Justicia restaurativa en el ámbito penal del menor
Si entendemos el paradigma de justicia como un continuo (Zehr), la justicia restaurativa no implica renunciar al principio de legalidad ni a lo que el sistema legal representa en su forma ideal: el imperio de la ley, el debido proceso, y un profundo respeto por los derechos humanos.
La justicia restaurativa mejora el sistema tradicional de justicia concebido desde las teorías retributivas, pues fortalece el desarrollo de una sociedad democrática avanzada, contribuyendo así a consolidar una justicia de mayor calidad.
El fin educativo-responsabilizador inherente a la jurisdicción penal juvenil y el abandono por parte del legislador de aplicar una justicia estrictamente punitiva al menor que delinque, han promovido el desarrollo de distintos métodos, fundamentalmente la mediación, para que tanto víctima como agresor encuentren una solución práctica al conflicto generado.
En esta investigación, partiendo de la experiencia de varios países del continente europeo, reflexionamos sobre la justicia restaurativa en el ámbito penal del emenor en España, complementada con un trabajo de campo.
AUTOR: AIDA FONSECA DÍAZ
Profesora en el Departamento de Ciencias Jurídicas y Políticas en Universidad Europea
Doctoranda en Derecho Procesal en la Universidad Autónoma de Madrid
Profesora en el Departamento de Ciencias Jurídicas y Políticas Universidad Europea de Madrid