Derechos fundamentales personas jurídico-privadas frente a la administración
Se aborda un tema de suma trascendencia y actualidad como es la atribución de derechos fundamentales a las personas jurídicas de naturaleza privada (asociaciones en general, partidos políticos, sindicatos, sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades cotizadas). El problema jurídico subyacente es de gran importancia en España y en toda la UE. Para comprobarlo, basta con leer las recientes sentencias del TS o del Tribunal de Luxemburgo sobre los durísimos requisitos existentes para que la Inspección administrativa pueda entrar en los “domicilios” de las sociedades anónimas y para su autorización judicial, o los últimos pronunciamientos del TEDH y del TC sobre el derecho al “honor” de las empresas o de los partidos políticos.
El estudio parte de la regulación constitucional sobre la titularidad y, a partir de ahí, analiza la jurisprudencia del TC y su interpretación más que generosa hacia las personas jurídicas, no exenta de polémica. Se estudia la atribución de los diferentes derechos (sociales, políticos, de la personalidad, religiosos, procesales, educativos, etc.) y se aborda, también, el delicado asunto de si esa titularidad es reconocible a todas las personas jurídicas o habría que distinguir entre las entidades que tienen un trasfondo personalista y las sociedades despersonalizadas, como las sociedades anónimas. Y todo ello se analiza desde una concepción plural de los derechos fundamentales, ideados no sólo como facultades subjetivas, sino, también, como valores objetivos que conllevan ciertos deberes de protección del Estado y la existencia de ciertas garantías institucionales. Desde este triple enfoque, se demuestra cómo esa visión plural ha propiciado una ampliación de los derechos fundamentales reconocidos a las personas jurídicas a través del legislador y de la interpretación de nuestro TC, que ha seguido a pies juntillas la doctrina del Tribunal Constitucional Federal alemán en este tema.