Código de Arbitraje
El presente Código, dirigido por Félix J. Montero y Fernando Bedoya, socios del Departamento de Litigación y Arbitraje de Pérez-Llorca, recoge un compendio de normas y materiales relativos a arbitraje, esenciales para la práctica.
Incluye comentarios a la Ley de Arbitraje, a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional y a la Ley de Inmunidades de Ejecución, así como a los reglamentos de las principales instituciones arbitrales, tanto nacionales como extranjeras.
En esta segunda edición de esta obra del departamento de Litigación y Arbitraje de Pérez-Llorca, heredera de otros Códigos anteriores, se amplía el contenido del denominado soft law, de obligada referencia tanto en arbitraje internacional como doméstico.
Asimismo cabe destacar la especial atención prestada al arbitraje internacional en materia de inversiones. Código de Arbitraje.
Se incluye un resumen de los tratados bilaterales suscritos por España, y un sumario de la situación de diversos tratados multilaterales sobre esta materia, pendientes de entrar en vigor a cierre de la edición.
En Derecho, el arbitraje es una forma de resolver un litigio sin acudir a la jurisdicción ordinaria.
Las partes, de mutuo acuerdo, deciden nombrar a un tercero independiente, denominado árbitro, o a un tribunal arbitral, que será el encargado de resolver el conflicto. El árbitro, a su vez, se verá limitado por lo pactado entre las partes para dictar el laudo arbitral.
Deberá hacerlo conforme a la legislación que hayan elegido las partes, o incluso basándose únicamente en el principio de equidad, si así se ha pactado.
El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de controversias de carácter heterocompositivo (es decir, las partes en litigio no solucionan el conflicto, sino que lo hace un tercero de manera definitiva) y alterno al fuero judicial, al que las partes pueden recurrir.1
El arbitraje se utiliza a menudo para la resolución de disputas comerciales, particularmente en el contexto del transacciones comerciales internacionales.
En algunos países, como Estados Unidos, el arbitraje también se emplea con frecuencia en asuntos de consumo y laborales, donde el arbitraje puede ser obligatorio en virtud de las condiciones de los contratos laborales o comerciales y puede incluir una renuncia al derecho a presentar una demanda colectiva.
El arbitraje obligatorio en materia de consumo y empleo debe distinguirse del arbitraje consensual, en particular del arbitraje comercial.