Abolición internacional de la Pena de Muerte
Cuestión de sentido y sensibilidad
La abolición de la pena de muerte es una cuestión de sentido y sensibilidad.
Es de sentido porque deriva de lo que hemos aprendido: la pena de muerte no sirve a una mejor prevención general de los delitos de sangre. Es una pena que excluye la función resocializadora, que es la única legitimación de los castigos. El error judicial es más frecuente de lo que se cree, como se advirtió cuando se pudieron iniciar los análisis de pruebas con ADN y el error resulta irreversible.
Es, además, un asunto de sensibilidad, pues la ejecución capital se produce casi siempre de modo cruel e inhumano.
Por sentido y sensibilidad la interpretación de los artículos seis y siete del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reclama que la proscripción de la pena de muerte sea considerada una exigencia de ius cogens.
Autor:
Luis Arroyo Zapatero, Rector Honorario de la Universidad de Castilla-La Mancha. Catedrático de Derecho penal y Director del Instituto de Derecho penal europeo e internacional. Presidente de la Société Internationale de Défense Sociale. Miembro del Consejo científico asesor del Instituto Max-Plank de Derecho penal extranjero e internacional de Friburgo de Brisgovia y Vicepresidente del mismo hasta 2018 y miembro del Comité Científico de la Comisión Interministerial del Gobierno de España para el 80 aniversario del Exilio. Miembro de la Academia de Ciencias Morales y Políticas de Paris.
ÍNDICE
Prólogo. Contra la pena de muerte: sentido y sensibilidad 11
I. Pena de muerte. Historia y perspectivas de su abolición universal 21
II. La prohibición de las penas crueles e inhumanas, la abolición universal de la Pena de Muerte y los Objetivos del Milenio 53
III. Actores, factores y procesos en el camino de la abolición universal de la Pena de Muerte 73
IV. Francisco de Goya: contra la crueldad del sistema penal y la Pena de Muerte 91
V. La Pena de Muerte como trato cruel, inhumano y degradante 111
VI. La metáfora de la crueldad en la cultura y en el Derecho Internacional 123
VII. La Pena de Muerte es inadmisible para la Iglesia Católica: la reforma del Catecismo del Papa Francisco y sus consecuencias 135
VIII. Pena de Muerte y tráfico de drogas 151
IX. Los lugares de ejecución en la ciudad de México* 165
X. La Pena de Muerte en el Código Penal de 1822 183
XI. La abolición de la Pena de Muerte es una norma imperativa de derecho internacional general (ius cogens) 211
Bibliografía 217
Anexo 239