Las familias que soportan molestias vecinales optan por la resignación o incluso por cambiar de vivienda. Hay un camino menos drástico. La Ley nos ofrece mecanismos de control y reprobación de las actividades molestas. Y la Justicia se ha mostrado realmente implacable, como demuestran las numerosas sentencias analizadas en esta obra.
Ahora bien, la demanda judicial requiere una cuidadosa preparación, eligiendo bien la acción legal, la prueba y el petitum. Las condenas que pediremos son muy incómodas para el juzgador, por lo que es importante crear convicción sobre el ilícito y su gravedad. Nos enfrentamos a un pleito muy especial y necesitamos saber cómo responden los tribunales y por qué puede fracasar la demanda. Tenemos que asegurar, en lo posible, una dura condena al vecino molesto para que en el futuro ¡no moleste!
Introducción
Las molestias
Procedimiento judicial
I. La acción
1. Acción de cesación del art. 7.2 LPH
2. Acción negatoria de inmisiones del art. 590 CC
3. Acción de responsabilidad extracontractual. Art. 1.902 CC
4. Acción de protección de relaciones de vecindad. Art. 9 LPH
5. Acción frente a intromisiones del derecho intimidad. Art. 9.2 LOPCDH)
6. Vía contencioso-administrativa
7. Vía penal
II. Especial mención a la acción de cesación del art. 7.2 LPH
1. Supuesto de hecho: Actividades prohibidas, dañosas, molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas
2. Requisitos de la acción del art. 7.2 LPH
A) Requisitos de forma
B) Requisitos de fondo
III. La prueba
IV. Algunas cuestiones interesantes
V. El Suplico de la demanda
VI. Las condenas de privación temporal de uso y de lanzamiento
VII. Los daños morales
Casuística
I. Aparatos de aire acondicionado, refrigeración y climatización
II. Alojamientos turísticos y hostales
III. Árboles
IV. Barbacoas
V. Bares, cafeterías, restaurantes
VI. Campanarios, gallinas y otras molestias del mundo rural
VII. Chimeneas, calderas y campanas extractoras
VIII. Colegios y polideportivos
IX. Comunidad molesta
X. Discotecas, pub, bares de copas, fiestas…
XI. Garajes
XII. Instrumentos musicales y otros ruidos
XIII. Mascotas
XIV. Negocios molestos (otros)
XV. Obras
XVI. Ocupación o uso indebido de espacios comunes y enganches a la luz comunitaria
XVII. Okupas
XVIII. Palomas, murciélagos, golondrinas, aviones y vencejos
XIX. Prostitución
XX. Supermercados y tiendas de alimentación
XXI. Vecino antisocial
Conclusiones
Daniel Madurga Soriano, Abogado