Discriminación por razón del estado serológico el caso del VIH
Ya han pasado más de cuatro décadas desde que se publicasen los primeros casos de una disfunción del sistema inmunitario cuyo origen era un virus desconocido, posteriormente denominado como virus de la inmunodeficiencia humana (VIH). Que causaba el síndrome de inmunodeficiencia humana adquirida (Sida). El VIH y el Sida tienen una dimensión ético-jurídica junto a la dimensión científico-médica pues desde el inicio de la epidemia se plantearon cuestiones controvertidas que afectaban a los derechos de las personas que viven con el VIH.
El hecho de que el VIH se haya considerado como una amenaza existencial. No solo de la persona sino de la propia sociedad, ha contribuido a que se hayan aprobado normas jurídicas que limitan la participación en la sociedad de las personas que viven con el VIH. Aunque al inicio de la epidemia algunas restricciones y tratos diferenciados pudieran estar justificados por la aplicación del principio de precaución y el desconocimiento que existía. Una vez que las vías de transmisión se identificaron, que se adoptaron las medidas universales de prevención de la transmisión y, sobre todo, desde que se dispone de un tratamiento farmacológico que es seguro y eficaz para prevenir la transmisión, la inmensa mayoría de las restricciones y los tratos diferenciados han dejado de tener sentido.
En este libro se presentan tres tipos de discriminación (directa, indirecta y por asociación) por razón del estado serológico, como una causa diferenciada respecto a la enfermedad y a la discapacidad, que se producen en España hacia las personas que viven con el VIH.