Prórrogas en el arrendamiento de vivienda art. 10 LAU 29;1994 y extraordinaria
El art. 10 LAU 29/1994 ha sido modificado hasta cuatro veces: por la Ley 4/2013, de 4 de junio, el RDL 21/2018, de 14 de diciembre, el RDL 7/2019, de 1 de marzo, y recientemente, por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda, que añade dos apartados con posibilidad de solicitar dos nuevas prórrogas extraordinarias. Resulta fundamental tener en cuenta las fechas de los contratos respecto al plazo de la prórroga, el requerimiento y la antelación necesaria para la no renovación, y destaca especialmente la renuncia a dicha prórroga. En este análisis de jurisprudencia mostramos las sentencias más relevantes.
Por otra parte, incluimos novedosas resoluciones sobre la prórroga extraordinaria de seis meses, que tuvo lugar como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, introducida por el RDL 11/2020, de 31 de marzo.
ÍNDICE
Prórroga del art. 10 LAU 29/1994
Duración
Plazo de tres años en contrato anterior a la reforma Ley 4/2013
Plazo de un año en contrato posterior a la reforma Ley 4/2013
Renuncia
Validez de la cláusula
Nulidad de la cláusula
Requerimiento
Legitimación activa
Legitimación pasiva de terceros
Preaviso
Plazo de un mes. Contrato posterior al 1 de enero de 1995
Plazo de 30 días. Contrato posterior al 6 de junio de 2013
Efectos de no recepción por el arrendatario
Destinatario desconocido
Burofax
Prórroga extraordinaria COVID-19
Solicitud del arrendatario
Plazo para solicitarla
Límites