Principios y criterios de gobierno corporativo en el nombramiento de consejeros de la sociedad cotizada
El régimen de nombramiento de consejeros de la sociedad cotizada así como la composición y estructura de su órgano de administración, responde a una pluralidad de normas específicas y diferentes
del resto de sociedades mercantiles de capital. Al resultarle de aplicación disposiciones de Derecho público, privado, y de cumplimiento voluntario, consecuencia del especial interés que dichas entidades
suscitan por su compleja estructura, significativa relevancia económica, e influencia en el mercado económico. Que ha generado una especial regulación sobre el proceso de nombramiento de quienes
habrán de desempeñar las más altas funciones de gestión, representación y control.
La práctica parece indicar que es el propio consejo de administración quien promueve el nombramiento de sus propios miembros a través de las propuestas de su comisión de nombramientos y
retribuciones, y que luego habitualmente refrenda la junta general de accionistas, bien sea por la dispersión accionarial, bien por el propio control del consejo sobre paquetes accionariales de relevancia.
Ello supone, por tanto, plantear si existen o no eficaces mecanismos de control y supervisión, lo que ha provocado una respuesta normativa al respecto. Ahora bien, las sociedades cotizadas son entes
privados, por lo que, como expuso parte de la doctrina, se plantea si la promulgación de determinadas normas han pretendido interferir en la esfera privada de estas entidades. No obstante, el caso español
es significativamente distinto respecto a otros modelos comparados, pues buena parte de las más importantes compañías de nuestro país ostentan relación o incidencia con el interés público o los sectores
regulados, lo que podría justificar tal intervención legislativa. Ello sin perjuicio, además, de la necesaria respuesta que ha de producirse ante la realidad social, como la especial adecuación de los consejeros
nombrados, o el equilibrio entre mujeres y hombres en el seno del consejo de administración. En consecuencia, se trata de ofrecer una visión global de tales cuestiones, su incidencia en el nombramiento de
consejeros de la sociedad cotizada. Y una visión analítica sobre si ello contribuye o no de forma efectiva a la mejora del gobierno corporativo de esta clase de entidades.
AUTOR: ENRIQUE FERNÁNDEZ-SORDO LLANEZA
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ÍNDICE
CAPÍTULO I LA SOCIEDAD COTIZADA: UNA VISIÓN GLOBAL DE LA PROBLEMÁTICA
ACTUAL
1. IDEAS SOBRE EL RÉGIMEN ESPECÍFICO DE COMPOSICIÓN DE ÓRGANOS SOCIALES
DE LA SOCIEDAD COTIZADA
2. LA SINGULAR DIMENSIÓN ESTRUCTURAL Y ECONÓMICA DE LA SOCIEDAD COTIZADA
A) La sociedad cotizada como sociedad anónima
B) La relevancia de la sociedad cotizada en el sistema económico
3 LA CONFLUENCIA DE INTERESES
A) El interés social
B) Los accionistas
C) Las instrucciones de la junta al órgano de administración y los problemas de agencia
CAPÍTULO II EL GOBIERNO CORPORATIVO COMO RESPUESTA
1. EL MOVIMIENTO DEL GOBIERNO CORPORATIVO
A) El contexto de algunos sucesos que motivan su nacimiento
B) Los principios de buen gobierno corporativo como reacción y respuesta
2. LOS ÓRGANOS SOCIALES EN EL MODELO COMPARADO
A) La evolución de los principios de gobernanza en el Derecho comparado
B) Ideas en torno al movimiento de buena gobernanza a nivel internacional global: los
Principios de la OCDE
C) Análisis de dos concretos modelos comparados: criterios de selección
D) El nombramiento de consejeros en el derecho estadounidense
E) La composición del consejo de administración en el modelo alemán
3. LAS NUEVAS TENDENCIAS EN LA NORMATIVA EUROPEA SOBRE CRITERIOS DE
GOBERNANZA
A) El continuo proceso de actualización
B) Sucinta referencia a la Directiva de información sobre sostenibilidad
C) La Directiva sobre equilibrio de género
CAPÍTULO III LA REFORMA LEGISLATIVA ESPAÑOLA EN MATERIA DE GOBIERNO
CORPORATIVO
1. UN RÉGIMEN JURÍDICO PROPIO
2. SIGNIFICACIÓN DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS DE 2013
3. AUTORREGULACIÓN FRENTE A INTERVENCIÓN LEGISLATIVA
CAPÍTULO IV NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS Y ESTRUCTURA DEL CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN
1. EL NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS POR LA JUNTA GENERAL
A) Estado de la cuestión
B) El impulso de las competencias de la junta
C) El reglamento de la junta general
D) Los nombramientos especiales
E) Las cláusulas limitativas al derecho de voto
2. EL MODELO DE ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
A) El sistema de gestión y supervisión
B) Las comisiones del consejo unitario como forma de organización de la dualidad de
funciones
C) El reglamento del consejo de administración
3. ESPECIALIDADES RELATIVAS AL NOMBRAMIENTO Y COMPOSICIÓN SUBJETIVA DEL
CONSEJO
A) La tipología de consejeros
B) Determinados aspectos de la selección y nombramiento de consejeros
C) La cuestión de la separación de cargos entre presidente y primer ejecutivo
ENRIQUE FERNÁNDEZ-SORDO LLANEZA
Doctor en Derecho Mercantil, Universidad San Pablo CEU.
Licenciado en Derecho, Universidad Complutense de Madrid.
Máster en Derecho privado Mercantil, Universidad Complutense de Madrid