Visión conjunto contrato fijo discontinuo
El contrato fijo-discontinuo ha recibido un aldabonazo con la profunda reforma legislativa de las modalidades de contratos de trabajo. La extensa redacción del actual artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores da cuenta de la importancia que el legislador de 2021 le ha querido otorgar a la figura, fomentando su uso y aquilatando, de la mejor manera posible, que no es fácil, los derechos y deberes de las partes.
Como figura atípica que es (cuerpo de indefinido-alma de temporal) presenta unas peculiaridades que los resortes prototípicos de la legislación laboral a veces —bastantes— no abordan bien. A aclarar las dudas interpretativas, pues, viene este proyecto, por otra parte, inédito hasta ahora en el panorama editorial español.
Con una redacción fluida (se puede leer de una tirada con la sensación cuando se acaba de: «comprendo de qué va este contrato»), y que huye de oscuros tecnicismos que más que provocar la lectura lo que hacen es disuadirla, el texto está pensado en todo momento en el asesor laboral para que tenga las respuestas a las preguntas que le hagan sus clientes.
De una forma sistemática, desgranando en profundidad, lineal y sucesivamente, cada apartado de ese artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores (también se adentra en la Ley General de la Seguridad Social), el lector va a encontrar fácilmente el tema en concreto sobre el que se quiera consultar. Con el importante valor añadido de que en cada capítulo se recoge una relación de sentencias sobre el particular, exégesis que no se limita a una mera pincelada del asunto que trata cada resolución de nuestros tribunales, sino que las escudriña hasta el fondo.
AUTOR: JOSÉ ROBERTO GUTIÉRREZ ARRANZ
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