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La pensión compensatoria por separación o divorcio

ISBN: 9788411476737

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Hay existencias

Fecha de Edición 20/01/2023
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

1

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

240

Lugar de edición

VALENCIA

Encuadernación

Rústica

Colección

POR SU ORDEN -TIRANT

Editorial

TIRANT LO BLANCH, EDITORIAL

EAN

978-84-1147-673-7

La pensión compensatoria por separación o divorcio

El presente libro tiene como finalidad proporcionar al lector criterios prácticos, sustantivos y procesales, con los que manejarse ante los Tribunales en el tema de la pensión compensatoria, por separación o divorcio. Se exponen todas las reglas jurisprudenciales existentes en la materia, relativas a los presupuestos de la pensión, al desequilibrio económico, a la cuantificación, modificación y extinción de aquella, sin olvidar el delicado tema de los pactos en previsión de futuras crisis familiares. Al final de cada capítulo hay un esquema orientativo, conteniendo el último de ellos una serie de formularios, útiles para los prácticos del Derecho de familia.

Capítulo 1
PRESUPUESTOS DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA
JOSÉ RAMÓN DE VERDA Y BEAMONTE
I.    CONSIDERACIONES PRELIMINARES        17
II.    LA REINTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL DEL PRECEPTO: LA IDENTIFICACIÓN DEL DESEQUILIBRIO CON LA PÉRDIDA DE OPORTUNIDADES        19
III.    EL FUNDAMENTO Y NATURALEZA DE LA COMPENSACIÓN        21
IV.    PRESUPUESTOS DE LA COMPENSACIÓN        25
1.    La previa existencia de un matrimonio        25
2.    La separación o el divorcio        29
3.    El desequilibrio económico causado por la separación o el divorcio        33
Capítulo 2
EL DESEQUILIBRIO ECONÓMICO
JOSÉ RAMÓN DE VERDA Y BEAMONTE
I.    CRITERIOS JURISPRUDENCIALES PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DEL DESEQUILIBRIO ECONÓMICO COMPENSABLE        38
1.    La realización de un trabajo retribuido que permita mantener la independencia económica, sin sacrificio de la promoción profesional, excluye el desequilibro, aunque exista una disparidad notoria en la respectiva cuantía de los salarios        38
2.    El trabajo intermitente fuera de casa no excluye el desequilibrio en perjuicio de quien se ocupó de la familia durante una parte significativa de la duración del matrimonio, especialmente, si se trata de trabajos esporádicos escasamente retribuidos        40
3.    La reducción de la jornada laboral para atender a la familia da lugar a un desequilibrio económico moderado        42
4.    La existencia del desequilibrio debe valorarse en el contexto de las medidas definitivas adoptadas en la separación o divorcio, en particular, en materia de atribución del uso de la vivienda familiar y de alimentos        43
5.    La existencia de un régimen de sociedad de gananciales puede excluir o paliar el desequilibrio        44
6.    La futura liquidación de la sociedad de gananciales como posible circunstancia que permite superar el inicial desequilibrio que motiva la concesión de una pensión temporal        47
7.    La compensación del art. 97 CC es compatible con la del art. 1438 CC, aunque, concedidas ambas, la cuantía de una condiciona la de la otra        48
8.    La compensación por desequilibrio es teóricamente compatible con una pensión de alimentos en caso de separación        50
II.    MOMENTO DE APRECIACIÓN DEL DESEQUILIBRIO: REGLA GENERAL Y EXCEPCIONES        52
1.    El desequilibrio debe apreciarse en el momento de la ruptura de la convivencia, cuando existe una separación de hecho prolongada, con anterioridad a la presentación de la demanda, que evidencia una situación consolidada de independencia económica        52
2.    Posibilidad de conceder una pensión compensatoria sujeta a la condición suspensiva de pérdida de un puesto de trabajo en la empresa del otro cónyuge        54
3.    La sentencia de divorcio no puede conceder una compensación, si la misma no fue establecida en la previa sentencia de separación        56
Capítulo 3
FORMAS DE SATISFACCIÓN DE LA COMPENSACIÓN
JOSÉ RAMÓN DE VERDA Y BEAMONTE
I.    CONSIDERACIONES PRELIMINARES        60
II.    PRESTACIÓN ÚNICA O PENSIÓN PERIÓDICA        60
III.    CARÁCTER INDEFINIDO O TEMPORAL DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA        62
1.    Planteamiento de la cuestión        62
2.    La convicción del juzgador de que el acreedor de la pensión podrá superar el desequilibrio en un tiempo concreto como criterio de decisión para establecer una pensión de carácter temporal        64
A)    La posibilidad de vender una casa en un futuro no puede fundamentar un juicio prospectivo favorable a la temporalidad de la pensión, si no se aporta un estudio de mercado específico        65
B)    La expectativa de la futura liquidación de la sociedad de gananciales no es una circunstancia que, por sí misma, permita establecer la temporalidad de la pensión, siendo necesario concretar en qué medida la liquidación permitirá superar el desequilibrio económico al perceptor en el plazo determinado        66
C)    La previsible percepción de una pensión de jubilación permite limitar el cobro de la pensión compensatoria hasta el momento en que aquella tenga lugar        68
D)    La mera expectativa de percibir una pensión por invalidez o una pensión no contributiva no autoriza a establecer una pensión de carácter temporal, si no se acredita con la suficiente certidumbre la posibilidad de percibirla y su cuantía         69
3.    Circunstancias valoradas en orden al establecimiento de pensiones indefinidas        70
A)    La avanzada edad y la falta de cualificación profesional del perceptor        70
B)    El mal estado de salud del perceptor        71
C)    La cualificación profesional del perceptor, que tiene cierta edad y carece de experiencia laboral        72
D)    La falta de cualificación de un perceptor joven        73
4.    Circunstancias valoradas en orden al establecimiento de pensiones temporales        74
A)    La edad, no excesivamente avanzada, unida a la cualificación profesional del perceptor        75
B)    La disminución de intensidad de la dedicación futura del perceptor a la familia        76
5.    La revisión casacional del carácter temporal o indefinido de la pensión        77
6.    La aplicación de las causas de modificación y extinción de la pensión compensatoria a las concedidas con carácter temporal        78
7.    La posibilidad de conversión en temporal de la pensión indefinida a través de un juicio de modificación de medidas        79
Capítulo 4
CUANTIFICACIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA
MANUEL ÁNGEL GÓMEZ VALENZUELA
I.    NOCIONES INTRODUCTORIAS        87
II.    LA COMPENSACIÓN NO ES UN MECANISMO EQUILIBRADOR DEL PATRIMONIO DE LOS CÓNYUGES        89
III.    CRITERIOS PONDERABLES EN LA CUANTIFICACIÓN DE LA COMPENSACIÓN        90
1.    Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges        91
2.    La edad y el estado de salud        92
3.    La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo        93
4.    La dedicación pasada y futura a la familia        95
5.    La colaboración con su trabajo en las actividades mercantiles, industriales y profesionales del otro cónyuge: problemas que plantea la compatibilidad de la compensación con el art. 1438 CC        98
6.    La duración del matrimonio y de la convivencia conyugal        100
7.    La pérdida eventual de un derecho de pensión        102
8.    El caudal y los medios económicos y las necesidades de uno y otro cónyuge        106
IV.    ANÁLISIS DE LA CLÁUSULA ABIERTA: CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA RELEVANTE        109
1.    La atribución del uso de la vivienda familiar al cónyuge acreedor y otros gastos familiares        109
2.    El incumplimiento de los deberes conyugales        110
V.    ACTUALIZACIÓN DE LA COMPENSACIÓN        112
Capítulo 5
PACTOS DE RENUNCIA ANTICIPADA
A LA PENSIÓN COMPENSATORIA
MANUEL GARCÍA MAYO
I.    LOS PACTOS PREMATRIMONIALES EN DERECHO ESPAÑOL        117
II.    LA PENSIÓN COMPENSATORIA COMO CONTENIDO DEL PACTO PREMATRIMONIAL        119
1.    Carácter disponible de la medida        119
2.    La renuncia a la pensión compensatoria        121
A)    La renuncia a un derecho futuro o en perjuicio de terceros        122
B)    Los vicios del consentimiento        123
C)    La pretendida igualdad entre los cónyuges        123
D)    La discutida naturaleza alimenticia de la pensión compensatoria        125
3.    La alteración sobrevenida de las circunstancias y la posible ineficacia del pacto        125
Capítulo 6
MODIFICACIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA
MANUEL ÁNGEL GÓMEZ VALENZUELA
I.    LA REDUCCIÓN DE LA COMPENSACIÓN, EN CASO DE QUE SE ESTIME LA MODIFICACIÓN, COMO REGLA GENERAL        135
II.    LA HIPÓTESIS DE LA MODIFICACIÓN DE LA COMPENSACIÓN AL ALZA        138
III.    LA REDUCCIÓN TEMPORAL DE LA COMPENSACIÓN A TRAVÉS DE LA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS        142
IV.    ANÁLISIS CASUÍSTICO DE LAS CIRCUNSTANCIAS RELEVANTES QUE PUEDEN AVALAR UNA MODIFICACIÓN DE LA COMPENSACIÓN        145
1.    La jubilación del cónyuge deudor        145
2.    El despido del cónyuge deudor        148
3.    La aceptación de una herencia por el cónyuge acreedor        150
4.    Relevancia de la liquidación del régimen económico del matrimonio        152
5.    Las nuevas cargas familiares        156
6.    El deterioro de la salud del cónyuge deudor        158
7.    La actitud abúlica del cónyuge acreedor en procurar su propia independencia        159
V.    LA CONMUTACIÓN DE LA COMPENSACIÓN EX ART. 99 CC        162
Capítulo 7
EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA
JOSÉ RAMÓN DE VERDA Y BEAMONTE y MANUEL ÁNGEL GÓMEZ VALENZUELA
I.    CAUSAS LEGALES DE EXTINCIÓN        168
1.    La enumeración del art. 101.I CC no es exhaustiva        169
2.    El precepto tiene carácter dispositivo        169
3.    La prueba de la concurrencia de la causa de extinción incumbe a quien la alega        170
4.    Momento en que produce efectos la extinción        172
II.    CESE DE LA CAUSA QUE MOTIVÓ LA CONCESIÓN DE LA PENSIÓN        172
1.    La pensión se extingue, aunque el trabajo no permita disfrutar del mismo nivel de vida que el deudor        172
2.    La pensión no se extingue cuando se accede a un puesto de trabajo en edad próxima a la edad de jubilación        173
3.    La actitud pasiva en la búsqueda de un trabajo es una circunstancia que debe valorarse en orden a la persistencia de la pensión compensatoria        174
4.    La actividad que proporciona los nuevos ingresos ha de tener continuidad en el tiempo        176
5.    La extinción de la pensión exige que el trabajo que se realiza no sea esporádico, pero no, necesariamente, fijo         176
6.    Carecen de trascendencia los nuevos ingresos que, por su escasa cuantía, no proporcionen al perceptor una mejora sustancial de su situación económica        177
7.    El cobro de una pensión no contributiva, a pesar de su exigua cuantía, puede determinar la extinción, cuando la situación económica del deudor es precaria        177
8.    Un incremento moderado de los ingresos del perceptor puede dar lugar a la pérdida de la pensión, si va acompañado de una merma de la capacidad económica del deudor        178
9.    La adquisición de una herencia no comporta, por sí misma, la desaparición del equilibrio        178
10.    La liquidación de la sociedad de gananciales puede determinar la extinción de la pensión, si como consecuencia de ella, se atribuyen al perceptor bienes que le aseguren una situación de estabilidad económica próxima a la existente antes de la separación o el divorcio        180
III.    NUEVO MATRIMONIO DEL PERCEPTOR        181
IV.    VIDA MARITAL CON UN TERCERO        182
1.    Basta demostrar la existencia de un proyecto de vida común, socialmente reconocible, con una cierta vocación de continuidad, sin que sea necesaria la convivencia en un mismo domicilio        182
2.    Prueba de la vida marital        183
A)    Informes de detectives        184
B)    Publicaciones imprudentes en redes sociales        185
C)    Prueba testifical        185
3.    Momento en que tiene lugar la extinción        186
V.    LA IMPOSIBILIDAD SOBREVENIDA DEL DEUDOR, NO MERAMENTE TEMPORAL, DE SATISFACER EL PAGO DE LA PENSIÓN, POR CIRCUNSTANCIAS SOBREVENIDAS E IMPREVISIBLES, DE LAS QUE NO ES RESPONSABLE        187
VI.    LA MUERTE DEL CÓNYUGE DEUDOR: ANÁLISIS DEL ART. 101 CC        189
1.    Concurrencia de la pensión compensatoria y la pensión de viudedad        189
2.    El cónyuge que rehúsa solicitar la pensión de viudedad cuando cumple los requisitos para su concesión        192
3.    La falta de liquidez en el patrimonio hereditario del fallecido        193
4.    Criterios para determinar si procede la modificación o extinción en caso de fallecimiento del cónyuge deudor        193
Capítulo 8
CUESTIONES PROCESALES
DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA
MANUEL ÁNGEL GÓMEZ VALENZUELA
I.    EL CARÁCTER DISPOSITIVO Y DE JUSTICIA ROGADA DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA        197
II.    PROBLEMÁTICA DE LA RECONVENCIÓN        199
III.    REQUISITOS PROCESALES PARA LA MODIFICACIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA        201
1.    ¿Es preciso una alteración sustancial de las circunstancias para la modificación de la pensión compensatoria?        201
2.    Doctrina jurisprudencial en torno a los procesos de modificación de medidas        202
IV.    LA ALTERACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS PRODUCIDAS ENTRE EL PROCESO DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO        204
V.    LA PETICIÓN DE EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA Y LOS POSIBLES VICIOS DE CONGRUENCIA DE LA SENTENCIA SI, EN VEZ DE EXTINGUIRLA, ES MODIFICADA        206
VI.    INCIDENCIA DEL CONVENIO REGULADOR EN LA POSTERIOR MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA        208
VII.    EL EMBARGO DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL EN CASO DE IMPAGO DE LA PENSIÓN COMPENSATORIA        209
VIII.    ¿A PARTIR DE QUE FECHA DEBE ABONARSE LA PENSIÓN COMPENSATORIA?        211
Capítulo 9
FORMULARIOS
MANUEL ÁNGEL GÓMEZ VALENZUELA
1.    CONVENIO REGULADOR FIJANDO PENSIÓN COMPENSATORIA        215
2.    DEMANDA DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO CON PENSIÓN COMPENSATORIA        219
3.    DEMANDA DE DIVORCIO PIDIENDO PENSIÓN COMPENSATORIA        222
4.    DEMANDA DE EXTINCIÓN DE PENSIÓN COMPENSATORIA        227
5.    DEMANDA DE EXTINCIÓN DE PENSIÓN COMPENSATORIA Y SUBSIDIARIAMENTE DE REDUCCIÓN DE SU CUANTÍA        231
6.    RECURSO DE APELACIÓN CONTRA ESTABLECIMIENTO DE PENSIÓN COMPENSATORIA        235

JOSÉ RAMÓN VERDA Y BEAMONTE, Presidente del Instituto de Derecho Iberoamericano. Catedrático de Derecho Civil en la Universidad de Valencia

MANUEL GARCÍA MAYO,  Profesor Ayudante Doctor en Universidad de Sevilla

MANUEL ÁNGEL GÓMEZ VALENZUELA,  Profesor Sustituto Interino de Derecho Civil, Universidad de Cádiz