Derecho turismo colaborativo Humberto Gosálbez Pequeño
El turismo colaborativo es, sin duda, el más relevante y habitual exponente de la llamada economía colaborativa. La afectación de este novedoso sistema de ofertas y demandas en el sector turístico sobre las empresas y los establecimientos turísticos tradicionales ha sido notable, afectando a la libre competencia. Su incidencia en el marco regulador de los derechos esenciales de los usuarios turísticos tampoco ha sido menor, especialmente con la intervención de las intermediadoras plataformas digitales colaborativas. El ordenamiento civil, mercantil y administrativo, especialmente sea visto modificado en los últimos quince años por una cierta regulación ad hoc que pudiera conciliar y garantizar todos los intereses, públicos y privados, en juego. Las normativas autonómicas turísticas ofrecen unas reglas mínimas al efecto, aunque no han resultado ser totalmente satisfactorias. La incidencia del turismo colaborativo alcanza también al marco normativo de las relaciones laborales, así como al régimen tributario español.