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Anuario iberoamericano de derecho del arte 2022

ISBN: 9788411258883

125,00 118,75 IVA incluido

Hay existencias

Peso 800 g
Fecha de Edición 21/07/2023
Plazo de entrega

24 h

Número de Edición

2

Idioma

Español

Formato

Libro + e-Book

Páginas

590

Lugar de edición

NAVARRA

Encuadernación

Cartoné

Colección

ESTUDIOS CIVITAS

Editorial

CIVITAS THOMSON REUTERS, EDITORIAL

EAN

978-84-1125-888-3

Anuario iberoamericano de derecho del arte 2022

Recopila los principales avances doctrinales, legislativos, jurisprudenciales y bibliográficos, además de otras noticias y materiales de interés para el sector, producidos a lo largo del año en el ámbito del derecho del arte.

  • Aspectos jurídicos del arte
  • Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español
  • Obras NFT

La Fundación Profesor Uría otorga el Premio Rodrigo Uría Meruéndano de Derecho del Arte, con el objeto de apoyar e incentivar los estudios jurídicos innovadores y de calidad sobre el mundo del arte.
Destinado a abogados en el ámbito del Derecho Civil, propiedad intelectual, administraciones públicas y empresas del sector.

El Anuario Iberoamericano de Derecho del Arte recopila los principales avances doctrinales, legislativos, jurisprudenciales y bibliográficos, además de otras noticias y materiales de interés para el sector, producidos a lo largo del año en el ámbito del derecho del arte.
Este número contiene un prólogo de José María Castañé en el que se ofrecen muy valiosas reflexiones sobre detalles del coleccionismo para los interesados en los aspectos jurídicos del arte. Al prólogo le siguen los trabajos de Encarnación Roca Trías sobre la Junta de Calificación, Valoración y exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, de Marta Suárez-
Mansilla González sobre las obras NFT y el mundo de las ideas de Platón: retos jurídicos para el arte del siglo XXI, y de Ismael Clemente Casas sobre la tensión entre la protección penal del patrimonio histórico y el principio de legalidad penal (en especial, las fricciones con la garantía de taxatividad). Asimismo,
por primera vez, se incluye un resumen de las actas del primer bloque de la 5.ª edición del Seminario Rodrigo Uría Meruéndano de Derecho del Arte, y el texto íntegro de la conferencia dictada por Miguel Satrústegui sobre el pasado y futuro de la LPHE: Las razones de una ley, las razones del cambio, con la que se abrió el Seminario. Como es habitual, el Anuario incluye las secciones de legislación, jurisprudencia, bibliografía y varia. La Fundación Profesor Uría otorga el Premio Rodrigo Uría Meruéndano de Derecho del Arte, con el objeto de apoyar e incentivar los estudios jurídicos innovadores y de calidad sobre el mundo del arte. El Premio se otorga asimismo para honrar la memoria del prestigioso abogado y mecenas del arte, Rodrigo
Uría Meruéndano, presidente del Patronato del Museo del Prado (2004-2007) y primer presidente de la Fundación Profesor Uría.

 

PRÓLOGO

SOBRE COLECCIONAR CON POCOS MEDIOS

JOSÉ MARÍA CASTAÑÉ Y ORTEGA

ESTUDIOS

LA JUNTA DE CALIFICACIÓN, VALORACIÓN Y EXPORTACIÓN DE BIENES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOL

THE BOARD OF QUALIFICATION, VALUATION AND EXPORT OF SPANISH HISTORICAL HERITAGE ASSETS

ENCARNACIÓN ROCA TRÍAS

I.   A modo de introducción: la función social de la propiedad de las obras de arte

1. Algunos antecedentes

2. ¿En qué consiste la función social?

II.  La junta de calificación, valoración y exportación de bienes del Patrimonio Histórico Español

1. Algunos antecedentes

2. La junta de calificación, valoración y exportación de bienes del Patrimonio Histórico Español

2.1. La estructura de la Junta en la actual regulación

2.2. Las competencias de la Junta en la LPHE

2.3. El desarrollo de las competencias en el Reglamento de 1986 (RPHE)

3. La Junta, órgano colegiado

4. La Junta, organismo perteneciente a la administración consultiva

4.1. Los informes preceptivos y no vinculantes de la Junta

4.2. Los informes sobre valoración de bienes

III.  Conclusiones

IV.  Una pequeña estadística

V.  Bibliografía

OBRAS NFT Y EL MUNDO DE LAS IDEAS DE PLATÓN: RETOS JURÍDICOS PARA EL ARTE DEL SIGLO XXI

NFT ARTWORKS AND THE THEORY OF IDEAS BY PLATO: LEGAL CHALLENGES FOR 21ST-CENTURY ART

MARTA SUÁREZ-MANSILLA

I.   Los NFT: una obra de arte platónica

1. El «mito de la caverna» y el desdoblamiento de derechos

2. El boom de los NFT

3. Naturaleza jurídica de los NFT

4. La respuesta a una necesidad

II.  Entendiendo la blockchain

III.  La experiencia de compra de un NFT: el coleccionismo milenial

IV.  NFT y los derechos de propiedad intelectual

1. Ideas generales

2. Nuevas situaciones que los NFT plantean

V.  Los smart contracts

1. Naturaleza jurídica de los smart contracts

2. Régimen jurídico aplicable y principales problemas de los smart contracts

VI.  Implicaciones fiscales de la compraventa de NFT

VII.  Conclusiones

VIII.  Bibliografía

IX.  Webgrafía

X.  Normas citadas

¿QUÉ ES EL ARTE «DE VALOR»? LA TENSIÓN ENTRE LA PROTECCIÓN PENAL DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD PENAL (EN ESPECIAL, LAS FRICCIONES CON LA GARANTÍA DE TAXATIVIDAD)

WHAT CONSTITUTES «VALUABLE ART»? THE CONFLICT BETWEEN THE CRIMINAL LAW PROTECTION OF HISTORICAL HERITAGE AND THE PRINCIPLE OF LEGALITY (IN PARTICULAR, THE PRINCIPLE OF LEGAL CERTAINTY)

ISMAEL CLEMENTE CASAS

I.   Introducción

II.  El principio de legalidad (y algunas de sus manifestaciones o subprincipios derivados)

1. El principio de taxatividad

2. Otras dos vertientes del principio de legalidad: reserva de ley y proporcionalidad

III.  La protección penal del patrimonio histórico y su tensión con el principio de legalidad

1. Los delitos contra el patrimonio histórico (protección penal «directa e indirecta»)

2. Los delitos que protegen los «bienes de valor» (en especial el artículo 323 CP) y la garantía de taxatividad

2.1. «Bienes de valor»: elemento normativo del tipo, además de sospechoso de falta de taxatividad

2.2. ¿Ley penal en blanco?

2.3. La regulación extrapenal a la que se dirige el reenvío (LPHE, leyes autonómicas y otras «selvas normativas») también fracasa en el test de taxatividad

2.4. Otros dos subprincipios del principio de legalidad que se ven igualmente dañados: reserva de ley y proporcionalidad

3. El delito de derribo de edificios «singularmente protegidos» (artículos 321-322 CP) y el principio de legalidad

4. ¿Inconstitucionalidad o interpretación conforme?

5. El error en los delitos contra el patrimonio histórico

IV.  Conclusiones

V.  Bibliografía

SEMINARIO RODRIGO URÍA MERUÉNDANO DE DERECHO DEL ARTE 2022 (5.ª EDICIÓN)

PASADO Y FUTURO DE LA LPHE: LAS RAZONES DE UNA LEY, LAS RAZONES DEL CAMBIO

MIGUEL SATRÚSTEGUI

I.   Aspectos reveladores del significado general de la Ley del Patrimonio Histórico

II.  ¿Por qué hacía falta una nueva ley, cuando teníamos la de 1933?

1. La falta de sistematicidad de esa normativa

2. Incongruencia con el nuevo estado de las autonomías

3. Falta de conexión de la protección de patrimonio con la legislación urbanística

4. Insatisfactoria regulación de los bienes muebles de carácter patrimonial

III.  Sugerencia de algunos cambios en la legislación

RESUMEN DE LAS ACTAS DEL PRIMER BLOQUE DEL SEMINARIO

SANTIAGO FERNÁNDEZ TOURNÉ

LEGISLACIÓN Y BIBLIOGRAFÍA

RECOPILACIÓN DE LEGISLACIÓN PROMULGADA EN 2022

MARÍA LUISA MACÍAS ROMERO

RECOPILACIÓN DE BIBLIOGRAFÍA PUBLICADA EN 2022

MARÍA LUISA MACÍAS ROMERO

RESEÑAS JUDICIALES

Sentencia de la sección 28.ª de la Audiencia Provincial de Madrid de 11 de febrero de 2022. En la determinación de la cuantía de la licencia o regalía hipotética como método para cuantificar la indemnización del daño patrimonial causado, las tarifas aplicadas por la entidad de gestión colectiva relevante pueden ser un criterio más a tener en cuenta. No obstante, será innecesario cuando la regalía se acredita de forma más precisa, por ejemplo, acudiendo al valor de los servicios prestados por la artista en el pasado

CARMEN PASTOR

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo) de 17 de febrero de 2022. Fin de jornada (Sorolla): Jurisprudencia sobre los informes periciales aportados por la Administración. Deben ser valorados de acuerdo con las reglas de la sana crítica, tomando en consideración si la propia Administración es parte del litigio, así como la eventual situación de dependencia del perito que firma el informe y la posibilidad o no de solicitar aclaraciones

SANTIAGO FERNÁNDEZ TOURNÉ

Consulta vinculante v0486-22, de 10 de marzo de 2022 de la subdirección general de impuestos sobre consumo. A diferencia de lo que ocurre con las criptomonedas, la compraventa de NFT en una subasta online constituye una operación sujeta y no exenta de IVA, ya que los NFT no tienen la naturaleza financiera de divisas ni son bienes fungibles. La venta de NFT a través de las correspondientes plataformas no constituye una entrega de bienes, pues no existe entrega física y, asumiendo que su elaboración no responde a un encargo previo, podría calificarse como servicios prestados por vía electrónica que, en caso de entenderse realizados en el territorio de aplicación del impuesto, deben tributar al tipo general del 21 %

ANA ORTEGA REDONDO

Sentencia del Tribunal Supremo (Salas de lo Penal) de 23 de marzo de 2022. Lugar de Encuentros II (Chillida). Los grafitis realizados sobre una obra del patrimonio histórico español pueden circunscribirse en el delito de daños contra el patrimonio histórico-tipificado en el artículo 323 del Código Penal si producen un menoscabo que altera la apariencia del bien que requiere labores específicas y cuantificables económicamente para la restitución a su estado original

MARINA RAMÓN

Sentencia n.º 640/2022 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 21 de julio de 2022, secc. 6.ª, Sala de lo Contencioso-Administrativo, recurso n.º 1213/2017. Fin de jornada (Sorolla): Retroacción de las actuaciones ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid para una nueva valoración de los informes periciales en el procedimiento relativo a la denegación de la solicitud de exportación

SANTIAGO FERNÁNDEZ TOURNÉ

Auto del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona de 21 de octubre de 2022. El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona ordena retirar cautelarmente los NFT de cinco obras de Joan Miró, Antoni Tàpies y Miquel Barceló, propiedad de una empresa de moda

SARA TATO

VARIA

GALLERIE DEGLI UFFIZI CONTRA JEAN PAUL GAULTIER

SANTIAGO FERNÁNDEZ TOURNÉ

ANTE LA DESTRUCCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE UCRANIA ¿EL DERECHO TIENE RESPUESTAS?

JUAN JAVIER NEGRI

¿ES LÍCITO QUEMAR UNA OBRA DE FRIDA KAHLO?

JUAN JAVIER NEGRI

¿GANA BANKSY?

JUAN JAVIER NEGRI

«NON! CECI N’EST-CE PAS UN CHAGALL!»

JUAN JAVIER NEGRI

UN PLEITO SOBRE EL NFT MÁS ANTIGUO DEL MERCADO

JUAN JAVIER NEGRI

ARTE EN LLAMAS PARA VALORIZAR LOS NFT

PAZ SOLER MASOTA

IT’S ALL BANANAS… Y LA (GRAN) COMEDIA DE CATTELAN CONTINÚA…

PAZ SOLER MASOTA

SOBRE LA AUTORÍA EN OBRAS DE ARTE CONCEPTUAL: A PROPÓSITO DE DRUET C. CATTELAN

PAZ SOLER MASOTA

CRÓNICA

CRÓNICA DE ASUNTOS SEÑEROS DE DERECHO DEL ARTE EN 2022

MARÍA LUISA MACÍAS ROMERO

I.   El Museo del Prado investiga 62 obras de su colección incautadas durante la Guerra Civil

II.  Adquisición del Archivo Lafuente por parte del Estado

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO RODRIGO URÍA MERUÉNDANO DE DERECHO DEL ARTE

BASES DA CONVOCATÓRIA DO PRÉMIO RODRIGO URÍA MERUÉNDANO DE DIREITO DA ARTE

ENCARNACIÓN ROCA TRÍAS
MARTA SUÁREZ-MANSILLA GONZÁLEZ

ISMAEL CLEMENTE CASAS