Han sido tan profundos los cambios habidos en los últimos treinta años, que se puede hablar de un «Nuevo Derecho Nobiliario» con estricta propiedad: desde la superación de viejos «dogmas» como el del la imprescriptibilidad de los Títulos nobiliarios, hasta la eliminación del principio de preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión de aquellos, pasando por la eliminación jurisprudencial de la exigencia de legitimidad matrimonial como regla general de la sucesión nobiliaria, salvo que en la carta fundacional se exija ser «hijos nacidos de matrimonio legitimo». A la referida eliminación del principio de masculinidad en la sucesión nobiliaria, los autores le han dedicado una especial atención.
Anticipado por el T.S. en sus SS. 20 Junio y 27 Julio 1987 (de las que fue Ponente el Profesor López Vilas, coautor de esta obra) y confirmada la igualdad hombre-mujer por una Jurisprudencia del T.S. vigente en la década 1987-1997, ésta fue anulada por el T.C. en su S. 3 Julio 1997. Pese a ello, el principio de igualdad hombre- mujer en las sucesiones nobiliarias acabaría consagrándose plenamente con la Ley 33/2006, de 30 de Octubre, que ha venido a restablecer por vía legal aquella precursora Jurisprudencia a favor de la igualdad, hoy «reafirmada» esa igualdad legal por los Plenarios del T.S. (S. 3 de Abril 2008) y del T.C. (S. 17 Diciembre 2008). Todo ello ha conformado un nuevo Derecho Nobiliario, campo en el que el Profesor López Vilas es, sin duda, «inspirador y referente obligado», tal como se dice en el Prólogo de la presente obra, consagrada a la exposición y análisis de los cambios sustanciales operados en el Derecho Nobiliario.