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Registro civil. Legislación básica y disposiciones complementarias

ISBN: 9788411694612

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Fecha de Edición 16/06/2023
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro

Páginas

506

Lugar de edición

VALENCIA

Encuadernación

Rústica

Colección

TEXTOS LEGALES TIRANT LO BLANCH

Editorial

TIRANT LO BLANCH, EDITORIAL

EAN

978-84-1169-461-2

Registro civil Legislación básica y disposiciones complementarias

 

Texto redactado conforme a la Ley 6/2021, de 28 de abril (con entrada en vigor el día 30 de abril de 2021) y modificado por la Ley 8/2021, de 2 de junio (con entrada en vigor el 3 de septiembre de 2021)

OBSERVACIONES SOBRE LA GRADUAL ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 20/2011, DEL REGISTRO CIVIL        15
A)    Los sucesivos aplazamientos y reformas        15
B)    La gradual entrada en vigor de la Ley        18
C)    Régimen jurídico de las Oficinas, de los Asientos, de los Encargados y del personal del Registro Civil según la Ley 6/2021, de 28 de abril        23
NOTA INFORMATIVA DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA LA INNOVACIÓN Y CALIDAD DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 6/2021, DE 28 DE ABRIL, DE REFORMA DE LA LEY 20/2011 (2021-04-30)        33
A) LEGISLACIÓN BÁSICA
1.    Ley 20/2011, de 21 de julio, DEL REGISTRO CIVIL        37
PREÁMBULO        37
Título I. El registro civil. Disposiciones generales        43
Capítulo primero. Naturaleza, contenido y competencias del registro civil        43
CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y deberes ante el registro civil        47
Título II. Principios de funcionamiento del registro civil        48
Título III. Estructura y dependencia del registro civil        50
CAPÍTULO PRIMERO. Oficinas del registro civil        50
Capítulo segundo. La Dirección General de los Registros y del Notariado        53
Título IV. Títulos que acceden al Registro Civil. Control de legalidad        53
CAPÍTULO PRIMERO. Títulos que acceden al Registro Civil        53
CAPÍTULO SEGUNDO. Control de legalidad        54
Título V. Los asientos registrales        55
CAPÍTULO PRIMERO. Competencia para efectuar los asientos        55
CAPÍTULO SEGUNDO. Reglas generales para la práctica de asientos        56
CAPÍTULO TERCERO. Clases de asientos        57
CAPÍTULO CUARTO. Promoción de la inscripción y de otros asientos        58
Título VI. Hechos y actos inscribibles        59
CAPÍTULO PRIMERO. Inscripción de nacimiento        59
SECCIÓN 1.ª Hecho inscribible y personas obligadas a promover la inscripción        59
SECCIÓN 2.ª Contenido de la inscripción de nacimiento        64

CAPÍTULO SEGUNDO. Inscripciones relativas al matrimonio        68
CAPÍTULO TERCERO. Inscripción de la defunción        74
CAPÍTULO CUARTO. Otras inscripciones        76
CAPÍTULO QUINTO. Inscripciones en circunstancias excepcionales        79
Título VII. Publicidad del Registro Civil        79
CAPÍTULO PRIMERO. Instrumentos de publicidad registral        79
CAPÍTULO SEGUNDO. Datos sometidos a régimen de protección especial        81
Título VIII. Régimen de recursos        82
Título IX. Los procedimientos registrales        83
CAPÍTULO PRIMERO. Reglas generales de los procedimientos registrales        83
CAPÍTULO SEGUNDO. Rectificación de los asientos del Registro Civil        84
CAPÍTULO TERCERO. Declaraciones con valor de simple presunción        84
Título X. Normas de Derecho internacional privado        85
DISPOSICIONES ADICIONALES        88
DISPOSICIONES TRANSITORIAS        93
DISPOSICIÓN DEROGATORIA        99
DISPOSICIONES FINALES        99
2.    Normas transitoriamente aplicables de la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil        105
2.1.    Disposición Transitoria Primera de la Ley 20/2011, del Registro Civil        105
–    Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil:        105
–    Decreto de 14 de noviembre de 1958, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Registro Civil        105
2.2.    Disposición Transitoria Tercera de la Ley 20/2011, del Registro Civil        110
–    Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil:        110
2.3.    Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 20/2011, del Registro Civil        110
–    Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil:        111
2.4.    Disposición Transitoria Quinta de la Ley 20/2011, del Registro Civil        116
–    Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil:        116
2.5.    Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria        117

3.    Modificaciones de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil        119
a) Realizadas antes de su completa entrada en vigor        119
3.1.    RDL 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia        119
3.2.    Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria        122
Disposición final cuarta        122
Disposición final quinta        122
Disposición final sexta        123
Disposición final séptima        123
Disposición final vigésima primera 3 y 4        123
3.3.    Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil        124
Artículo segundo        124
Disposición adicional tercera        124
Disposición adicional cuarta        125
Disposición transitoria segunda        125
Disposición transitoria tercera        125
Disposición derogatoria única        125
3.4.    Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas        126
Disposición final primera        126
3.5.    Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia        127
Disposición final quinta. Modificación de la disposición final décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil        127
3.6.    Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil        128
Preámbulo        128
Artículo único. Modificación de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil        132
Disposición adicional única        134
Disposición final primera        134
Disposición final segunda        134

b) Modificaciones posteriores        134
3.7.    Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica        134
3.8.    Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI        135
4.    Ley Orgánica 6/2021, de 28 de abril, complementaria de la Ley 6/2021, de 28 de abril por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal        141
Preámbulo        141
Artículo primero        142
Disposición final        144
B) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
5.    Informatización de los registros civiles        147
5.1.    Orden de 19 de julio de 1999, del Ministerio de Justicia, sobre informatización de los Registros Civiles        147
5.2.    Orden de 1 de junio de 2001 sobre libros y modelos de los Registros Civiles Informatizados        156
5.3.    Orden JUS/1468/2007, de 17 de mayo, sobre Impulso a la informatización de los Registros Civiles y digitalización de sus archivos        164
5.4.    Instrucción de 28 de mayo de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre funcionamiento y organización de los Registros Civiles delegados a cargo de los Juzgados de Paz y su informatización        181
5.5.    Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se determinan los requisitos y condiciones para la tramitación electrónica y expedición automática de las certificaciones de nacimiento y matrimonio        200
5.6.    Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg, a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil        205
5.7.    Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se modifican las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación Informática Dicireg, a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, aprobados por Instrucción de 16 de septiembre de 2021        229
6.    Efectos civiles del matrimonio celebrado en forma religiosa        233
6.1.    Acuerdo de 3 de enero de 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede, sobre asuntos jurídicos        233
6.2.    Ley 24/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España        234
6.3.    Ley 25/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Federación de Comunidades Judías de España        235
6.4.    Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España        237
6.5.    Orden JUS/577/2016, de 19 de abril, sobre inscripción en el Registro Civil de determinados matrimonios celebrados en forma religiosa y aprobación del modelo de certificado de capacidad matrimonial y de celebración de matrimonio religioso        238
7.    Rectificación de la mención del sexo y cambio de nombre de personas transexuales        245
7.1.    Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas        245
7.2.    Instrucción de 23 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre cambio de nombre en el Registro Civil de personas transexuales        249
8.    Nacionalidad        259
8.1.    Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática        259
C) INSTRUCCIONES Y CIRCULARES DE INTERÉS
9.    Adopción internacional y nacionalidad española        265
9.1.    Resolución-Circular de 31 de octubre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia de adopciones internacionales        265
9.2.    Instrucción de 28 de febrero de 2006 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre competencia de los Registros Civiles Municipales en materia de adquisición de nacionalidad española y adopciones internacionales        279
9.3.    Resolución-Circular de 15 de julio de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre reconocimiento e inscripción en el Registro Civil español de las adopciones internacionales        301
9.4.    Instrucción de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática        336
10.    Filiación y apellidos        349
10.1.    Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución        349
10.2.    Instrucción de 23 de mayo de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre apellidos de los extranjeros nacionalizados españoles y su consignación en el Registro Civil español        354
10.3.    Instrucción de 24 de febrero de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre reconocimiento de los apellidos inscritos en los Registros Civiles de otros países miembros de la Unión Europea        362
10.4.    Resolución-Circular de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de 19 de abril de 2021, sobre cambio de criterio interpretativo del Artículo 200 del Reglamento del Registro civil        368
11.    Matrimonio        373
11.1.    Resolución-Circular de 29 de julio de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre matrimonios civiles entre personas del mismo sexo        373
11.2.    Instrucción de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre los matrimonios de complacencia        394
11.3.    Instrucción de 10 de enero de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre lugar de celebración de matrimonios civiles por los alcaldes        420
11.4.    Instrucción de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la tramitación del procedimiento de autorización de matrimonio ante notarios        423
11.bis. Intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos del Registro Civil        439
11.bis.1. Instrucción de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos del Registro Civil tras la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil        439
D) Convenios internacionales
12.1.    Convenio de 4 de septiembre de 1958, relativo al Intercambio internacional de información en materia de estado civil, con el Protocolo Adicional de 6 septiembre 1989, que figura en Anexo        445
12.2.    Convenio de 4 de septiembre de 1958, relativo a los cambios de apellidos y de nombres        453
12.3.    Convenio número 6 de la Comisión Internacional del Estado Civil, de 12 de septiembre de 1962, relativo a la determinación de la filiación        456
12.4.    Convenio relativo a las disposiciones rectificativas de actas de Estado Civil, firmado en París, el 10 de septiembre de 1964        459
12.5.    Convenio número 10 de la Comisión Internacional del Estado Civil, de 14 de septiembre de 1966, relativo a la constatación de ciertas defunciones        463
12.6.    Convenio número 16 de la Comisión Internacional del Estado Civil, sobre expedición de certificaciones plurilingües de las actas del Registro civil, hecho en Viena el 8 de septiembre de 1976        467
12.7.    Convenio número 17 de la Comisión Internacional del Estado Civil, de 15 de septiembre de 1977, sobre dispensa de legalización de ciertos documentos        473
12.8.    Convenio número 19 de la Comisión Internacional del Estado Civil, de 5 de septiembre de 1980, relativo a la ley aplicable a los nombres y apellidos        477
12.9.    Convenio de 5 de septiembre de 1990, sobre reconocimiento y actualización de los libros del estado civil        481
12.10.    Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la expedición de certificados de nacionalidad, hecho en Lisboa el 14 de septiembre de 1999, firmado en Berna el día 23 de julio de 2009        486
12.11.    Relación de Convenios de doble nacionalidad suscritos por España        495

ÍNDICE ALFABÉTICO        497

CRISTINA DOMÉNECH GARRET, Licenciada en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster en Derecho Privado-Especialidad Mercantil, por la Universidad Complutense de Madrid.

Magistrada suplente: de la Audiencia Provincial de Madrid (Secciones civil) en los años judiciales 2011/2012, 2012/2013, 2013/2014, 2014/2015, 2015/2016, 2016/2017 continuando actualmente. De la Audiencia Provincial de Valencia (Secciones civil) desde el 29 de mayo de 2008 hasta el fin del año judicial 2007/2008; y años judiciales 2008/2009 y 2009/2010. De la Audiencia Provincial de Castellón (Secciones civil, mercantil y penal) desde el 20 de noviembre de 2.000 hasta el fin del año judicial 2.000/2001, y años judiciales: 2.001/2.002; 2.002/2.003; 2.003/2.004; 2.004/2.005; 2.005/2006; 2.006/2.007; 2.007/2.008 hasta el 27 de mayo de 2008. Juez sustituta de los Juzgados de Valencia (civil y penal) desde el mes de mayo de 2010 para los años judiciales 2009/2010 y 2010/2011, y de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Catarroja (Valencia) (orden civil, mercantil y penal) en los años judiciales 1997/1998, 1998/1999, 1999/2000 cesando como tal Juez sustituta el 17 de noviembre de 2000.