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Pensión alimenticia. 100 preguntas y respuestas

ISBN: 9788413881928

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Hay existencias (puede reservarse)

Peso 400 g
Fecha de Edición 01/11/2022
Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

264

Lugar de edición

MADRID

Encuadernación

Rústica

Colección

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Editorial

SEPIN, EDITORIAL JURIDICA

EAN

978-84-1388-192-8

Pensión alimenticia 100 preguntas y respuestas

La pensión alimenticia es, sin duda, uno de los temas más controvertidos en el Derecho de Familia, siendo numerosas las cuestiones que tienen cabida dentro de ella, y que se analizan en este libro, a la vista de las resoluciones emanadas de los juzgados y tribunales de Familia.

De su amplísimo e interesante índice se destacan cuestiones como: su concepto y caracteres; su fijación o la forma de pago; cómo actualizar su cuantía; cómo modificarla, para aumentarla, reducirla o extinguirla, y qué efectos tiene esa modificación. Y, en cuanto a los aspectos procesales, podemos destacar la legitimación o la reconvención.

Estamos sin duda ante una obra imprescindible para el especialista en Derecho de Familia.

VER ÍNDICE

Cuestiones generales
I. Concepto y fundamento

1. ¿Qué conceptos o partidas se incluyen dentro del contenido de la pensión alimenticia?
2. ¿Cuál es el fundamento de la obligación alimenticia?
3. ¿Subsiste para los progenitores la obligación de prestar alimentos a sus hijos pese a ser privados de la patria potestad sobre ellos?
II. Diferencia con otras figuras

4. ¿Qué diferencias existen entre la pensión de alimentos a favor de los hijos y la pensión alimenticia de otros parientes?
5. ¿Qué diferencias existen entre la pensión alimenticia de los hijos menores y la de los hijos mayores?
6. ¿Qué diferencias existen entre la pensión de alimentos de los hijos y los gastos extraordinarios?
7. ¿Qué diferencias existen entre la pensión alimenticia de los hijos y la pensión compensatoria?
III. Caracteres

8. ¿Qué notas caracterizan al derecho de alimentos?
9. ¿Puede compensarse el impago de la pensión alimenticia de los hijos por el progenitor no custodio con el impago, por parte del custodio, de determinadas cantidades adeudadas a aquel, bien sea por gastos que debieran ser abonados por ambos, bien en concepto de pensión compensatoria?
10. ¿Puede supeditarse el derecho de visitas al cumplimiento por el progenitor no custodio del pago de la pensión alimenticia?
11. ¿Puede acordarse, de oficio, pensión alimenticia a favor de los hijos menores de edad o concederse mayor cuantía que la solicitada?
12. ¿Pueden acordarse, de oficio, alimentos no solicitados para los hijos mayores de edad que carezcan de independencia económica y convivan en el hogar familiar?
14. ¿Qué eficacia tienen los pactos en convenio regulador, no aprobado judicialmente, sobre alimentos de los hijos menores?
15. ¿Es válido el convenio entre los progenitores que exime a uno de ellos de la obligación de prestar alimentos a los hijos menores de edad?

Fijación
I. Cuantía

16. ¿Para determinar el importe de la pensión alimenticia debe atenderse exclusivamente a los ingresos del progenitor no custodio y a las necesidades de los hijos?
17. ¿Puede ser objeto del recurso de casación el juicio de proporcionalidad del artículo 146 CC al fijar la pensión alimenticia?
18. ¿Qué valor tienen las Tablas para la determinación de las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial?
19. ¿Para fijar la pensión alimenticia deben tenerse en cuenta los ingresos brutos o los ingresos netos de los progenitores?
20. ¿Al fijar el importe de la pensión alimenticia deben computarse entre los ingresos de cada uno de los progenitores las dietas que hubieren percibido por razón de su trabajo?
21. ¿Es posible fijar como pensión alimenticia un porcentaje de ingresos del obligado a su pago?
22. ¿Qué se entiende por mínimo vital?
23. ¿Al cuantificar la pensión alimenticia de los hijos debe tomarse en consideración la atribución o no a los mismos de la vivienda familiar?
24. ¿Puede establecerse como pensión alimenticia exclusivamente el uso de la vivienda familiar, sin fijar, además, cantidad alguna?
II. Pago

25. ¿Cuándo debe efectuarse el pago de la pensión alimenticia?
26. ¿A quién debe efectuarse el pago?
27. ¿Debe abonarse pensión alimenticia durante la mensualidad estival en la que el menor está en compañía del progenitor no custodio?
28. ¿Es aplicable el artículo 148 CC a la obligación de alimentos a los hijos cuando la misma resulta de un procedimiento de separación, nulidad o divorcio o de guarda y custodia de hijos menores?
29. ¿Y si se hubieren dictado con anterioridad medidas provisionales?
30. Si la resolución que fija la pensión alimenticia no determina el momento desde el cual procede su abono, ¿es exigible su pago desde la fecha de interposición de la demanda o únicamente lo será desde la fecha de tal resolución?
31. Determinada legalmente la filiación, ¿es exigible la pensión alimenticia del hijo desde la fecha del nacimiento?
32. ¿El impago reiterado de la pensión alimenticia es suficiente para privar al progenitor no custodio de la patria potestad?
III. Supuestos especiales

33. ¿Debe establecerse pensión alimenticia para el nasciturus?
34. ¿Deben señalarse alimentos para el hijo menor de edad que dispone de sus propios recursos, suficientes para atender sus necesidades?
35. ¿Debe fijarse pensión alimenticia en aquellos supuestos en los que el progenitor no custodio obligado al pago se encuentra en paradero desconocido?
36. ¿Debe fijarse pensión alimenticia en los supuestos de guarda y custodia compartida?
37. Cuando uno de los hijos queda en compañía del padre y el otro en compañía de la madre, ¿sería necesario fijar pensión alimenticia de los hijos a cargo de cada uno de los progenitores?
38. ¿Pueden fijarse cuantías diferentes para las pensiones de los hijos de una misma persona pero de diferentes matrimonios?
39. ¿Subsiste la obligación de pagar la pensión alimenticia si el hijo a cuyo favor fue establecida pasare a residir con el progenitor obligado al pago?
40. ¿Se aplica el art. 148 CC en aquellos supuestos en los que los hijos pasan a convivir con el otro progenitor, cambiando, por tanto, el obligado al pago de los alimentos tras un procedimiento de modificación de medidas?
41. ¿Puede el progenitor no custodio abonar la pensión alimenticia a que hubiere sido obligado en un proceso matrimonial, o de guarda y custodia de hijos menores, recibiendo y manteniendo a sus hijos en su propia casa?
Actualización
42. ¿Deben fijarse en la sentencia las bases para actualizar la pensión alimenticia?
43. ¿Qué efectos produce la omisión en la sentencia —o en el convenio regulador— de la cláusula de actualización?
44. ¿La actualización debe hacerse necesariamente en proporción a las variaciones que experimenten los índices de precios al consumo según el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya?
45. ¿Debe actualizarse a la baja la pensión alimenticia si el IPC anual fuera negativo?
46. ¿La actualización de la pensión alimenticia se debe efectuar al 1 de enero de cada año?
47. ¿Es necesario fijar módulo de actualización de la pensión alimenticia si esta consiste en un porcentaje de ingresos del pagador?
48. ¿Cuál es el procedimiento adecuado para reclamar la actualización de la pensión alimenticia?
49. ¿A quién corresponde realizar la actualización?
50. ¿La actualización tiene efectos retroactivos?

Modificación
I. Aumento y reducción

51. ¿El aumento de edad de los hijos justifica, per se, el incremento de su pensión alimenticia?
52. ¿Cabe reducir la pensión alimenticia cuando la disminución de ingresos del obligado al pago se debe a causas dependientes de su propia voluntad?
53. ¿El nacimiento de nuevos hijos, fruto de una relación posterior, constituye una alteración de circunstancias suficiente para reducir la pensión alimenticia de los hijos de una relación anterior?
54. ¿La convivencia de un tercero en la vivienda que constituyó el domicilio familiar, propiedad de ambos progenitores y cuyo uso fue atribuido a los hijos y al progenitor custodio, puede constituir un hecho nuevo que permita modificar la cuantía de la pensión alimenticia inicialmente fijada?
55. El despido laboral del obligado o su prejubilación percibiendo una importante indemnización, ¿justificaría, per se, una reducción de la pensión alimenticia de los hijos al haberse reducido o extinguido sus ingresos?
56. ¿La ampliación del régimen de visitas puede justificar una disminución de la cuantía de la pensión alimenticia que estuviere obligado a satisfacer el progenitor no custodio?
57. ¿El abono de la totalidad de los gastos de desplazamiento derivados del cumplimiento del régimen de visitas por el progenitor no custodio puede influir en la fijación del importe de la pensión alimenticia que debe satisfacer?
58. ¿Puede un acuerdo extrajudicial de pagos modificar el contenido de la obligación de pago de alimentos fijada judicialmente en un procedimiento de familia?
59. Interesada la extinción de la pensión alimenticia, ¿puede la sentencia, pese a rechazar dicha pretensión, reducir su cuantía o establecer un límite temporal para su percepción?
II. Extinción

60. ¿Se extingue la pensión alimenticia por el fallecimiento del obligado a prestarla?
61. ¿Las causas de extinción de la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad son aplicables a los hijos menores de edad?
62. Fallecido el alimentista, ¿sus herederos deben devolver lo que aquel hubiere recibido anticipadamente?
63. ¿Es causa de extinción de la pensión alimenticia la mayoría de edad de los hijos?
64. ¿Es aconsejable fijar un límite temporal a la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad?
65. ¿Puede fijarse a priori una edad en los hijos mayores de 18 años como límite para percibir la pensión alimenticia?
66. ¿Es causa de extinción de la pensión alimenticia de los hijos menores de edad la ausencia de ingresos en el obligado a su pago?
67. ¿Cómo debe interpretarse la causa de extinción de la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad consistente en que el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia?
68. ¿El simple acceso al mercado laboral de los hijos mayores de edad extingue su pensión alimenticia?
69. ¿La ausencia continuada de relación de los hijos mayores de edad con el progenitor alimentante puede ser causa de extinción de la pensión alimenticia?
70. ¿Cómo debe interpretarse la causa de extinción de la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad consistente en que su necesidad provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo, mientras subsista esta causa?
71. ¿La situación de discapacidad de un hijo mayor de edad determina, per se, la modificación o extinción de los alimentos que los padres deben prestarle en juicio matrimonial?
72. ¿La concesión de una pensión no contributiva a los hijos con discapacidad supone, per se, la extinción de la pensión alimenticia al tener el alimentista ingresos propios?
73. Concluida la formación de los hijos mayores de edad, ¿tendrían derecho a pensión alimenticia si decidieren continuar completando aquella?
74. ¿El cese de la convivencia de los hijos mayores de edad en el hogar familiar extingue la pensión alimenticia establecida a su favor en el proceso matrimonial de sus progenitores?
75. ¿Es causa de extinción de la pensión alimenticia el matrimonio del hijo mayor de edad o la convivencia marital con tercera persona?
76. ¿Es causa de extinción de la pensión alimenticia el ingreso en prisión del obligado a satisfacerla?
III. Efectos

77. ¿Desde cuándo surten efecto las modificaciones que, con relación a la pensión alimenticia, se establecen en un procedimiento de modificación de medidas?
78. ¿Se aplica la misma solución a las modificaciones que, con relación a la pensión alimenticia, se establezcan en la sentencia de apelación?
79. Aumentada la pensión alimenticia en segunda instancia, ¿puede reclamarse la diferencia entre lo abonado y la nueva cuantía?
80. Reducida o dejada sin efecto la pensión alimenticia en segunda instancia, ¿debe devolverse lo percibido?
81. ¿Rige igualmente la irretroactividad de la extinción de la pensión alimenticia en aquellos supuestos en los que los hijos, tras alcanzar la independencia económica, han abandonado el domicilio del progenitor que percibía aquella?
82. Declarada la extinción de la pensión alimenticia en un momento anterior a la fecha de la sentencia, ¿habría lugar a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas?
83. Declarada la inexistencia de la filiación, ¿procede el reembolso de las cantidades satisfechas en concepto de alimentos al hijo?

Aspectos procesales
I. Legitimación

84. ¿Tiene legitimación el progenitor con el que conviven los hijos mayores de edad que carecen de ingresos propios para reclamar alimentos al otro en un proceso matrimonial suscitado entre ambos?
85. ¿Se aplica la misma solución a las parejas de hecho?
86. ¿Y si los hijos no convivieren en el domicilio familiar por razón de estudios?
87. ¿Qué requisitos son necesarios para que los padres puedan reclamar alimentos a favor de sus hijos mayores de edad o emancipados en un procedimiento matrimonial?
88. ¿Tendrían legitimación los padres cuando los hijos, una vez extinguida la pensión alimenticia por haber accedido al mercado laboral y tener independencia económica, vinieren a peor fortuna y carecieren de ingresos propios?
89. ¿Tiene legitimación el hijo mayor de edad que carece de independencia económica para reclamar por sí mismo alimentos de sus padres?
90. ¿Es necesario demandar a los hijos mayores de edad cuando se solicita la modificación o la extinción de una pensión alimenticia fijada en sentencia cuando estos eran menores?
II. Reconvención

92. ¿Es necesario formular reconvención interesando pensión alimenticia para los hijos menores?
93. ¿Es necesario formular reconvención interesando pensión alimenticia para los hijos que, pese a ser mayores de edad, carecen de independencia económica y conviven en el hogar familiar?
94. ¿Se aplica la misma solución cuando la extinción o supresión de la pensión alimenticia de tales hijos o la negativa a su establecimiento hubiere sido solicitada en la demanda que da origen al procedimiento?
III. Ejecución

95. ¿Puede declararse extinguida la pensión alimenticia de los hijos mayores de edad en fase de ejecución de sentencia?
96. ¿Puede acordarse en fase de ejecución la reducción o suspensión del pago de la pensión alimenticia si el obligado careciere de medios económicos para hacerla efectiva?
97. ¿Es ejecutable el pronunciamiento recaído en primera instancia relativo a la pensión alimenticia aunque la sentencia sea apelada?
98. ¿Deben seguirse los trámites de la ejecución provisional?
99. ¿Se aplica en los procesos de familia el plazo de espera de 20 días previsto en el art. 548 LEC?
100. ¿Es aplicable el plazo de caducidad de la acción ejecutiva del artículo 518 LEC a la pensión alimenticia?