PRESENTACIÓN
FRANCISCO J. ARANGUREN URRIZA
I. PONENCIAS
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LOS DESAFÍOS DEL NUEVO MODELO DE DISCAPACIDAD Y LAS RETICENCIAS PARA ACEPTAR LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD COGNITIVA, INTELECTUAL O PSICOSOCIAL
MARÍA PAZ GARCÍA RUBIO
I.Introducción
II.Principales destinatarios del artículo 12 CDPD
III.¿Por qué el nuevo sistema genera considerable rechazo?
1.Razones filosóficas
2.Razones jurídicas
3.Razones políticas o de política jurídica
IV.Necesidad de reconstruir una nueva autonomía de la voluntad
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LA APRECIACIÓN NOTARIAL DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR
ISIDORO LORA-TAMAYO RODRÍGUEZ
I.La constancia por el notario de la voluntad del testador
II.La redacción definitiva y la del proyecto remitido al Congreso
III.La voluntad testamentaria
IV.Constancia de la actividad realizada por el notario
V.Testamento no notarial otorgado por una persona con discapacidad
VI.Temas de derecho transitorio
VII.Bibliografía consultada
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LA ACEPTACIÓN Y REPUDIACIÓN DE LA HERENCIA DE LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
ANDRÉS DOMÍNGUEZ LUELMO
I.Planteamiento general
II.La capacidad general para aceptar o repudiar una herencia
III.La aceptación de la herencia
IV.El ejercicio de la curatela representativa y la necesidad de autorización judicial para realizar determinados actos
1.Naturaleza de la autorización judicial exigida para aceptar sin beneficio de inventario o repudiar una herencia
2.¿Puede el Juez o el Notario autorizante prescindir de la autorización judicial prevista en el artículo 287 del Código civil?
3.Consecuencias jurídicas de la aceptación pura y simple, o de la repudiación de la herencia, por el curador con facultades representativas sin la preceptiva autorización judicial
4.La sanción de la aceptación sin beneficio de inventario o repudiación realizadas por el guardador de hecho sin autorización judicial
V.Posibilidad de que la autorización judicial se produzca con posterioridad a la aceptación o repudiación
1.Supuestos en que aprobación judicial posterior de la partición permite considerar válida la aceptación de la herencia realizada sin autorización judicial
2.Elevación a escritura pública por los herederos de un contrato privado otorgado por el causante
VI.La repudiación de la herencia
1.El problema de las renuncias traslativas
2.Las renuncias abdicativa y traslativa desde la perspectiva tributaria
VII.Posibilidad de impugnar la aceptación y repudiación de la herencia
VIII.Aceptación y repudiación de la herencia como posible contenido de los poderes y mandatos preventivos
IX.Problemas de Derecho transitorio y valoración general
X.Bibliografía
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MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO EN MATERIA DE COLACIÓN Y DIVISIÓN DE HERENCIA
TOMÁS RUBIO GARRIDO
I.Premisas
II.Colación
III.División hereditaria (partición)
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PROHIBICIÓN LEGAL DE TESTAR PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: JUSTIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL “NUEVO” ARTÍCULO 753 DEL CÓDIGO CIVIL
GUILLERMO CERDEIRA BRAVO DE MANSILLA
I.Un nuevo orden jurídico para las personas con discapacidad
1.Como punto de partida, el “favor libertatis”, o la plena igualación en capacidad de toda persona, con o sin discapacidad, según el art. 12 de la Convención de Naciones Unidas (de 2006) y la Observación general n.º 1 (de 2014), que la interpreta
2.Criterios de interpretación de las normas sobre capacidad de las personas con discapacidad: “favorabilia amplianda, odiosa restringenda”, y, subsidiariamente, “in dubio pro capacitate”
II.El “nuevo” art. 753 CC, ¿es conforme a la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad? En juego, su propia constitucionalidad
1.La doctrina mayoritaria, crítica con el art. 753 CC por vulnerar el art. 12 de la Convención de Naciones Unidas. En realidad, una “vexata quaestio”
2.Nuestra defensa en favor del “nuevo” art. 753 CC y de su conformidad con la Convención de Naciones Unidas
III.Criterios para interpretar el “nuevo” art. 753 CC
1.El art. 753 CC, y el tópico de su necesaria interpretación restrictiva por ser una norma excepcional y odiosa
2.Contra el tópico, la posible interpretación extensiva de las prohibiciones legales conforme al “favorabilia amplianda” si ello es conforme a su “ratio”; y, una vez más, “in dubio pro capacitate”
IV.Resolución, en particular, de algunas de las dudas que suscita el art. 753 CC
1.Sobre el ámbito subjetivo de la prohibición legal testamentaria
1.1.Sujetos incluidos y excluidos de la prohibición legal de testar
1.2.Sujetos incluidos y excluidos de la prohibición legal de suceder por testamento
2.Sobre el alcance objetivo de la prohibición legal testamentaria
2.1.El alcance estrictamente patrimonial de la prohibición legal de testar, y posibles excepciones
2.2.Testamentos a los que afecta la prohibición de testar, y sus excepciones
V.Bibliografía
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LA INCAPACIDAD PARA SUCEDER A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD: LA PROHIBICIÓN DEL ART. 753 DEL CÓDIGO CIVIL TRAS LA REFORMA EFECTUADA POR LA LEY 8/2021, DE 2 DE JUNIO
SOFÍA DE SALAS MURILLO
I.El enfoque de la cuestión
II.Una comparación entre el texto del art. 753 CC anterior y el posterior a la Ley 8/2021
1.Restricción al curador representativo
2.Extensión de la prohibición a los cuidadores
2.1.Cuidadores incardinados en la estructura del establecimiento público o privado en que la persona está internada por razones de salud o asistencia
2.1.1.Testadores
2.1.2.Internamiento
2.1.3.Cuidadores
2.2.Cuidadores personas físicas
2.3.Curadores o cuidadores que sean parientes con derecho a suceder ab intestato
3.Efectos de la prohibición
4.Momento en el que opera la prohibición
III.Diferencias con otras prohibiciones legales
1.Diferencias respecto a las prohibiciones de suceder de los arts. 752 y 754 CC
2.Diferencias respecto a otras prohibiciones que pesan sobre quien ejerce un cargo de apoyo
2.1.Recibir liberalidades de la persona que precisa el apoyo o de sus causahabientes
2.2.Adquirir bienes por compra de la persona a quien representen
IV.Existencia de otras opciones que hubiera tenido el legislador
V.Algunos contrastes difícilmente explicables
VI.Bibliografía
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LA INDIGNIDAD PARA SUCEDER Y LA DESHEREDACIÓN. ALGUNAS REFLEXIONES TRAS LA PROMULGACIÓN DE LA LEY (8/2021)
SILVIA DÍAZ ALABART
I.Introducción
II.La indignidad sucesoria
1.Generalidades
2.Las dos causas de indignidad que se han visto afectadas por la Ley 8/2021: Apartados 2.º y 7.º del art. 756 CC
2.1.El curador removido del ejercicio de la curatela y su indignidad con respecto a la herencia de la persona con discapacidad
2.2.Las personas con derecho a la herencia que no hayan prestado las atenciones debidas al discapacitado
2.2.1.Las atenciones debidas
2.2.2.Quienes son las personas que pueden incurrir en indignidad por no prestar al discapacitado las atenciones debidas
III.La desheredación
1.Introducción
2.Las causas específicas de desheredación, además de las de indignidad a las que se remiten los artículos de desheredación
3.Negativa ilegítima de alimentos
4.Maltrato de obra o injurias graves de palabra
4.1.Maltrato de obra
4.2.Injurias graves
IV.Bibliografía
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DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS EN BENEFICIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RAMÓN MARÍA MOSCOSO TORRES
I.Introducción: planificación de la situación de las personas con discapacidad en previsión del fallecimiento de las personas que la atienden
II.Modificación del régimen de legítimas de los descendientes
III.Determinación del régimen de administración y disposición de los bienes dejados a la persona necesitada de apoyos
IV.Disposiciones testamentarias para evitar la intervención judicial en la liquidación de la sociedad de gananciales del testador y en la partición de la herencia
V.Otras disposiciones testamentarias
VI.Bibliografía
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EL PATRIMONIO PROTEGIDO: CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO
CRISTINA DE AMUNÁTEGUI RODRÍGUEZ
I.Aproximación a la reforma de la Ley 41/2003 de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad por la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad
II.¿Qué porvenir espera al patrimonio protegido? ¿Dónde quedan sus finalidades?
III.Circunstancias derivadas de la propia modificación del patrimonio protegido respecto del complejo tratamiento futuro de la institución
1.Análisis de la modificación del artículo 1.2 de la Ley 41/2003
2.Ausencia de disposición alguna de derecho transitorio
IV.Aspectos controvertidos del patrimonio protegido no modificados. Especial relación entre las disposiciones de la Ley 8/2021 relativas a la aptitud para contratar y la responsabilidad de la masa que integra el patrimonio
V.El destino post mortem del patrimonio protegido. Relación con la instauración de un nuevo tratamiento para el testamento de la persona con discapacidad
VI.¿Qué ha cambiado en la regulación del patrimonio protegido?
VII.¿Qué debería haber cambiado?
VIII.La constitución del patrimonio protegido
1.Análisis del apartado 1 del artículo 3 de la Ley 41/2003
1.1.La propia persona con discapacidad beneficiaria
1.2.Quienes presten apoyo a la persona con discapacidad
1.3.Comisarios o titulares de fiducias sucesorias
2.Análisis del artículo 3.2 de la Ley 41/2003
3.Requisitos dispuestos en el artículo 3.3 de la Ley 41/2003
IX.Funcionamiento del patrimonio protegido
X.Extinción del patrimonio protegido
XI.Supervisión del patrimonio protegido
XII.Bibliografía
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DISCAPACIDAD Y DERECHO DE SUCESIONES EN LA GEOGRAFÍA LATINOAMERICANA: PRINCIPALES REFORMAS
LEONARDO B. PÉREZ GALLARDO
I.Constitución, sucesión por causa de muerte y situaciones existenciales
II.La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y los desafíos para el derecho sucesorio. Especial referencia para Latinoamérica
1.La testamentifactio activa desde la óptica convencional El otorgamiento de testamento con apoyos. Cautelas
2.El notario en la autorización del testamento. ¿Un apoyo institucional o una salvaguardia?
3.Formas testamentarias y discapacidad
4.Legítimas y discapacidad: ¿Ha de sustentarse la protección legitimaria en una situación de discapacidad o en una de vulnerabilidad económica?
5.Cuidados, cuidadores y Derecho de sucesiones
6.Conductas disvaliosas respecto de las personas en situación de discapacidad: la reacción del Derecho de sucesiones a través de las incapacidades sucesorias
III.A modo de epítome: hacia un Derecho de sucesiones sustentado en la centralidad de la persona
IV.Bibliografía
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LA CAPACIDAD PARA OTORGAR TESTAMENTO EN DERECHO ITALIANO
VINCENZO BARBA
I.Introducción
II.Capacidad natural, capacidad de obrar y capacidad de dotorgar testamento
1.La capacidad de entender y querer como premisa de la capacidad de obrar. Las incapacidades de obrar
2.La capacidad para testar y la capacidad de obrar
III.La capacidad para testar como regla y olas incapacidades como excepciones
1.Excepcionalidad de las causas de incapacidad y prohibición de aplicación analógica
2.Interpretación extensiva de las normas sobre incapacidad. La objetable teoría de la presunción de incapacidad y la prueba del intervalo lúcido
IV.Los supuestos de incapacidad para testar
1.La persona menor de edad
2.La interdicción por demencia. Diferencia entre interdicción e inhabilitación. La inconstitucionalidad de la prohibición de testar de la persona bajo tutela y, en general, la inconstitucionalidad de la interdicción y la inhabilitación
3.Otras medidas de protección para la persona con discapacidad. La administración de apoyo no conlleva una incapacidad general para testar. Incumplimiento de la medida con los principios de la CDPD
4.La incapacidad natural
V.El testamento de la persona vulnerable: bosquejo. No es una cuestión de capacidad de la persona
II. COMUNICACIONES
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LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS EN BENEFICIO DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD: LA SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA
HENAR ÁLVAREZ ÁLVAREZ
I.Introducción
II.La sustitución fideicomisaria
III.La reforma del artículo 782 del Código Civil
IV.La reforma del artículo 808 del Código Civil
1.Personas favorecidas por la sustitución fideicomisaria
2.Extensión y modalidad de la sustitución fideicomisaria
3.Prueba
V.Régimen transitorio de las sustituciones
VI.Conclusiones
VII.Bibliografía
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FUNCIONABILIDAD Y CONSTRUCCIÓN DE LA DISPOSICIÓN TESTAMENTARIA DE LA LEGÍTIMA ESTRICTA EN FAVOR DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD
JOAQUÍN MARÍA RIVERA ÁLVAREZ
I.Problemas en la construcción normativa de los arts. 782 y 808, 4.º párrafo del Código Civil
II.Hacia una interpretación sistemática y adaptada a los antecedentes de la norma del art. 808.4.º párrafo del CC que permita reconsiderar su extensión, alcance y contenido
III.Construcción de la disposición testamentaria como medio de salvar los problemas de interpretación y aplicación de las normas
IV.A modo de conclusión
V.Bibliografía
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LA INCIDENCIA DEL NUEVO ARTÍCULO 808 CC EN EL SISTEMA LEGITIMARIO ESPAÑOL Y OTRAS NOVEDADES TANGENCIALES DE LA LEY 8/2021
NIEVES ROJANO MARTÍN
I.Introducción
II.El nuevo artículo 808 del Código Civil y sus diversas interpretaciones
III.La supresión del artículo 776 del Código Civil: problemas y alternativas a la sustitución ejemplar
IV.Valoración crítica de la reforma
V.Bibliografía
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DICOTOMÍA EN LA DISPOSICIÓN DE LA LEGÍTIMA ESTRICTA EN FAVOR DE UN LEGITIMARIO EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD: ¿MECANISMO DE PROTECCIÓN O MEDIDA EXCESIVA?
ROMINA SANTILLÁN SANTA CRUZ
I.Estado de la cuestión
II.Contenido y alcance del gravamen de la legítima estricta con una sustitución fideicomisaria en la redacción anterior de los artículos 782 y 808 del Código Civil
III.Cambios insertados por la Ley 8/2021 en los artículos 782 y 808 del Código Civil
1.Facultad del testador para disponer de la “legítima estricta” en favor de un legitimario en situación de discapacidad
2.Posibles beneficiarios de la disposición de legítima estricta del artículo 808 del Código civil: ¿cualquier legitimario?
3.Establecimiento de una sustitución fideicomisaria: ¿solo de residuo?
IV.Fundamento último de la disposición de la legítima estricta en favor de un legitimario con discapacidad
V.Visión dicotómica de la disposición testamentaria de la legítima estricta: ¿un mecanismo de protección o una medida excesiva?
VI.Bibliografía