Durante la Vigencia del Derogado art. 1214 CC, la jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo llegó a consolidar una inversión pseudo-legal de la carga probatoria de la culpa en las acciones de responsabilidad extracontractual, en virtud de la cual el perjudicado demandante solo debía probar el daño y el nexo causal, y correspondía al demandado probar su propia diligencia asumiendo, en consecuencia, los efectos perjudiciales en caso de que el órgano judicial no alcanzara el grado necesario de convencimiento al respecto.
La obra, tras revisar el origen de tal supuesta «inversión» de la carga probatoria, las razones de su creación y su fundamentación jurídica, analiza su evolución hasta la fecha, para entender por qué el Tribunal Supremo reniega ahora de lo que se concibió como uno de los «paliativos» frente a los excesos del subjetivismo, qué influencia ha tenido en ello el art. 217 LEC, y qué sustituye, en su caso, al desacreditado «principio de inversión de la carga de la prueba de la culpa» una vez se confirma su desaparición del panorama jurisprudencial.
I. LA CARGA DE LA PRUEBA EN LOS PROCESOS CIVILES: DEL ART. 1214 CC AL ART. LEC
I. Criterios sobre valoración y carga probatorias en procesos civiles durante la vigencia de la LEC 1881 y el art. 1214 CC
II. La repercusión de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
II. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL: INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA DE LA CULPA Y DESBORDAMIENTO DEL PRINCIPIO «PRO DAMNATO»
I. El supuesto «principio» de inversión de la carga de la prueba de la culpa
II. Las supuestas «excepciones» a la inversión de la carga de la prueba de la culpa y sus exclusiones: los servicios profesionales y obligaciones de medios
III. Responsabilidad cuasiobjetiva y desbordamiento del principio «pro damnato»
III. EL REPLANTEAMIENTO DEL «PRINCIPIO» DE INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA DE LA CULPA
I. El cambio de tendencia a finales del siglo XX
II. De la prueba de la culpa a la prueba de la causa
III. Los efectos secundarios del cambio de tendencia: contradicciones, indefinición e inseguridad jurídica
IV. ¿SIGUE VIGENTE UNA «INVERSIÓN DE LA CARGA DE LA PRUEBA» EN LOS PROCESOS DE RESPONSABILIDAD AQUILIANA?
I. Inversión de la carga de la prueba y «quaestiones facti»: la causalidad material
II. Inversión de la carga de la prueba y «quaestiones iuris»: la negligencia
III. Recapitulación: el art. 217 LEC y la inversión de la carga de la prueba
Jurisprudencia Citada
Bibliografía
Anexo jurisprudencial
I. Acuerdo TS, sala primera, pleno, de 27 de enero de 2017
II. Sentencias de la sala primera del tribunal supremo
MARÍA LUISA ARCOS VIEIRA
PROFESORA TITULAR DE DERECHO CIVIL
UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA