Tradición jurídica y sociedad actual: el principio del favor debilis
Las bases de la sociedad occidental y de sus ordenamientos jurídicos, se asientan sobre los principios del Humanismo cristiano.
En el ámbito del Derecho público, el cristianismo aportó la génesis de los principios de dignidad e igualdad de las personas,
al considerar que todos, libres o esclavos, señores o siervos, eran iguales ante Dios, así como en el desarrollo de los conceptos de piedad
y de caridad. En el campo del Derecho familiar, el cristianismo fue determinante en el establecimiento de la legitimación de los hijos
naturales, y en la obligación de dar alimentos a esposa e hijos. En la esfera del Derecho privado, influyó en el otorgamiento de personalidad
jurídica a las fundaciones pías, en el desarrollo del principio favor debitoris, que implicaba que cualquier transacción jurídica se interpretaría
a favor del deudor. Hoy, sin embargo, padecemos una crisis moral sin precedentes, donde nuestros valores más tradicionales están siendo
cuestionados. Investigar la influencia y el tipo de relaciones que ha tenido el cristianismo con las diferentes comunidades en las que se
ha insertado es fundamental para la regeneración de la sociedad del siglo XXI que, necesariamente, para su recuperación,
debe construirse sobre principios sólidos, enraizados en nuestra tradición cristiana. Uno de esos principios fundamentales es ?
el favor debilis?; un principio de aplicación a todo tipo de relaciones jurídicas, como las relaciones laborales, el derecho penal,
la protección del consumidor o del menor, informándolas y sirviendo de pauta interpretativa, por lo que precisamente, en estos momentos,
es más que conveniente analizar su operatividad para la búsqueda de soluciones ante la crisis que nos afecta.
Tradición jurídica y sociedad actual: el principio del favor debilis AUTOR : García Vilardell, María Rosa