Legitimidad constitucional de la gestación por sustitución solidaria en el ordenamiento jurídico
En el presente trabajo se reflexiona en torno a los derechos, bienes y valores de relevancia constitucional. Que podrían quedar incididos ante una posible legalización de la gestación por sustitución en el ordenamiento jurídico español. Entra de lleno en la problemática de la gestación por sustitución desde la perspectiva del Derecho constitucional. Dejando a un lado el plano filosófico, ético o moral, alejándose de cualquier ideología política o religiosa.
Se trata de analizar la gestación por sustitución con la lente de los derechos fundamentales, concluyéndose que en España podría ser legitimada, al menos la que tiene un fundamento solidario, y que, practicándose fuera de nuestras fronteras, el legislador debe empezar a solucionar las implicaciones jurídicas que tal forma de reproducción genera. Resulta inaplazable superar la nulidad de esta clase de acuerdos (art. 10 de la actual LTRH) pues ello no ha evitado que se realicen, tanto clandestinamente como en otros Estados que los permiten, con un elevado riesgo de violación de los derechos fundamentales de las partes más necesitadas de protección: la madre-mujer gestante y el menor nacido. Sin duda, la opción legislativa en favor de la admisión de esta técnica de reproducción, con carácter excepcional y altruista, es el gran reto de nuestro Derecho.