Régimen jurídico internacional para la no proliferación de las armas biológicas y químicas
El panorama geoestratégico actual ha puesto en evidencia la amenaza que plantean las armas biológicas y químicas para la seguridad internacional. Para hacer frente a esta amenaza, el Derecho internacional cuenta con instrumentos de hard law y de soft law, imperfectos pero complementarios entre sí, con los que aspira a controlar una serie de materiales biológicos y químicos de doble uso civil y militar.
- Análisis de las industrias biológica y química y las exportaciones de sus productos juegan un papel relevante.
- Estudia la interrelación entre los mecanismos de Derecho internacional (hard law y soft law) y la complementariedad que los caracteriza.
- Compila y analiza el régimen jurídico internacional actual y valora, a su vez, las amenazas potenciales –el terrorismo, el desarrollo científico y tecnológico, el comercio global– que requieren de una constante adaptación.
El panorama geoestratégico actual ha puesto en evidencia la amenaza que plantean las armas de destrucción masiva, y en concreto las biológicas y las químicas, para la seguridad internacional. La guerra internacionalizada en Siria, la pandemia de COVID-19 o la invasión rusa en Ucrania muestran la necesidad de ejercer un control férreo sobre una serie de materiales que, ante el desarrollo tecnológico acelerado y el comercio internacional globalizado, pueden utilizarse para fines civiles, pero también militares. El Derecho internacional cuenta con tratados cuasi universales de desarme biológico y químico. Sin embargo, estos adolecen de limitaciones que constriñen su efectividad. Este trabajo analiza los mecanismos adicionales establecidos en el ámbito de las Naciones Unidas -la Resolución 1540 (2004)-, la Organización Mundial del Comercio, la Organización Mundial de Aduanas y demás instrumentos de soft law para la no proliferación biológica y química y el control sobre las exportaciones de doble uso. Su estudio conjunto muestra la complementariedad y el refuerzo mutuo entre el hard law y el soft law en este ámbito, y refleja la evolución necesaria y constante del Derecho internacional para adaptarse al contexto y circunstancias presentes.