expediente

VI.  Conclusiones

17
LAS IMPLICACIONES DE LA SENTENCIA SUMAL PARA EL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE LA COMPETENCIA

Diego Rodríguez Cembellín

I.   Introducción

II.  El Asunto Sumal

1. Los hechos del caso

2. Un paso más en la aplicación del concepto de empresa

III.  La jurisprudencia Sumal como instrumento para la sanción a las filiales que participan en una infracción de competencia

1. Un ejemplo de sanción a la filial en la práctica europea. En particular, el asunto Biogarán

2. Los ejemplos en la práctica española sobre la responsabilidad de la filial por las conductas de su matriz

IV.  La aplicación de la Sentencia Sumal en el Derecho sancionador de la competencia español

1. La dudosa obligación de aplicar la jurisprudencia Sumal por las autoridades nacionales de competencia

2. La insuficiencia de la Ley de Defensa de la Competencia para sancionar a la filial por las infracciones de su matriz

V.  La Sentencia Sumal y el cálculo de las multas de la Comisión Europea

1. El cálculo del volumen de negocios total de la empresa infractora

2. Las infracciones de las filiales y la reincidencia de la empresa

VI.  Conclusiones

VII.  Bibliografía

18
OTRA VEZ, SOBRE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE EXTRANJERÍA; Y DE NUEVO, EN PARTICULAR, A PROPÓSITO DE LA EXPULSIÓN COMO SANCIÓN

José Suay Rincón

I.   A vueltas sobre la jurisprudencia ordinaria: a propósito de la expulsión como sanción (art. 57.1 LOEX): ya la multa no es alternativa a la expulsión en supuestos de estancia irregular del extranjero en territorio nacional pero sigue habiendo alternativa que ahora es la no sanción (STS 366/2021)

II.  La contribución de la jurisprudencia constitucional: avances también en la expulsión como medida accesoria a la pena (art. 57.2 LOEX): Ya no solo cuando de residentes de larga duración se trata, sino con carácter general, las circunstancias personales y familiares de los extranjeros han de ponderarse y pueden impedir la expulsión en estos casos (STC 151/2021)

III.  Una valoración sumaria y de conjunto de la jurisprudencia examinada

IV.  En particular, su proyección sobre la caracterización de la expulsión como sanción en estos casos

1. Una obligada aclaración previa

2. La expulsión del extranjero como sanción (administrativa) principal

3. La expulsión del extranjero como sanción (administrativa) acccesoria

4. Utilidad y relevancia de las conclusiones alcanzadas

V.  Consideraciones finales: De nuevo sobre la identidad de principios entre sanciones administrativas y penales

VI.  Bibliografía citada

19
EL ORDENAMIENTO SANCIONADOR AERONÁUTICO: TIPICIDAD INDIRECTA Y COMPETENCIA SANCIONADORA

Marcos Gómez Puente

I.   Introducción

II.  El ordenamiento sancionador: tipicidad indirecta y fuentes normativas

III.  La competencia sancionadora en materia aeronáutica

1. La competencia estatal: la Agencia Española de Seguridad Aérea

2. La competencia sancionadora autonómica: infracciones en materia de aeropuertos y otros aeródromos

2.1. Potestad sancionadora autonómica en materia de aeropuertos de interés general

2.2. Potestad sancionadora autonómica en materia de aeródromos

3. La competencia sancionadora autonómica: otras infracciones en materias relacionadas con el tránsito y el transporte aéreo

20
PÚBLICO Y PRIVADO EN EL RÉGIMEN SANCIONADOR DEL PROYECTO DE LEY ESTATAL DE DEPORTE

Miguel Casino Rubio

I.   Introducción

II.  El proyecto de ley estatal de deporte. La separación del régimen sancionador público del régimen disciplinario federativo privado

III.  El proyecto de ley: entre el deseo y la realidad

1. La delimitación del ámbito de aplicación del régimen sancionador y la desmedida ambición del proyecto por ordenar el régimen disciplinario federativo

2. El régimen de los órganos competentes

3. Las decisiones disciplinarias de perdida, revocación o suspensión definitiva de las licencias deportivas

4. Una vuelta por el ordenamiento deportivo y la confirmación de la confusión. El ejemplo de la Ley 11/2007, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte

IV.  La confusión entre el régimen sancionador y el régimen disciplinario. Infracciones y sanciones. Suma y sigue

1. Las infracciones y su desconexión con el interés público

2. El catálogo de sanciones. Más motivos para la confusión

V.  Observaciones finales

VI.  Bibliografía citada

21
DERECHOS FUNDAMENTALES, POTESTAD DISCIPLINARIA Y PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (A PROPÓSITO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 51/2021, DE 15 DE MARZO)

Gustavo Manuel Díaz González

I.   Introducción

II.  Breve síntesis de los antecedentes de hecho

III.  La resolución del recurso por el Tribunal Constitucional

IV.  Análisis crítico de la sentencia y breves reflexiones conclusivas sobre su impacto en el “derecho de la discapacidad”

V.  Bibliografía citada