Relevo generacional en cooperativas y sociedades laborales
Favorecer el relevo generacional en entidades de economía social es una de las líneas de acción de la Estrategia Española para la economía social 2023-2027. Y para ello se apuesta por el diseño de un plan integral de apoyo a empresas de economía social con problemas de relevo generacional. Pero es la propia cooperativa o sociedad laboral la que ha de saber cuáles son los instrumentos jurídicos con los que cuenta para articular una estrategia planificada de relevo. Que permita garantizar la supervivencia y solvencia de la empresa pese a la renovación gradual o incluso total del grupo de socios.
Se parte de un análisis general del relevo generacional como objetivo estratégico del estado social y como eje de la política europea del pleno empleo. Para adentrarse tanto en las prácticas innovadoras de gestión de la edad para el empleo como en los instrumentos mercantiles válidos para acometer planes de relevo. En especial las reestructuraciones empresariales, y en la gestión de la edad en los órganos de gestión de las empresas.
Toca el turno al análisis de los instrumentos que el derecho de sociedades pone al servicio de los socios de cooperativas y sociedades laborales para su reemplazo por cuestión de edad, salud o en el peor de los casos, fallecimiento.
Desde la perspectiva laboral se da cuenta de las opciones a disposición de la empresa. Para la incorporación de talento joven y senior a la propiedad de los medios de producción y de las circunstancias legales que acompañan el fin de la vida activa del socio. Y como cierre, también las normas fiscales tienen margen en los cambios de socios de cooperativas y sociedades laborales.