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La Segunda Oportunidad tras la Reforma Concursal. LIBRO + WEBINAR

ISBN: 9788412491333

El precio original era: 40,00€.El precio actual es: 40,00€. 38,00 IVA incluido

Hay existencias

Peso 400 g
Fecha de Edición 13/10/2022
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

290

Lugar de edición

MALAGA

Encuadernación

Rústica

Colección

BÁSICOS LEY 57

Editorial

LEY 57, EDITORIAL

EAN

978-84-124913-3-3

Segunda Oportunidad tras la Reforma Concursal

Cuando un sistema jurídico instaura esta figura lo que trata de permitir es que aquél que lo ha perdido todo por haber liquidado la totalidad de su patrimonio en beneficio de sus acreedores, con determinadas excepciones

que analizamos en este manual, pueda verse liberado de la mayor parte de las deudas pendientes tras la referida liquidación. Y se trata igualmente de cuantificar la mejora de fortuna que, eventualmente, permitirá revocar

dicho beneficio por las razones de justicia hacia los acreedores.

Tiene en sus manos un manual práctico, que explicará el nuevo proceso de Segunda Oportunidad, plagado de consejos y Códigos QR que ampliarán la información que precise, y FORMULARIOS que ayudarán a la tarea d

e juristas que se enfrenten a asuntos de esta naturaleza.

LIBRO + WEBINAR : DÍA 10 Octubre a las 17,30

Simultáneamente a la aprobación de la ley 16/2022 de 5 de septiembre, de modificación del Texto Refundido de la Ley Concursal, te ofrecemos un manual práctico con las últimas y trascendentes

modificaciones en vigor desde finales de septiembre de 2022.

UN LIBRO LEGIBLE SIN NECESIDAD DE GAFAS DE CERCA. ADAPTADO A LECTORES CON PRESBICIA. INTERACTIVO, POTENTE, ABSORBENTE Y PRÁCTICO PARA JURISTAS  

 

AUTOR: JOSÉ MARÍA CASASOLA

MÁS TÍTULOS RELACIONADOS: DERECHO MERCANTIL. CONCURSAL

 

ÍNDICE:

PRÓLOGO.

I.- PRESUPUESTOS GENERALES.

– 1.1. De qué hablamos cuando decimos “SEGUNDA OPORTUNIDAD”?

– 1.2.  De la situación de insolvencia del deudor.

– 1.3.- Deudor empresario vs. Deudor no empresario.

1.3.1 ¿Qué se considera actividad empresarial a los efectos de la “segunda oportunidad”?

  1. 3.2. ¿Qué proceso se seguirá si no ha existido tal actividad?
  2. 3.3. ¿Qué proceso se seguirá si existe actividad empresarial?
  3. 3.4. ¿Qué significa “bien necesario para la actividad empresarial”?

– 1.4.- De la pluralidad de acreedores.

– 1.5.- Juzgados competentes y concursos conexos.

– 1.6.- Acerca de la vivienda habitual del deudor.

II.- LA BUENA FE DEL DEUDOR COMO PRESUPUESTO DE LA EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO. CONCEPTO Y JURISPRUDENCIA.

2.1.- La buena fe. Concepto y encuadre en el sistema jurídico español.

2.2.- La buena fe en la exoneración del pasivo insatisfecho.

2.3.- Excepciones a la buena fe.

2.3.1.- Ausencia de condena penal por ciertos delitos.

2.3.2.- Ausencia de sanción tributaria, de la seguridad social o del orden social y de derivación de responsabilidad.

2.3.3.- Concurso no declarado culpable.

2.3.4.- Ausencia de declaración como afectado en el concurso de un tercero declarado culpable.

2.3.5.- Incumplimiento de los deberes de colaboración e información.

2.3.6.- Temeridad o negligencia en el endeudamiento.

2.3.7.- Consideraciones generales.

III.- TRAMITACIÓN CONCURSAL

3.1.      Introducción

3.2.      Tramitación del concurso de persona física

3.2.1.   Normas de derecho transitorio:

3.2.2.   Normas de competencia

3.2.3.   Solicitud:

3.2.3.1.            Presupuestos y solicitud. Necesidad de abogado y procurador

3.2.3.2.            Documentación a incorporar

3.2.3.3.            Masa activa

3.2.4.   Declaración de concurso. Efectos

3.2.4.1.            Auto de declaración de concurso

3.2.4.2.            Efectos de la declaración de concurso

3.2.4.3.            Efectos de la apertura de la fase de liquidación

3.2.5.   Administrador concursal

3.2.5.1.            Nombramiento

3.2.5.2.            Funciones

3.2.5.3.            Retribución

3.2.6.   Concurso sin masa

IV.- EXONERACIÓN DE PASIVO INSATISFECHO (EPI).- CON Y SIN LIQUIDACIÓN.

4.1.- Introducción.

4.2.- Cuestiones Generales.

4.2.1.- Ámbito subjetivo: exclusiones.

4.2.2.- Créditos no exonerables: especial referencia al crédito público.

4.3.- Exoneración con plan de pagos.

4.3.1.- El plan de pagos, duración y contenido.

4.3.2.- Tramitación

4.3.3.- De exoneración provisional a definitiva.

4.4.- Exoneración con liquidación.

4.4.1.- Aspectos generales.

4.4.2.- Especial referencia a la vivienda habitual del deudor.

4.5.- Efectos de la exoneración.

4.5.1.- Efectos de la exoneración sobre los acreedores.

4.5.2.- Efectos de la exoneración sobre el deudor: referencia a los bienes gananciales y a los créditos vinculados a una garantía real.

4.5.3.- Efectos de la exoneración sobre obligados solidarios.

4.6.- Revocación de la exoneración.

V.- ANEXO INFRACCIONES TRIBUTARIAS con trascendencia en la Segunda Oportunidad.

VI.- FORMULARIOS.

6.1. Solicitud de concurso persona física SIN MASA NO EMPRESARIA.

6.2. Solicitud EPI concurso persona física SIN MASA NO EMPRESARIA.

6.3. Plan de pagos.

6.4. Solicitud de Epi SIN liquidación (plan de pagos)

6.5. Solicitud de EPI CON liquidación.

6.6. Resolución admitiendo a trámite

6.7. Concesión de Epi PROVISIONAL con y sin liquidación

6.8. Solicitud de Epi definitivo si había plan de pagos

6.9. Concesión Epi DEFINITIVO

Autores:

  • José María Casasola. LAJ Juzgado Mercantil 1 y 3 de Málaga.
  • Fernando Santiso. LAJ Juzgado Mercantil 3 de A Coruña.
  • Ana Armijo. Abogada y Administradora Concursal.
  • Carlos Cómitre. Abogado y Administrador Concursal.

PROLOGUISTA: Doña Nuriel Fachal. Magistrada Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña.